El caso tuvo cobertura de la televisión nacional, una situación que contrastó con el juicio por usurpación que apenas tuvo un par de menciones en la prensa. La Fiscalía, a cargo del fiscal Facundo Barbosa, y la querella, que ejerció el abogado Rubén Pagliotto, pidieron la condena de 1 años de prisión de ejecución condicional. La resolución, a cargo del juez de juicio Gervasio Labriola, se conocerá el próximo lunes 5 de mayo.
El acortamiento de las audiencias de juicio -esta previsto que se extendieran hasta el lunes 28- fue producto de un acuerdo entre Fiscalía, querella y defensa renunciaron a varios testigos, entre otros el dirigente nacional Juan Grabois.
“Dolores ocupó esta propiedad que no le pertenecía. Ella, en el año 2018, de moto proprio, por una cuestión de ella, se endeuda en el 2017, toma créditos, dos créditos que suman alrededor de 500 mil dólares, y al año siguiente, en 2018, le cede su tenencia accionaria en Las Margaritas, que era del 12,5%, a una empresa de la provincia de Buenos Aires que se llama Mirus, Sociedad Anónima. Con lo cual, a partir de esa cesión, en lugar de estar sentada Dolores en el directorio de Las Margaritas, ahora en lugar de ella, está la empresa Mirus. Cuando ella convoca a esta toma usurpatoria, porque no deja de ser eso, creo que muchos de los que la acompañaron, y no todos de buena fe, creyeron que acompañaban a Dolores en un justo reclamo. Pudimos demostrar en el juicio que le había ofrecido el 40% del total del campo que a ella le pertenecía al Movimiento de Trabajadores Excluidos, es decir, sobre 500 y pico de hectáreas, 200 hectáreas iba a ser del Proyecto Artigas”, contó Pagliotto.
En diálogo con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7, el querellante habló en sentido figurado. “Lo que en el campo se llama saludar con sombrero ajeno, es decir, yo estoy regalando algo que no es mío. Bueno, me parece que tarde se dieron cuenta quienes la acompañaron y se introdujeron al campo, incluso con actos ridículos”, señaló.
-Lo que Dolores pintó como una pelea contra el poder terrateniente, ¿en realidad es una disputa por una herencia?
-Ella recibe los primeros 360.000 dólares en el año 2010. Ese monto correspondía al 4,16% de SAER, la sociedad anónima que editaba El Diario; y 60.000 dólares por el 33% que era de su padre. Cuando muere el padre, Luis Etchevehere, el 33% de la sociedad se reparte, la mitad para la esposa, y la otra mitad entre los cuatro hijos. Esa parte, ese cuarto de la mitad se le pagó. Recibió otros montos y campos. Después recibió partes de departamento, partes de propiedades, recibió una parte de un condominio en Concordia, de un barrio supercaro, donde recibió el equivalente a 350.000 dólares. Más o menos sumando, anda alrededor de los 4.000.000 dólares, que no es poco. Pero en el juicio, ella en todo momento, se planteó como que si no hubiera ido al juicio por una usurpación, sino que era un ámbito donde ella utilizó como tribuna para hacer cuestiones vinculadas a situaciones familiares, y denuncias de violencia hacia Sebastián Etchevehere. Era la dama de los campos de polo de la República Argentina, con las familias tradicionales, terratenientes y patricias. Entonces, venir a llorar la carta y ser víctima no lo creo. Me parece que es una exageración y es una exageración peor de todos los profesionales que se prestan sin conocer la historia por una cuestión de oportunismo político o hasta te diría de fanatismo por la cuestión de género, al que respeto. Y absolutamente me alegro de ese avance social pero me enojo cuando prostituyen causas justas y nobles que ha costado muerte de mujeres.
La historia
Dolores Etchevehere, la menor del clan familiar que dirigió los destinos de El Diario hasta la muerte del pater familia, Luis Félix Etchevehere, en 2009, se sentará este lunes, en los Tribunales de La Paz, en el banquillo de los acusados en el inicio del juicio oral por el delito de usurpación a partir de una denuncia presentada por sus tres hermanos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere, y su madre Leonar María Magdalena Barbero Marcial luego de la intrusión, en plena pandemia de coronavirus, el 15 e octubre de 2020, de la estancia familiar Casa Nueva, en El Quebracho, cerca de Santa Elena, junto a un grupo de militantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), del dirigente Juan Grabois.
