Nación otorgó un anticipo financiero a Entre Ríos de $220.000.000.000

Mediante un decreto presidencial, el Ministerio de Economía autorizó un anticipo de hasta «$220.000 millones a Entre Ríos para afrontar compromisos urgentes». Los fondos deberán ser devueltos en 2026 mediante retenciones automáticas de la coparticipación.

El Gobierno nacional dispuso el otorgamiento de un anticipo financiero de hasta 220.000 millones de pesos a la Provincia de Entre Ríos, con el objetivo de atender compromisos presupuestarios y obligaciones urgentes derivadas de la ejecución de gastos y del servicio de la deuda provincial. La medida quedó formalizada a través del Decreto 922/2025, firmado el 26 de diciembre y publicado en el Boletín Oficial.

Según se detalló en los considerandos del decreto, “el Gobierno de la Provincia de ENTRE RÍOS se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas”.

El anticipo fue autorizado en base a lo establecido en el artículo 124 de la Ley N.º 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto, que habilita al Ministerio de Economía a conceder adelantos a cuenta de la coparticipación federal de impuestos. De acuerdo con la normativa, estos fondos deben ser reintegrados mediante retenciones automáticas sobre los recursos coparticipables que le corresponden a la provincia beneficiaria.

El decreto establece que la devolución del anticipo se realizará durante el Ejercicio Fiscal 2026, con más los intereses que se devenguen desde el momento del desembolso hasta su cancelación total. Para el cálculo de esos intereses se aplicará la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR).

Asimismo, se facultó a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a efectuar las retenciones necesarias sobre la participación de Entre Ríos en el régimen de coparticipación federal, regulado por la Ley N.º 23.548, así como sobre otros recursos coparticipables sin afectación específica, hasta cubrir el monto total del anticipo y sus intereses.

 

Obligaciones asumidas por la Provincia

Como condición para acceder a la asistencia financiera, el Gobierno de Entre Ríos deberá “Afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses”

Finalmente, el decreto dispuso que la Contaduría General de la Nación registre la erogación como un anticipo de fondos nacionales y cargue el importe equivalente a la cuenta correspondiente de la provincia. La asistencia se enmarcó en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por la Constitución Nacional y la legislación presupuestaria vigente.

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