Para los querellantes, no hay otra posibilidad que la prisión perpetua. Para la defensa, se le escaparon los disparos en un marco de violencia de género y eso sería un atenuante. Además, afirman que no se pudieron probar los agravantes.
Para la opinión pública no hay otra: Nahir Galarza mató intencionalmente a Fernando Pastorizzo. La Fiscalía y las querellas tampoco tienen dudas: Lo asesinó con un disparo letal por la espalda y una ejecución frontal, e intentó desviar la investigación. Para ellos no cabe otra posibilidad que una prisión perpetua. Pero para la defensa la historia es otra: se le escaparon los disparos en un marco de violencia de género y eso se debe aplicar como atenuante.
En los alegatos de clausura que el defensor José Ostolaza realizó el martes durante casi tres horas, enumeró a su entender los argumentos por los cuales la joven de 19 años no debe recibir una pesada condena.
Sobre el final solicitó que sea sentenciada por el delito de homicidio culposo, el cual se aplica a aquellas personas que no tuvieron intención de ocasionar (en este caso) un homicidio. Comúnmente se imputa esta figura cuando existió un accidente de tránsito y como consecuencia hubo una víctima fatal. La máxima pena posible en este caso es de 6 años de prisión efectiva.
Si se concediera esta posibilidad, el resultado sería inmejorable y hasta es improbable que por el lado de la defensa sea llevado a Casación. Pero Ostolaza sabe que es prácticamente imposible que se le conceda esto y por ello fue un poco más allá en su alegato.
Le requirió al Tribunal que en caso de que considere que existió dolo (intencionalidad) no se tengan en cuenta los agravantes del vínculo y la alevosía, y en consecuencia sea condenada por un homicidio simple. Esta figura tiene un mínimo de 8 años y un máximo de 25 años de prisión.
Pero Ostolaza, previendo todo lo que pudieran llegar a analizar los jueces, introdujo otra figura. Les dijo que si se llegara a tener presente los agravantes del vínculo y la alevosía, que son los que reprimen con una condena de prisión perpetua, también se deben tener en cuenta las «circunstancias extraordinarias de atenuación».
Las circunstancias extraordinarias de atenuación
En el último puntito del artículo 80 del Código Penal Argentino aparece de forma muy escueta un párrafo que agrega una cuestión muy especial, referida a lo que anteriormente se describe en el inciso 1, en donde se hace mención a los casos en donde debe aplicarse la reclusión perpetua o prisión perpetua.
«Cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima», reza el Código Penal.
Y a este punto es a donde se dirige la defensa de Nahir Galarza. Se pretende que el Tribunal tenga en cuenta la supuesta violencia de género como circunstancia extraordinaria de atenuación para evitar una prisión perpetua y sea condenada bajo las reglas de un homicidio simple.
Un caso testigo
Hay una causa emblemática en donde se aplicó esta figura. A 21 días de haber asumido el cargo de Gobernador de Río Negro en octubre de 2011, Carlos «El Gringo» Soria moría de un balazo en el pómulo que su esposa Susana Freydoz disparó en los primeros minutos del año 2012.
Luego de pasar la cena de Año Nuevo, el flamante Gobernador y su esposa comenzaron una discusión en la habitación matrimonial de la chacra ubicada en las afueras de General Roca, que culminó de la peor forma. Freydoz tomó de la mesa de luz un revólver calibre 38 y le disparó a su esposo unos 50 centímetros de distancia, provocándole la muerte inmediata.
Al momento del crimen estaba presente la hija María Emilia Soria, actual Diputada Nacional, y un policía que custodiaba la propiedad. A diferencia de lo ocurrido con Nahir Galarza, todo fue muy rápido. La agresora estaba identificada y el dermotest arrojó resultado positivo. No hubo tiempo para nada.
En el juicio desarrollado en noviembre de 2012, el abogado defensor Alberto Riccheri pudo acreditar que el matrimonio vivía en una constante violencia y que fue esta situación en la que estaba inmersa la pareja lo que desató el crimen.
