domingo 24 noviembre 2024

Condenaron a funcionarios municipales por peculado culposo: deberán dejar sus cargos y pagar una multa

La sentencia se dio en el marco de un juicio abreviado que enfrentaron tres integrantes de la Municipalidad de Nogoyá, que se encuentra bajo la administración del intendente Rafael Cavagna (Juntos por el Cambio).

Los funcionarios que aceptaron la pena son el secretario de Gobierno, Marcelo Barreto; la subsecretaria de Desarrollo Social, Carina Gómez; y el tesorero municipal, Gustavo Gabriel Ag. Con esta sentencia, los tres deben dejar sus cargos en el municipio que administra el radical Rafael Cavagna.

Asimismo, el delito que se les endilgó a los funcionarios tiene una pena de multa, por lo que se les impuso a cada uno un porcentaje a pagar: a Barreto y Ag se les aplicó el pago del 40% del total del perjuicio económico, lo que implica que cada uno debe desembolsar la suma de $444.311,60. En tanto, a Gómez se le aplicó el pago del 20% restante, que significa $222.156,80. «De este modo, el monto del perjuicio económico se cubre integramente», destacó el fiscal Jorge Gamal Taleb.

Finalmente, se les aplicó la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por un periodo de un año y medio.

La causa

El juez de Garantías de Nogoyá, Juan Pablo Orlandi, homologó este 22 de marzo el acuerdo de juicio abreviado. Gamal Taleb explicó que la investigación penal preparatoria arrancó a fines de febrero-principios de marzo 2020 con la denuncia de una empleada del área de Limpieza del municipio, quien afirmó que la Jefa del Área, Roxana ‘Pelusa’ Portillo, se quedaba con el sueldo de los empleados y que realizaba un uso indebido de ayuda social.

Sin embargo, a poco de iniciar la causa, Portillo se suicidó. El hecho ocurrió el 12 de marzo de 2020 y conmocionó a la localidad. Ante este panorama, la investigación penal preparatoria continuó para establecer otros responsables en la sustracción de dinero y ayuda social, que se calculó en $1.110.778. En esa nueva etapa fueron imputados del delito de peculado culposo los funcionarios Barreto, Gómez y Ag.

El fiscal explicó que el delito de peculado culposo está contemplado en el artículo 262 del Código Penal y que dicha figura no significa que los imputados se hayan apropiado de dinero, sino que «es dar ocasión o favorecer, por imprudencia, que otras personas se apropien de fondos públicos».

El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que «la investigación de base está bien hecha y comenzó con el fiscal Federico Uriburu. Luego la continuamos en la Fiscalía de Victoria donde se terminó por demostrar que funcionaban mal los controles y el sistema de organización administrativa».

En este sentido, Gamal Taleb detalló que «la investigación producimos prueba para ver si había complicidad con Portillo, pero encontramos que no había connivencia en el peculado de la Jefa de Limpieza. Sin embargo, observamos que el sistema estaba mal y ello facilitó lo que pasó. Deberían haber hecho pagar por ventanilla o en el banco. Ese sistema deficiente, permitió que la acusada se apropiara de los fondos para contratadas».

Entre Ríos Ahora

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