En el Boletín Oficial de Entre Ríos del 12 de octubre pasado, se publicó la ley por la cual se contempla la cobertura total por parte del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) de los medicamentos y estudios, diagnósticos y prácticas de atención del estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante, además establece beneficios laborales para los empleados estatales e impositivos para todas las personas que esperen o se hayan realizado un trasplante, también dispone la adhesión a la ley nacional Nº 26.928.
La norma fue sancionada por unanimidad en ambas cámaras de la Legislatura entrerriana, en base a un proyecto de ley presentado por el diputado Jorge Monge (UCR-Diamante) acompañado por sus entonces pares, Sergio Schmunck Antonio Rubio, que tiende a mejorar la calidad de vida de las personas que reciben un órgano para seguir viviendo y aquellas que se encuentran en lista de espera del INCUCAI.
La ley 10.520 adhiere a la Nacional Nº 26.928 que crea un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptas en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.
Monge, propuso adherir a la norma, mediante un proyecto acompañado de la firma de los diputados Rubio y Schmunck, incorporándole otros beneficios para las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud entrerriano.
El texto de la ley provincial, contempla otros beneficios para los entrerrianos que no contempla la norma nacional. Dispone que el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) brindará a sus afiliados o beneficiarios por la ley «cobertura del ciento por ciento (100 por ciento) en la provisión de medicamentos, estudios, diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que esté directa o indirectamente relacionadas con el trasplante».
En el caso de beneficiarios que sean empleados dependientes del Estado provincial «y que deban realizarse controles en forma periódica, gozarán del derecho de licencias especiales, con goce de remuneraciones, que le permitan realizarse los estudios, rehabilitaciones y tratamientos inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud que fueran necesarios».
El lapso que demanden dichos controles o prácticas «es independiente y no se computará dentro del tiempo de licencias pagas por enfermedad de que gozaren los empleados conforme normas legales o convencionales aplicables».
Además, «los inmuebles que constituyen vivienda única familiar, cuyo valor no sea superior al tope exigido para la declaración de bien de familia, de titularidad de las personas (beneficiadas por la ley) estarán exentos del pago del impuesto inmobiliario provincial». (Análisis)