Llamativa actitud de falta de respeto e indiferencia del imputado Cardozo junto al fiscal Martínez Uncal
En audiencia desarrollada este sábado en horas de la mañana, en el Salón de Audiencias del Juzgado de Garantías de Concepción del Uruguay, ante la jueza Subrogante, Dra. Melisa Ríos, se dictó la prisión preventiva de los tres sujetos imputados por la muerte de David Casas, acontecida durante un incendio ocurrido el domingo 8 del corriente, durante el incendio de una habitación de una pensión ubicada en calle Ameghino 214.
Como se informara oportunamente, el siniestro registrado esa madrugada fue en principio tomado como accidental, pero hubo elementos que hicieron sospechar que el ismo pudo ser cometido por terceros, razón por la cual se inició la investigación, en la cual hubo videos de seguridad de la zona que fueron fundamentales para llecar el caso adelante por parte del fiscal Fernando Martínez Uncal.
Fue así que la Policía logró la detención de tres sospechosos, a los que se les imputa el “Homicidio agravado -triplemente calificado- por el concurso premeditado de tres personas, alevosía y criminis causae”.
Los detenidos son José Alexander Cardozo, de 19 años de edad, quien estuvo tiempo atrás en una Comunidad Terapéutica debido a sus adicciones, de dónde salió hace aproximadamente tres años; Ricardo Esteban Fabre, de 28 años de edad, que cuenta con antecedentes y una condena de seis meses en suspenso e Iván Luciano Suárez, de 30 años de edad y que está cumpliendo una Probation por un hecho delictivo.
Tanto Cardozo como Suarez, son asistidos por la Defensora Oficial, doctora Romina Pino, mientras que en el caso de Fabre, su Defensa la lleva adelante la Defensora Oficia Valeria Irel, destacándose que Fabre fue retirado de la Sala, dado que fue el último detenido y estaba aún incomunicado.
Concedida la palabra al Ministerio Público Fiscal, relató el hecho ocurrido ese domingo alrededor de las 03:40 hs., cuando Ricardo Esteban Fabre, Iván Luciano Suárez y José Alexander Cardozo, éste último trasladando un carro de chapa con ruedas con rayos, coactuando en todo momento y en cumplimiento de un plan común, se presentaron en el residencial Ameghino, sito en calle Ameghino al 200, ingresando a la habitación Nº 1, que tenía su puerta cerrada sin llave ni otra medida de seguridad, donde se encontraba durmiendo Carlos David Casas, quien estaba cursando un coma alcohólico, ya que presentaba una concentración de 3,11 gramos por litro de sangre.
Según el fiscal, Fabre y Suárez fueron los que entraron y se apoderaron ilegítimamente de una cama de una plaza de algarrobo, una frazada a cuadros, un colchón de una plaza, las que cargaron en el carro de Cardozo, para luego volver a ingresar el nombrado Fabre, y actuando sobre seguro, en cumplimiento del plan previamente premeditado y a los fines de ocultar el hecho, aprovechó la situación de indefensión de Casas e inició un foco ígneo en la ropa de cama con la que se tapaba la víctima.
El fuego llegó a tal punto que ocasionó la muerte de Casas, a los pocos minutos de iniciado el incendio, por lo que el fiscal dijo que tales conductas, encuadran en las figuras de los delitos de “Hurto calificado por el infortunio de la víctima, en concurso real con homicidio triplemente calificado por el concurso premeditado de tres personas, alevosía y criminis causae”.
El doctor Martínez Uncal señaló en relación a la materialidad ilícita, que fue fundamental el informe del Perito de Bomberos cabo Lucio Mansilla, precisando que el inicio del foco ígneo, fue desde el abdomen de la víctima y hacia abajo, descartando que se iniciara debajo de la cama, al igual que fallas eléctricas, falta de estufas portátiles, ni a gas ni a kerosén, dudando que fuera accidental con cigarrillos u otro elemento, concatenándose con lo informado por el médico Forense, agregando que encontraron en el lugar un encendedor y que se descartó explosión de gas, ni hay instalación de gas natural ni cocina en la habitación, además de que luego hallaron filmación de vivienda lindera al Residencial Ameghino, en la que se observa minutos previos al llamado a bomberos, que llegan en forma peatonal a la puerta del residencial, tres personas, una remolcaba un carrito, otro un morral y el tercero con una muleta. Luego se ven los movimientos de todos, incluso cuando el que llevaba la muleta sale del lugar e instantes después se puede ver el humo saliendo.
