Los representantes del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos solicitaron la prisión preventiva para Pedro Ángel Báez, exministro de Comunicación y Cultura durante la gestión de Sergio Urribarri. El exfuncionario fue condenado en el marco del megajuicio realizado en 2022 cuando recibió una pena de seis años y medio por delitos contra la Administración Pública.
La medida cautelar busca equiparar a lo que dispuso este martes la Cámara de Casación Penal de Paraná en el caso de Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera. Ambos ya se encuentran entre los muros de la cárcel.
La petición fue formulada esta tarde en los Tribunales de Paraná por los fiscales Ignacio Aramberry, Francisco Ramírez Montrull, Patricia Yedro y Gonzalo Badano, quienes se presentaron ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por Carolina Castagno, Julian Vergara y Elvio Garzón.
En tanto, los abogados defensores Ignacio Esteban Díaz y José Velázquez solicitaron el rechazo de la medida por considerarla arbitraria. Báez siguió la audiencia de manera remota. Entre los argumentos, también mencionaron la imposibilidad de cumplimentar la medida por razones de salud y edad del exfuncionario, hoy de 62 años. Como alternativa, en caso de que se haga lugar al pedido, plantearon la posibilidad de que se disponga la prisión domiciliaria.
Tras oír a las partes, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta el viernes para dar a conocer la resolución.
Argumentos de los fiscales
En primer lugar, el fiscal Aramberry argumentó el pedido de prisión preventiva en la Unidad Penal N° 1 de Paraná. En primer lugar, explicó que la sentencia de primera instancia que aplicó prisión efectiva se encuentra ahora ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. No obstante, subrayó que “existe un claro riesgo de fuga que puede ser acreditado a través de diversos elementos objetivo que hemos recopilado en la causa, que hemos dado a conocer en esta y la audiencia de Casación, riesgo que solamente pueden ser compensados a través de la prisión preventiva en la unidad Penal”.
“Hay que destacar que hoy los coencausados que se encuentran en la misma situación procesal que el condenado Báez se encuentran en la Unidad Penal con prisión preventiva. Es un dato que además de ser novedoso, consideramos de peso si lo confrontamos con los diversos elementos de la causa que hemos dado a conocer en audiencias anteriores. Si vinculamos esta situación con el complot en la forma de comisión de delitos, y hacemos la prognosis de posibles riesgos de fuga y, yendo a la situación concreta de Báez, nos parece que su situación personal así como la de los coprocesados es prácticamente idéntica”, fundamentó.
Por su parte, la fiscal Yedro aportó: “Tenemos que manejarnos en base a pronósticos, elementos concretos y ciertos y que es un posible riesgo de fuga. La situación de Báez ha cambiado por el fallo de Casación del día de la fecha, pero también debemos valorar no solamente la pena a la cual ha sido condenado, sino también las características personales”.
“Estamos hablando de una persona que tiene sobrados recursos técnicos, económicos y vínculos. Se ha desempeñado como funcionario público de alto rango, con personas que podrían colaborar con esa fuga, y cuenta con recursos económicos suficientes como para poder salir del país fácilmente”, subrayó.
Además, mencionó que el exministro tiene una causa por presunto enriquecimiento ilícito en la que “se observó que no puede justificar su patrimonio”. “Podemos sospechar que va a eludir el cumplimiento de la condena. Son personas en los que la ciudadanía han depositado la confianza para que los represente y la han defraudado, no estamos ante ciudadanos comunes sino ante personas condenadas por delitos graves que a los estados se nos impone investigar, juzgar y condenar”, completó.
En tanto, Ramírez Montrull enfatizó que “el interés de la ciudadanía es que se condene a los culpables y no haya impunidad” y planteó también que debe valorarse que “la presunción de inocencia se fue desvirtuando” a raíz de los fallos adversos contra Báez.
“Habiéndose respetado rigurosamente el debido proceso es que se debe priorizar este interés y la ciudadanía no debe correr riesgos de que se deba cumplimentar la pena y que no sea una declaración abstracta”, puntualizó.
El representante de la Fiscalía también señaló que Báez “tiene una causa en trámite por enriquecimiento ilícito, donde se lo intimó a justificar una suma mayor a 500.000 dólares. Los recursos los tiene y esto acrecienta el peligro de fuga”.
