El Poder Ejecutivo de Entre Ríos disponía de un plazo de 90 días hábiles para reglamentar la Ley de Videovigilancia. Sin embargo recién lo hizo cinco años y nueve meses después de que la Legislatura sancionara la Ley 10.175.
El trámite se cumplimentó a través del decreto 2.554, firmado por el gobernador Gustavo Bordet y la ministra de Gobierno, Rosario Romero. Fechada el 21 de agosto pasado, la norma fue publicada dos días más tarde en el Boletín Oficial de la provincia.
De esa manera la Policía se convirtió en la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo, entre otras cosas, la creación de un Registro de de Cámaras de Videovigilancia. El listado incluirá obligatoriamente las colocadas por municipios y Juntas de Gobierno, mientras que cualquier persona física o jurídica podrá informar de manera voluntaria sobre las instaladas en comercios, edificios y viviendas.
videovigilanciaEl decreto 2.554 sirvió para reglamentar siete artículos de la Ley de Videovigilancia y desde el gobierno entrerriano se indicó que fue necesario para “propiciar su completa y eficaz aplicación”. También se precisó que así se respondió a una demanda formulada por “ciudadanos interesados en la temática”, según consta en los Considerando.
El primero de los artículos de la reglamentación está referido al uso de las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia y la confidencialidad de la información obtenida. Ajustándose a lo establecido por la Ley de Protección de Datos Personales, la 25.326, se buscó facilitar la colaboración con investigaciones judiciales pero sin violentar el derecho a la intimidad de las personas.
“Las partes en conocimiento del material recabado se obligan a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda la información a la que accedan como consecuencia de la presente ley –a excepción de los datos consentidos por sus titulares- y a hacer respetar este deber por todos los dependientes que designen al efecto”, señala el decreto 2.554.
Además precisa que “la falta o incumplimiento a lo expuesto en materia de confidencialidad será considerado falta grave y suficiente para que cualquiera de las partes disponga la denuncia del presente en forma inmediata, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley 24.766 (Ley de confidencialidad sobre información y productos que estén bajo control de una persona y divulgue indebidamente de manera contraria a los usos comerciales) y los artículos 153 a 157 bis del Código Penal , relativo al Capítulo de Violación de Secretos y de la Privacidad, en lo que fuera pertinente”.
Mediante la reglamentación se estipuló que “cuando las grabaciones capten hechos que pudieran ser constitutivos de ilícitos penales, la autoridad de aplicación pondrá a disposición de la Fiscalía o autoridad judicial competente, en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas de su captación, las grabaciones correspondientes”. Y en caso de eventuales ilícitos administrativos, el registro será entregado para “el inicio del procedimiento que corresponda”.
La Policía deberá conservar y custodiar las imágenes captadas por las cámaras de seguridad durante seis meses y pasado ese lapso podrá destruirlas. Para eso dispondrá de 15 días hábiles, siempre y cuando no esté en trámite una causa judicial o un sumario administrativo.
También se estipuló que la Policía deberá colocar un cartel en la zona bajo videovigilancia. Y tendrá que ser con la siguiente leyenda: “Espacio monitoreado por cámara de videovigilancia. Gobierno de Entre Ríos”.
Junto con eso se estableció que en la página web de la provincia se “colocará un link de acceso público donde aparezca la información de la instalación de las videocámaras en cada punto de la provincia”. A tal efecto los municipios y Juntas de Gobierno “que tengan dicho sistema de captación de imágenes deberán facilitar la información a fin de garantizar el derecho a la información de los ciudadanos”.
La Ley 10.175 fue sancionada en noviembre de 2012, un mes después de la puesta en marcha, en Paraná, del Sistema de Gestión de Emergencias 911. Un centro de monitoreo que recibe las imágenes captadas a través de 75 videocámaras distribuidas en el microcentro de la capital entrerriana y en sus vías de acceso.
Se trata de un equipamiento provisto por Telecom Argentina SA, la única oferente que se presentó a la Licitación Pública Nº 1/2011, que acordó el pago de 271.670 dólares mensuales. Y sólo durante los primeros cuatro años de contrato, que ya fue prorrogado en dos oportunidades, percibió 13.040.160 dólares. (El Entre Ríos)