Respecto a la víctima, el fiscal dijo que el informe autópsico y la primera apreciación Casas presentaba quemaduras que eran vitales, y que su muerte pudo generarse por monóxido de carbono, realizándose la extracción de sangre, informe que confirma un 8% de monóxido carbónico en sangre y 3,11% de alcohol en sangre, lo que es indicador que respiró en vida en un ambiente contaminado con fuego y humo.
Datos aportados por la madre
Uncal dijo que tras el suceso la actitud de la madre Isabel Mercedes González, fue de presentarse desde el inicio, cuestionando que el hecho fuera accidental, brindando datos objetivos, como que estuvo limpiando esa tarde y había una cama de algarrobo completa en el lugar, y una mochila con ruedas color verde y otros objetos faltantes, los que nadie pudo sacar mientras se sofocaba el fuego, por lo que al visualizar el video, la versión de la progenitora cobró importancia vital para el avance de la investigación.
Fue así que se llegó a los allanamientos, más precisamente el realizado en la “Manzana Podrida”, detallando dónde estaba la cama, donde la habían vendido y que en lo Fabre hay dos elementos de interés, ya que se secuestró una mochila color verde con rueditas y también se secuestraron muletas.
Esto es suficiente para la instancia la probabilidad de autoría, así como los antecedentes y riesgos de fuga o entorpecimiento, agregando que Suárez y Fabre, fueron liberados el 7 de julio, por hurto de garrafas y comida sustraídos del Albergue del CEF, y Suárez cumple Probation.
Pena más grave
El Ministerio Público fue contundente que además de los elementos obrantes, a lo que se deberían sumar algunas ruedas de personas, hay que agregarle la pena en expectativa, ya que dado lo acontecido, los imputados afrontarán en caso de llegar a juicio una condena de prisión perpetua, razón por la cual solicitó la prisión preventiva por el plazo de 90 días, agregando que para obtener mayores elementos se dispuso la exhumación de cadáver de Casas, sugerido por el informe ampliatorio del médico Forense, para muestras que llevará a nuevos exámenes de laboratorio, y ya se ha clausurado la habitación Nº 1, para reconstrucción, donde podrán participar los co-imputados.
Las Defensas
A su turno, la defensora Dra. Pino explicó que no negará la materialidad del hecho, ni el fallecimiento de la persona, pero sobre autoría y riesgos procesales, se oponía, no compartiendo sobre calificación Legal que sea un condición sine qua non, para el dictado de la medida, y sobre arraigo, “no es primera vez que estamos frente a personas de gran vulnerabilidad, no tienen domicilio fijo, están en situación de calles, hay un montón de personas en esa situación, pero ello no puede llevarnos a dictar una Prisión Preventiva o a negar el arraigo de estas personas por falta de un domicilio, o por falta de un trabajo y no por hacer changas sea ello indicador de falta de arraigo”.
Por su parte, la doctora Irel no aceptó los riesgos procesales, ya que su asistido vivió siempre en la misma casa, tiene familia conformada por él, teniendo problemas con su pareja y está viviendo en lo de su madre Lorentz 1887, negando que su cliente pudiera influir o entorpecer el éxito de la investigación, se puede asegurar morigerando la medida interesada, ofreciendo el arresto domiciliario en la casa de su madre.
Tras escuchar durante casi una hora y media a las partes y analizar el caso, la doctora Melisa Ríos dispuso hacer lugar al pedido fiscal, ordenando la prisión preventiva por 90 días de Ricardo Esteban Fabre, Iván Luciano Suárez y José Alexander Cardozo, en orden los delitos de “Homicidio agravado -triplemente calificado- por el concurso de tres personas, alevosía y criminis causae”.
Por esto dispuso que Cardozo y Suárez, quedarían alojados en la Comisaría Primera, en tanto que Fabre sea alojados en Unidad Penal N° 4.
Fuente: 03442