La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica informó que los productos carecían de registros sanitarios y estaban falsamente rotulados. Fue tras la denuncia de un consumidor en Paraná.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso, a través la disposición 7897/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de seis alimentos en conserva a los cuales consideró “ilegales”.
Fue tras el reclamo de un consumidor sobre la venta en Paraná de un producto rotulado como “Búfalo – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, lote 03 – fecha de vencimiento Marzo 2023 RNE 21-114810″. La denuncia sostenía que el alimento no presentaba los datos obligatorios en su envase.
El Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), que realizó las consultas pertinentes a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) en relación a los registros detallados en el rótulo.
El informe de ese último organismo indicó que “el producto tiene un registro inexistente y que el RNE pertenece al establecimiento ‘Cooperativa Agropecuaria y Apícola de Centeno Ltda. Coopaac’, habilitada para la producción de bebidas alcohólicas fermentadas y registra únicamente cervezas artesanales”.
En simultáneo, el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) inició una auditoría en el establecimiento expendedor “El Palacio” de la ciudad de Paraná, en Entre Ríos. Allí comprobó que, además del alimento denunciado, se vendían “productos similares etiquetados como pollo al pimiento, ternera, cerdo, escabeche de hongos de pino y escabeche de gírgolas, todos marca “DON MARIO – Exquisiteces en conserva”, con RNE N° 21-114610, distinto al del producto denunciado, y el RNPA N° 21-115891″.
Se tomó entonces la decisión de intervenir los productos y realizar una consulta paralela a la ASSAL, que informó que ese RNE correspondía en realidad a la razón social Meat Trading S.A., autorizada para la producción de alimentos cárneos y afines, y que el RNA era compatible con la denominación de venta «Corte de carne vacuna sin hueso congelada», de titularidad del RNE N° 21-114610.
En consecuencia, al verificar que en los establecimientos no se encontraron productos ni indicios de elaboración, ni mercaderías correspondientes a conservas marca “Don Mario”, ASSAL notificó a los titulares de los RNE N° 21-114610 y N° 21-114810, y emitió una alerta alimentaria.
La entidad también verificó en sus registros que “no existe establecimiento ni producto alimenticio habilitado para productos de conservas correspondientes a la marca “Don Mario”.
Por ello, se llegó a la conclusión de que se trata de “productos que se encuentran en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulados, resultando ser productos ilegales”.
Y se decidió prohibir “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los productos: “Búfalo – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21- 114810”, “Pollo al pimiento – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21- 115891”, “Cerdo – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21-115891”, “Escabeche de hongos de pino – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21- 115891”, “Ternera – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21-115891” y “Escabeche de gírgolas – Exquisiteces en conserva – marca Don Mario, RNE 21-114610 y el RNPA 21-115891”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.