Por último, el fiscal Badano subrayó que el Estado debe cumplir con los tratados internacionales a los que adhirió el país en cuanto a la necesidad de prevenir, sancionar y erradicar la corrupción. “Se procura garantizar la posibilidad de sanción, de la pena que en este caso es de cumplimiento efectivo. Los deberes que tiene el Estado argentino deben ser garantizados”, remarcó.
Planteo de la defensa
En último término tomaron la palabra los abogados Velázquez y Díaz, quienes pidieron el rechazo del pedido de la Fiscalía. Argumentaron que no existe riesgo de fuga, que Báez siempre estuvo a disposición de la Justicia y que “no es trasladable” al exministro lo resuelto por Casación en el caso de Urribarri y Aguilera. Añadieron también razones de salud y de edad que impedirían el alojamiento en la cárcel.
“La sentencia de Casación no es un elemento de cargo, no es un motivo para acreditar un riesgo de fuga, se tiene que analizar el caso concreto. Además, los riesgos que analizó Casación para los casos particularismos de Urribarri y Aguilera no son trasladables a Báez, porque el análisis siempre es particular”, resaltó.
Destacó enseguida que los tratados internacionales que refieren a la lucha contra la corrupción “no son para asegurar la sanción ni para asegurar que las personas que tienen que dar respuestas a la sociedad tengan que estar en la Unidad Penal. No es una herramienta de persecución. Lo que buscan estos tratados es la lucha contra la corrupción, que no queden sin respuesta los hechos, pero que se resolverán conforme a la normativa del propio país”.
“Acá la sentencia no está firme o va a adquirir firmeza cuando no haya recurso alguno. De esto no hay discusión. Entonces, acá analizamos el riesgo de fuga, no de sanción, no de condena, no de Unidad Penal. Nadie pone en discusión la vigencia de esos tratados pero su aplicación son conforme a nuestra jurisprudencia”, añadió.
El defensor también indicó que la Fiscalía no aportó elementos concretos para que se configure el riesgo de fuga. “Dijeron que hay sobrados recursos técnicos y económicos y sobrados contactos de Báez ¿cuáles son? Sólo se suponen. Es la primera vez que escucho que el haber sido ministro es un elemento que sostiene el peligro de fuga. Para colmo incluyen la causa por enriquecimiento ilícito. Se lo ha citado a responder por lo que la fiscalía entiende que son inconsistencias patrimoniales y ha respondido. Falta muchísimo para esclarecer esta circunstancia y falta la pericia oficial”, manifestó.
Y ahondó: “No dijeron cuáles recursos económicos, técnicos ni contactos tiene Báez. Son proyecciones subjetivas que no tienen asidero con la realidad. Dicen que no se pudieron recuperar los bienes: los bienes del señor Báez están todos embargados y no se ejecutan porque no está la sentencia firme”.
Enseguida, Velázquez afirmó: “Pareciera que a través de los argumentos de peligro de fuga se quiere hacer efectivo una condena, y son dos elementos distintos. En el relato del Ministerio Público Fiscal no se sabe si se está buscando acreditar el peligro de fuga o que haya un adelantamiento de pena efectiva en la Unidad Penal”.
Asimismo, refirió que hay convenciones de derechos humanos de personas mayores de edad, como las reglas de Brasilia, en la que se entiende que un adulto mayor es quien supera los 60 años. “Báez supera los 60 años. También es un elemento a considerar ¿A dónde se iría a fugar? ¿A dónde iría a rehacer su vida? Tiene sus dos hijos acá, su hermano y, si bien está separado de hecho, tiene una buena relación. Cuando este tribunal puso una caución, hubo amigos que ofrecieron automóviles para sustituir la caución dineraria. Eso es un arraigo: vive en Paraná”, fundamentó.
“No corresponde la prisión preventiva en la Unidad Penal hasta que la Corte tome una decisión definitiva. Subsidiariamente, esta defensa pide la morigeración y la domiciliaria de Pedro Báez por las siguientes razones: padece diabetes, presión arterial y severa celiaquía», aseguró casi al finalizar su alocución.
«Exige un cuidado farmacológico día a día que en el marco de esta convención para la Protección de Adultos Mayores parecerían ser un elemento a sopesar para garantizar que no haya peligro de fuga hasta tanto la corte resuelva. Incluso pedimos que el médico forense analice la situación de salud de Báez. En el caso que el Tribunal entienda que proceda la domiciliaria, establecer un plazo racional para hacer los estudios médicos”, concluyó.
A sus palabras se adhirió el abogado Díaz. Luego, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta el viernes.
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