Las audiencias en la que Dolores Etchevehere y su abogado, Facundo Taboada, escucharán la acusación fiscal se extenderán hasta el lunes 28, y será el cierre de un larguísimo proceso judicial, pero que tiene como telón de fondo una inacabada pelea familiar por el reparto de la herencia y que desnudó denuncias por supuestos fraudes y vaciamiento de las empresas propiedad de la familia Etchevehere. «Los Etchevehere corruptos» señala Dolores a sus hermanos Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego, con quienes mantiene una disputa desde 2013, cuando presentó la primera denuncia en la Justicia
El 6 de diciembre de 2013, el fiscal Ignacio Aramberry elevó al entonces juez de Instrucción Alejandro Grippo la “denuncia presentada por la ciudadana Dolores Etchevehere ante esta Fiscalía a mi cargo”: 20 carillas de mucha información que ponía contra las cuerdas a sus tres hermanos, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere, y a su madre, Leonor María Magdalena Barbero Marcial.
El 20 de diciembre de ese año, Dolores Etchevehere ratificó ante el juez Grippo los términos de la denuncia formulada por escrito.
Contó de qué modo, con qué maniobras, bajo qué paraguas su familia pretendió cometer una serie de hechos ilícitos en las empresas familiares que tendrían alto impacto social: en 2018, una de las firmas del holding familiar, Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), editora de El Diario, dejó en la calle a 80 trabajadores sin pagarles indemnización, e ingresó en concurso preventivo.
Pero esa es otra historia, otra causa.
La que sentará en el banquillo a Dolores Etcheehere y a Facundo Taboada se inició aquel 15 de octubre de 2020, un hecho que se contó en cadena nacional por los medios, pero que luego de olvidó.
El último punto de inflexión fue la resolución que adoptó en 2023 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), cuando rechazó un recurso de queja que había presentado Dolores Etchevehere contra la pretensión del Ministerio Público Fiscal de sentarla en el banquillo de los acusados, acusada del delito de usurpación luego de haber ingresado, y ser posteriormente desalojada, de la estancia Casa Nueva, propiedad de la firma Las Margaritas SA, que dirige su madre Leonor Barbero Marcial. Dolores defendió –y defiende- la toma asegurando tener derechos hereditarios sobre la propiedad, que perteneció a su padre, Luis Félix Etchevehere, quien murió en 2009.
En su voto, el vocal Miguel Giorgio sostuvo: «Luce evidente que el fallo cuestionado no constituye una sentencia definitiva ni puede asemejársele a fin de habilitar la pretendida vía, ya que no se vislumbra conculcación alguna a las garantías constitucionales de debido proceso y defensa en juicio como insistentemente postula la defensa. La presente causa se encuentra en estado de remisión a juicio y el hecho intimado no se revela impreciso o defectuoso de manera tal que amerite un tratamiento a priori o ex ante por esta alzada, ya que se cuenta con todas las posibilidades por delante de rebatir los extremos de la acusación en la instancia propia de debate. Allí, en el contradictorio oral y de acuerdo a las prescripciones de nuestro sistema acusatorio, es donde deberán probarse – o no- las circunstancias que conforman la plataforma fáctica atribuida».
A su turno, la vocal Claudia Mizawak apuntó: «Contrariamente de lo que expresa la defensa, el hecho expresamente menciona que el medio comisivo para producir el despojo fue la amenaza; siendo la acusación lo suficientemente clara y precisa, describiendo acabadamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar. De allí que no se advierte ningún óbice para que los imputados puedan ejercer cabalmente su derecho de defensa durante el contradictorio oral».
Y agregó: «Será justamente en el debate, donde el Ministerio Público Fiscal deberá demostrar si la amenaza existió y si el contenido de la misma tiene entidad suficiente para considerarse una conducta de intimidación; en
definitiva, si el hecho efectivamente sucedió tal como ha sido descripto y si es pasible de ser subsumido en la figura delictiva seleccionada. Por su parte, la defensa podrá también confrontar la prueba de cargo y a su vez ofrecer la de descargo que considere pertinente a fin de acreditar su teoría del caso».