Se probó que Susana Freydoz se encontraba en sus cabales, que no actuó bajo una emoción violenta y fue condenada por el delito de Homicidio doblemente calificado por el uso de arma y por el vínculo, la misma acusación que recayó sobre la joven de Gualeguaychú.
Sin embargo, Freydoz pudo sortear la pena máxima porque dos de los tres jueces consideraron que existió una «circunstancia extraordinaria de atenuación». Esta excepción le significó una condena de 18 años a la esposa del Gobernador.
Ella no lo mata a Soria de forma planificada, sino que reaccionó a una situación de violencia debido a un estado de alteración desatado por los celos, y allí es donde radica la circunstancia extraordinaria de atenuación.
Este fallo fue llevado ante la Cámara de Casación de Río Negro, porque el Ministerio Público Fiscal consideró que estaban dadas las condiciones para aplicar la cadena perpetua y desestimar los atenuantes extraordinarios, como ser el cuadro de violencia conyugal pre existente, pero los camaristas confirmaron la sentencia de primera instancia y Freydoz ya cumplió 6 de los 18 años de cárcel.
El crimen del preso
Pero así como existen casos que pueden beneficiar a Nahir Galarza, existen otros que la podrían encerrar 35 años. Uno de ellos es lo ocurrido en Gualeguaychú en el 2013, cuando Marcelo Schiaffino mató a golpes a Jésica Ocampo dentro de la Unidad Penal 2. Al preso lo sentenciaron a cadena perpetua porque se demostró la relación de pareja, a pesar que los lazos que lo unían con su víctima eran menores a los que tenía Fernando Pastorizzo y la acusada.
El 13 de febrero de 2013 se conoció un aberrante crimen ocurrido dentro de la cárcel de Gualeguaychú. Una joven de 23 años, identificada como Jésica Ocampo, fue muerta a golpes delante de su hija de un año y medio, durante una visita familiar que le hizo a Marcelo Schiaffino. Este hombre de 38 años (en ese momento) había sido juzgado el año anterior por un caso de prostitución y privación ilegítima de la libertad de una adolescente de 15 años, que había sido víctima de torturas y violación durante varias semanas en Gualeguaychú.
Ocampo conoció a Schiaffino en la Unidad Penal 2 y tenían visitas asiduamente en la Unidad Familiar, pero en su último encuentro se originó una discusión por celos y el preso la mató a golpes y la ahorcó. Fue recién al día siguiente que Schiaffino alertó a los guardias lo que había ocurrido y se responsabilizó del hecho.
Pena máxima
Schiaffino y Ocampo era una pareja que nunca había convivido, que no tenían hijos en común y que todo el noviazgo había transcurrido con el imputado en la cárcel. Sin embargo, no hubo impedimentos para condenarlo a la máxima pena.
El 10 de julio, cinco meses después de ocurrido el femicidio, el Tribunal integrado por las juezas Alicia Vivian, Mariela Rojas y Javier Cadenas, condenó a Marcelo Schiaffino a cadena perpetua por homicidio agravado por el vínculo.
El defensor público Pablo Ledesma había pedido la inconstitucionalidad de la prisión perpetua y del agravante, por considerar que no estaba probada la relación de pareja, pero los tres jueces desestimaron los pedidos de inconstitucionalidad y confirmaron la pena máxima.
Una vigilia para la sentencia
Mañana a las 21, se realizará una concentración en 25 de Mayo y Rocamora de Gualeguaychú, para recordar a Fernando Pastorizzo, a seis meses de su fallecimiento. Amigos de la familia realizaron la convocatoria a través de las redes sociales con el fin de «agradecer a toda la gente por el apoyo durante todos estos meses» y reafirmar el pedido de «justicia perpetua para su asesina», indicaron Verónica Romero y Jonás Villalba a ElDía.
Según explicaron los amigos de la familia, se proyectará un video en pantalla gigante para «recordar a Fernando, que ya hace 6 meses que no está entre nosotros físicamente; pero sí en nuestros corazones».
Romero indicó que la concentración será para pedir que «el veredicto que tanto esperamos sea la reclusión perpetua; y que los jueces sean justos ese día». (El Día)