Provincia: Un conocido abogado de Concordia fue procesado por falsificar sellos de la justicia

El letrado está acusado de haber falsificado unos sellos judiciales para hacerle creer a un cliente que, ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, había presentado una demanda por ajuste de salarios.

La noticia publicada por El Diario de Paraná especifica que el implicado es Pedro Silvio De la Madrid. A quien el medio lo presenta como “un abogado de alto perfil, que más de una vez ha recibido sanciones por su desempeño y que el año pasado fue condenado en la justicia provincial por haber cometido una estafa procesal, hecho que le significó, además, la inhabilitación para ejercer como abogado”.

En este caso fue procesado por el juez federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, porque le habría entregado a su cliente un escrito que tendría insertado un sello falso con la leyenda “Juzgado Federal de primera instancia C. del Uruguay – Sec. Nº 1 – 29-11-13 – 10:45 hs”, para simular la presentación de un escrito en un expediente que venía tramitándose, con el patrocinio del propio De la Madrid, desde 2006.

La falsedad del sello fue ratificada incluso por la propia secretaria del juzgado, en un informe donde consignó que “el sello puesto en el escrito que antecede no pertenece a esta Secretaría” y “que el sello electrónico no funciona desde hace aproximadamente seis meses, utilizándose en estos momentos un sello manual que no coincide con el obrante en el escrito”.

El juez Seró consideró entonces que De la Madrid defraudó o estafó a su cliente, a quien incluso le habría cobrado honorarios por una tarea que en definitiva no se realizó. Por ese motivo, el abogado terminó procesado por los delitos de falsificación de sellos oficiales en concurso real con estafa.

 

Nulidades por todos lados

Entonces el abogado De la Madrid inició un embate contra el denunciante: dijo que la denuncia era falsa, que “nunca” falsificó un sello oficial, que no utilizó ningún “ardid o engaño” respecto de esa persona y que tampoco le cobró honorarios, pero que el cliente le abonó cien pesos, aun cuando la gestión realizada a su favor le demandó tiempo y trabajo.

Después planteó la nulidad de la resolución del juez de primera instancia porque, a su criterio, carecía de motivación, algo que fue rechazado por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, que consideró “acreditada la falsedad del sello inserto en el escrito otorgado por el letrado, sin perjuicio de que, eventualmente, pudiera tratarse de una impresión fraudulenta de sello verdadero”, para lo cual dispuso que se realice una pericia tendiente a despejar cualquier tipo de duda.

Pero el derrotero del abogado De la Madrid no terminó ahí: planteó la nulidad de la resolución de la Cámara Federal por entender que contiene “vicios”, algo que tampoco fue atendido por el tribunal, por lo que la situación del letrado parece encaminarse, indefectiblemente hacia el juicio oral.

 

Un abogado mañoso

El artículo subraya que no es la primera vez que se acusa a Pedro Silvio De la Madrid de tener conductas reñidas con la ética o con la ley, en el ejercicio de su tarea como abogado.

En el año 2008 fue sancionado por haber incurrido “en una conducta reñida con elementales deberes de lealtad, probidad y buena fe” y el Colegio de Abogados de Entre Ríos le suspendió temporalmente la matrícula, una sanción que terminó ratificada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

El año anterior, el mismo De la Madrid había sido acusado por agredir a una mujer en el ingreso a un jardín de infantes en el barrio La Bianca, de Concordia. En la denuncia se consignó que el letrado se presentó con un cliente, que era padre de una niña que asistía al jardín y pretendía llevarse a su hija por la fuerza; y que De la Madrid insultos y empujó a una mujer que pretendió interceder en la disputa.

El último capítulo en el derrotero judicial del abogado se escribió el año pasado, cuando admitió en un juicio abreviado que había cometido estafa procesal en un caso que le tocó intervenir en 2013. Por ese motivo acordó una condena de dos años de prisión condicional y cuatro de inhabilitación para el ejercicio de la profesión. (El Diario)

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