A su vez, el vocal Omar Daniel Carubia, aunque observa críticamente la resolución de la Cámara de Casación, señala que «la queja en examen no formula una crítica fundada de la resolución denegatoria de la concesión de la impugnación extraordinaria y reitera el planteo de cuestiones ya tratadas y resueltas oportunamente por el Tribunal de Juicio y Apelaciones, como así también por la Casación, intentando la defensa refutarlos proponiendo una diferente solución, mas sin exponer razones susceptibles de demostrar que resulten erróneos o arbitrarios y que, en definitiva, su impugnación extraordinaria haya sido mal denegada».
Por qué la acusan
En la imputación, el Ministerio Público Fiscal sostiene que el 15 de octubre de 2020, aproximadamente a las 11, Dolores Etchevehere y Facundo Taboada, junto a un grupo de militantes que respondían al Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), de Juan Grabois, ingresaron a la estancia exigiéndoles a los empleados que entreguen las llaves de la puerta de ingreso a la casa principal. Precisan que el pedido se lo formularon a la empleada Ramona Rodríguez, a quien además, según la Fiscalía, amenazaron con “que debería retirarse en minutos, en caso de no otorgar las mismas” y que ante su negativa “ingresaron a su vivienda -sita en el mismo establecimiento- y tomaron un grupo de llaves que había colgadas en el comedor del domicilio”.
Los sucesivos planteos de Dolores Etchevehere han retrasado el inicio del juicio oral en su contra. La mujer fue denunciada por su propia madre, Leonor María Magdalena Barbero Marcial, en calidad de titular de la firma Las Margaritas SA, propietaria de la estancia Casa Nueva. Fue después de la incursión , el 15 de octubre de 2020, a ese campo. Dolores Etchevehere está imputada, junto al abogado Facundoo Taboada, del delito de usurpación.
En la audiencia del 28 de junio de 2022 ante el entonces juez de Garantías de La Paz, Walter Carballo, cuando se discutió el pedido de elevación, la Fiscalía peticionó que Dolores sea juzgada por los delitos de usurpación y desobediencia judicial. Entonces, adelantó que en el debate oral y público peticionará una condena de un año de prisión condicional para ella; y también para el abogado Facundo Taboada, quien sólo fue acusado de usurpación. Esa audiencia tardó un año en realizarse: el pedido de remisión a juicio había sido presentado el 4 de junio de 2021.
Recién 25 de julio, el juez Carballo elevó a juicio el expediente en el que está imputada Dolores Etchevehere por la ocupación del campo Casa Nueva, en Paraje El Quebracho, propiedad de Las Margaritas SA, hecho ocurrido en octubre de 2020. La decisión fue enviarla a juicio por usurpación pero fue sobreseída por el delito de desobediencia judicial aplicando perspectiva de género: el juez concluyó que la Fiscalía no trató del mismo modo a los hermanos Etchevehere (Luis Miguel, Juan y Sebastián), quienes desoyeron la orden de restricción -no acercamiento al establecimiento- que había dictado el juez subrogante de La Paz, Raúl Flores.
La resolución fue apelada por los abogados defensores, Patricio Cozzi, Lisandro Mobilia y Daniela Verón, quienes advirtieron que el magistrado de La Paz incurrió en una contradicción evidente con una decisión de octubre de 2021: entonces el juez les rechazó la recusación planteada contra los fiscales Oscar Sobko por falta de perspectiva de género en la investigación.
Así, plantearon temor fundado de pérdida de imparcialidad y lo formularon ante la jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, María Carolina Castagno. También cuestionaron el no tratamiento al pedido de nulidad del hecho imputado y el rechazo al sobreseimiento. Denunciaron así un “serio menoscabo a dos garantías constitucionales: el derecho de ser juzgado por un juez imparcial y el derecho al doble conforme (una decisión revisada en dos instancias)”.
El planteo de los defensores de Dolores Etchevehere fue evaluado por la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, María Carolina Castagno, que el 25 de agosto último lo rechazó.
Después, la Cámara de Casación Penal declaró «inadmisible» el recurso que planteo la defensa. Los defensores insistieron con una impugnación extraordinaria, que también tuvo revés en la Casación, y por eso llegaron con un recurso de queja ante la Sala Penal del STJ, que no prosperó.
Entre Ríos Ahora