Un hombre de Chajarí fue penado a 4 años y 8 meses de prisión efectiva por los abusos sexuales cometidos contra dos menores de 5 y 8 años, entre los años 2011 y 2014. Las idas y vueltas de la Justicia para condenarlo.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia condenó a 4 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre de Chajarí, por abusos sexuales cometidos contra dos menores de 5 y 8 años, entre los años 2011 y 2014.
Se trata de Carlos Rubén Vázquez, quien había sido condenado en junio de 2016 por los mismos hechos y por el mismo Tribunal (aunque con una composición de jueces distinta), a la pena de 3 años de prisión en suspenso, pero a raíz de los recursos de la Fiscalía y la Querella, la Cámara de Casación de Paraná modificó la calificación legal de los abusos establecida por el Tribunal concordiense y mandó a dictar una nueva pena. La misma fue establecida el lunes, aumentando considerablemente la sanción que se le había impuesto anteriormente.
Intervinieron en el proceso, los jueces Aníbal Lafourcade, Silvina Gallo e Ives Bastián; el fiscal de Chajarí, Maximiliano Larocca Rees; la querella estuvo en manos de Ignacio Doubell; y el defensor oficial del imputado fue Sebastián Tito.
Desde el lunes, las partes cuentan con 10 días para conformarse o intentar cuestionar la decisión judicial.
Las idas y vueltas de la Justicia para condenarlo
Consultado un profesional del foro de Chajarí, abogado querellante de una de las menores, ayudó a reconstruir el infierno que vivieron estas pequeñas. El primer caso, y hablando del mismo sujeto, comprendía a dos menores de edad, se inició en el año 2011 y fue archivado. Luego, en 2014, a raíz de otra denuncia, aquel primero fue reabierto y los tres pasaron a tramitar en forma conjunta.
Desarrolladas las investigaciones correspondientes, la causa fue elevada a juicio por hechos de abuso sexual simple cometidos contra tres menores de edad. Los sucesos consistían en que el acusado se valía de sus hijas y de ofrecimientos (juegos, celulares y demás) para que las niñas ingresaran en su domicilio. Allí procedía a efectuarles tocamientos en zona genital, las besaba y luego las coaccionaba para que no mencionaran lo ocurrido.
El 1° de junio de 2016, el Tribunal de Juicios de Concordia absolvió al imputado con relación a una de las menores y lo condenó a 3 años de prisión en suspenso por dos hechos de abuso sexual de dos niñas de 5 y 8 años (una era vecina y la otra sobrina del acusado). Para llegar a esa pena, el Tribunal consideró que en cada caso hubo un «delito continuado». Es decir, pese a que cada menor sufrió varios hechos, estos debían ser tomados como un suceso único respecto de cada víctima.
Fiscalía y querella interpusieron recurso de casación contra esta sentencia, cuestionando la aplicación del «delito continuado» y la escasa entidad de la pena, mientras la defensa hizo lo mismo, cuestionando las condenas y solicitando se lo absuelva por beneficio de la duda.
El 14 de diciembre de 2017, la Cámara de Casación de Paraná, rechazó el recurso de la defensa confirmando la condena respecto de ambas niñas. A su vez, hizo lugar a los recursos de la fiscalía y la querella particular, anulando el fallo en relación al encuadre que se dio a los hechos, pues consideró que no correspondía aplicar al caso la figura del «delito continuado». En tal sentido, entendió que cada hecho de abuso debía ser computado en forma autónoma, por lo cual se le atribuyeron en total cinco hechos de abuso sexual en perjuicio de las dos niñas.
Fue en esa instancia que el Tribunal de Casación ordenó devolver la causa al tribunal de Concordia para que fije una pena «acorde» a esos lineamientos. Recordemos que Fiscalía había solicitado 7 años y medio y la querella 7 años.
Finalmente, Vázquez recibió una pena de 4 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo por abusos sexuales cometidos contra dos menores de 5 y 8 años, entre los años 2011 y 2014. (El Once)