Se dictó sentencia contra dos sujetos acusados de los delitos de “Abuso de armas – Tenencia de arma de guerra – Portación de arma de fuego de uso civil”, causa iniciada en enero de este año.

Los condenados son Ricardo Daniel González de 44 años y Claudio Marcelo Delfino de 30 años, ambos representados por el defensor particular Jair Gay, causa que llevara adelante por el fiscal, Dr. Juan Pablo M. Gile.

A estos individuos se los llevó a juicio por los siguientes hechos, que el 2 de enero alrededor de las 22:10, aproximadamente, González iba conduciendo un automóvil Volkswagen Bora, dominio DYT-660, yendo como acompañante el imputado Delfino, llegando a metros del domicilio de DC, en calle Alem al 500 y procedieron a efectuar un disparo con arma de fuego a la distancia, y hacia el domicilio huyendo del lugar.

Por otra parte, como segundo hecho, momentos más tarde la Policía comenzó la búsqueda del auto en cuestión, siendo avistado circulando por calle Suipacha por el móvil 1221, observándose que los ocupantes (al notar la presencia policial) emprendieron la fuga por bulevar Araoz, doblando por calle Henry hacia el este, y luego por calle Benito Cook, siendo perseguido por el móvil policial, arrojaron a la calle desde la ventanilla del lado del acompañante un elemento, siendo finalmente detenido en calle Almafuerte y Benito Cook, lugar donde debajo del asiento del acompañante se constató la existencia de un arma de fuego tipo revolver calibre .38, cargado y cinco cartuchos calibre 38 arriba del asiento del acompañante, para luego proceder al secuestro en calle Benito Cook y Henry, el elemento arrojado, siendo una pistola calibre .45, con cartucho en recámara y cinco cartuchos en cargador, identificando al conductor del vehículo como el imputado Ricardo Daniel González y al acompañante del mismo Delfino Claudio Marcelo.

Tras la IPP, ambos fueron condenados y la sentencia fue leída por el vocal de cámara, doctor Nicolas Gazali, quien dispuso, absolber a los imputados Ricardo Daniel González, alias «Cucho» y Claudio Marcelo Delfino, apodado «Bebé», en orden al delito de “Abuso de arma de fuego” (art. 104 del C. Penal) atribuido en calidad de coautores (art. 45 del C.Penal) de conformidad a lo normado en los arts. 397 inc. 1°, 452 ss y cc del CPPER.

Tambien declaró a Ricardo Daniel González, responsable del delito de “Tenencia de arma fuego de guerra sin la debida autorización legal” en calidad de coautor (arts. 42 y 189 bis apartado 2, 2° párrafo, del C. Penal) y, en consecuencia, condenarlo a la pena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento.

Respecto a Claudio Marcelo Delfino, lo declaró responsable de los delitos de “Tenencia de arma fuego de guerra sin la debida autorización legal” en calidad de coautor (arts. 45 y 189 bis apartado 2, 2° párrafo del C. Penal) y de “Portación de arma de fuego de guerra” en calidad de autor (arts. 45 y 189 bis apartado 2, 4° párrafo del C. Penal), en concurso ideal (art. 54 del C. Penal), y, en consecuencia, condenarlo a la pena de tres años y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento, con más accesorias legales del art. 12 del C. Penal; revocando la condicionalidad de la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional (art. 26 del C. Penal) impuesta a Claudio Marcelo Delfino por sentencia del juez de Garantías, Dr. Gustavo Díaz, de fecha 6 de agosto de 2.020, como autor responsable de los delitos de “Amenazas  calificadas” en un contexto de violencia de género y “Tenencia de arma de uso civil sin la debida autorización legal”, en concurso real (arts. 149 bis, 189 bis, apartado 2, 1° párrafo, y 55 del C. Penal), unificando la pena impuesta con la pena única.

Crédito: 03442

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