Se trata del producto «Miel floral 100% natural» de la marca Estancia La Rosada. Es porque «no cumplen con la rotulación obligatoria y una muestra del producto se encuentra alterada y adulterada».
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización del producto «Miel floral 100% natural» de la marca Estancia La Rosada.
Así lo indica la disposición 11861-E/2017, publicada en el Boletín Oficial de este martes con la firma de Carlos Alberto Chiase, titular del organismo.
De acuerdo con el texto oficial, la medida se adoptó luego de que la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (DGHySA) informara que realizó una inspección en el establecimiento Dietética Vitacer, de la Ciudad de Buenos Aires, tomó una muestra oficial del producto y «concluyó según protocolo de análisis de laboratorio, que posee registros inexistentes, no cumplen con la rotulación obligatoria y una muestra del producto se encuentra alterada y adulterada».
«El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto y estar falsamente rotulado al consignar números de registros que no le corresponden, resultando ser un producto ilegal», indica la disposición.
Y completa: «Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284».