IMPORTANTE: Reprogramación de designación transitoria
Teniendo en cuenta que en estos momentos existen desperfectos en la página oficial del Consejo General de Educación, lo que imposibilita el cumplimento de la Resolución 1000/CGE con relación a la publicación de las designaciones de docentes para cubrir cargos de suplencias en este medio, se reprograman los cargos publicados para el día de mañana MIÉRCOLES.
Designación Transitoria Excepcional 19 de agosto de 2020
Dirección Departamental de Escuelas Uruguay llama a Designación Transitoria Excepcional según Resolución 898/20 CGE y las instrucciones emitidas por Jurado de Concursos, en el marco de la Resolución 0987/20 CGE, para cubrir los siguientes cargos:
Cargo de Maestro de Grado, Escuela N° 4 Benigno Teijeiro Martínez. Primera Categoría Favorable. Licencia artículo 12 A Hasta el 10/9/2020 Turno Tarde 3° Grado
Cargo de Maestro de Grado, Escuela N° 92 Tucumán. Primera Categoría Favorable. Licencia artículo 13 Hasta el 25/11/2020 Turno Tarde 2° Grado
Cargo de Maestro de Nivel Inicial, Jardín Materno Infantil «Polillitas» Primera categoría. Favorable. Licencia artículo 13. Hasta el 30/11/2020 Sala de 1 y 2 años.
El docente deberá manifestar su voluntad de participar a través del correo electrónico concursosprimariauruguay@gmail.com en el que especificará la vacante de su interés, nombre, apellido, DNI, teléfono de contacto, orden en listado ya sea, oficial o complementario, hasta las 8:00 hs. del día miércoles 19 de agosto de 2020.
En cada designación se deberá tener en cuenta el ordenamiento realizado con los aspirantes que han enviado correo electrónico indicando su interés en el cargo a concursar, independientemente del orden de mérito adjudicado en una designación anterior. Por lo que NO hay seguimiento de listado.
Las coberturas serán en el marco del régimen de compatibilidad vigente.
La Designación Transitoria se realizará el día miércoles 19 de agosto de 2020 a las 8:15 horas en Dirección Departamental de Escuelas Uruguay, labrándose el acta al efecto, según lo estipulado en el Anexo I, 2.1 d) de la Resolución 898/20 CGE.