Juan Ruiz Orrico está imputado del “Homicidio culposo, agravado por el nivel de alcoholemia y la cantidad víctimas”, por el siniestro vial ocurrido el pasado 20 de junio en la Ruta 39, que costó la vida a Leonardo Almada, Axel Rossi, y los hermanos Lucas y Brian Izaguirre.

En la misma, se dispuso mantener la libertad del acusado, bajo medidas de coerción, las que deberá cumplir por el término de 90 días, a la espera de que la causa sea finalmente elevada a juicio.

 

DETALLES DE LA AUDIENCIA

En la sala de la OGA (Oficina de Gestión de Audiencias), presidida por el juez de Garantías, doctor Gustavo Díaz, estuvieron presentes el fiscal del caso, doctor Eduardo Santo, el querellante doctor Mario Arcusin, el imputado Juan Ruíz Orrico y sus defensores, los doctores Félix Pérez y Leandro Monge.

Quien hizo uso de la palabra fue el doctor Arcusin, ya que la audiencia fue a solicitud de la Querella, para pedir se imponga la prisión preventiva de Orrico.

El representante de los familiares de la víctimas fatales, explicó al magistrado que a su criterio existen riesgos procesales, como se la posibilidad de fuga y el entorpecimiento de la investigación, asegurando que el acusado, al haber sido durante 6 meses un funcionario del Ente Portuario, tiene todos los contactos para poder abordar un buque de ultramar en cualquier puerto de la provincia y escapar del país como polizón, de manera de evitar ir a la cárcel al ser condenado, ya que la parte acusadora buscará se imponga una pena de cumplimiento efectivo.

Arcusin hizo mención a diferentes fallos que justificaban las medidas de prisión preventiva y destacó lo que a su criterio sería la falta de arraigo de Orrico, ya que dio domicilio erróneo en su declaración.

El letrado volvió a recordar que se buscará el cambio de carátula de la causa y agravar la imputación de manera de lograr una pena lo más severa posible.

Concretando su pedido, Arcusin señaló que pedía la prisión preventiva y como medida sustitutiva, aceptaría que la misma sea del tipo domiciliaria en Concepción del Uruguay. También alegó que la soltura de Orrico y su presencia en Concepción del Uruguay, podía generar algún tipo de incidente si se cruzara con familiares de los jóvenes fallecidos.

 

EL FISCAL DEL CASO

Por su parte, el doctor Santos dijo que la postura de la Fiscalía era de mantener al acusado con medidas alternativas, sin ser necesaria la prisión preventiva y seguir de esta forma asegurándose el proceso.

También se refirió a lo dicho por la Querella, respecto del error al decir el domicilio por parte de Orrico, señalando que, si bien dijo un domicilio local, inmediatamente de haber finalizado su declaración, el acusado corrigió esto y confirmó que estaba actualmente domiciliado en la casa de su madre en la localidad bonaerense de Escobar, indicando el fiscal que el error se debió a que el imputado habría interpretado que debía decir el domicilio que constaba en el DNI., agregando que no hay al momento elementos concretos de indiquen riesgos de posible fuga.

 

LA DEFENSA

A su turno el doctor Félix Pérez, se opuso rotundamente a lo solicitado por la Querella y resaltó que su cliente (más allá de los trascendidos periodísticos) había sufrido graves lesiones que demandaron y demandan tratamiento y rehabilitación, tanto físico como psicológico.

Pérez dijo de manera terminante que lo pedido por el querellante carecía de fundamentación fáctica y jurídica y que a su cliente se le imputa un hecho culposo, con una pena mínima de 3 años, resaltando que este es un conocido productor agropecuario de la zona, con familia y arraigo, destacando que Orrico tuvo un correcto comportamiento procesal que echaba por tierra los dichos del doctor Arcusin.

Redondeando el defensor dijo que al no ser claros cuales son esos riesgos procesales argumentados por la Querella, entendía que no corresponde la imposición de medida cautelar alguna, pero si así fuera, ofrecieron la prisión domiciliaria en el actual domicilio donde se encuentra de Escobar.

 

FALLO DEL JUEZ

Tras escuchar a las partes y analizar cada punto planteado, el doctor Gustavo Díaz, consideró en primer lugar que se está ante un caso con una pena mínima de 3 años, que podría ser condicional.

En su análisis sobre los riesgos procesales, el magistrado consideró que no hay riesgos de entorpecimiento, ya que el acusado no puede influir en testigos o víctimas y la causa está a punto de ser finalizada para ser elevada a juicio, restando solo la presentación de las pericias accidentológicas.

Por otra parte, consideró que no hay indicios concretos de un riesgo de fuga y que estuvo y está sometido al proceso y que entendía que se está en presencia de un arraigo suficiente, para luego finalizar considerando que no se puede dictar una prisión preventiva para evitar que el acusado pueda ser agredido por familiares de las víctimas.

Fue así que el juez ordenó que se impongan reglas de conducta a Juan Ruíz Orrico y que fije domicilio en Escobar mientras dure el proceso, por el plazo de 90 días, teniendo prohibido salir del país y conducir vehículo alguno.

Tras lo resuelto, el doctor Mario Arcusin, dijo que se reservaba el derecho a apelar la medida, presentación que seguramente será realizada en breve para ser tratada en la Cámara Penal.

Crédito: 03442

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