Desde septiembre: $1182: Cómo acreditar escolaridad antes del 31 de diciembre para cobrar la ayuda escolar anual

El pago se realiza una vez al año junto al calendario habitual de cada una de las prestaciones a monotributistas, trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y titulares de la Asignación Universal por Hijo, de la Prestación por Desempleo y de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

Durante marzo y abril de cada año, la ANSES abona automáticamente la Ayuda Escolar Anual a los titulares que tengan derecho a percibir, en esos meses, las Asignaciones Familiares por Hijo o Hijo con Discapacidad o la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). El monto general de esta prestación, a partir del 1º de septiembre y en el marco de la Ley de Movilidad, es de $1182.

Por el pago anticipado de la asignación o las personas que no la hayan percibido deberán acreditar ante la ANSES la escolaridad o rehabilitación de los hijos con el Formulario PS.2.68 Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial/Formación, hasta el 31 de diciembre de cada año.

La Ayuda Escolar se abona a cada titular que tenga a su cargo niños de 45 meses a 18 años, quienes concurran a un establecimiento educativo nacional, provincial, municipal o privado (subvencionado o no) y se encuentre incorporado a la enseñanza oficial y obligatoria y en el que se imparta educación inicial, primaria o general básica, o educación secundaria o polimodal.

Asimismo, tienen derecho a cobrarla aquellos titulares con hijos, sin límite de edad, que cuenten con una autorización por discapacidad vigente y concurran a establecimientos con enseñanza diferencial, de formación laboral (para el desarrollo e inserción social), talleres protegidos, institutos públicos o privados controlados por la autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación o reciban enseñanza de maestros particulares que posean matrícula habilitante.

Cabe aclarar que, en el caso de los titulares de la AUH cuyo hijo o hijo con discapacidad tenga entre 5 y 17 años, la acreditación de la escolaridad quedará cubierta con la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación o Formulario PS.1.47 Asignación Universal – Salud, Educación y Declaración Jurada que debe presentar anualmente para cobrar el 20% acumulado.

 

Presentación del Formulario PS.2.68

Aquellos titulares que deban presentar el formulario de acreditación de escolaridad podrán hacerlo de dos maneras:

  1. a) personalmente en una oficina de la ANSES
  • solicitar el formulario en el organismo o imprimirlo desde www.anses.gob.ar.
  • llevarlo al establecimiento educativo o instituto de rehabilitación para que se completen los datos correspondientes, con firma y sello.
  • presentarlo en una oficina de atención, solicitando previamente un turno para Ayuda Escolar Anual – Presentación Formulario PS.2.68, a través del 130 o en www.anses.gob.ar, sección Turnos Online.
  1. b) desde Internet
  • ingresar en www.anses.gob.ar, sección Asignaciones Familiares/Ayuda Escolar Anual y acceder al formulario online.
  • completarlo, descargarlo e imprimirlo.
  • llevarlo al establecimiento educativo o instituto de rehabilitación para que se completen los datos correspondientes, con firma y sello.
  • escanearlo y enviarlo desde la web de la ANSES, sección Asignaciones Familiares/Ayuda Escolar Anual/Acreditación de Escolaridad online.
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