Comisario entrerriano pactó una pena condicional por golpear a dos hermanos

Según consta en la causa, el comisario amenazó a uno de los hermanos «con pegarle un tiro en la cabeza, destriparlo y tirarlo al río». Los atacó porque utilizaban el wifi del centro de salud de la localidad de Las Cuevas.

El vocal Nº7 del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Gustavo Pimentel, dará a conocer el lunes 5 de noviembre a las 12.30 su decisión respecto del acuerdo de juicio abreviado que le presentaron los fiscales de Diamante, María Acuña y Gilberto Robledo, y Guillermo Mulet, defensor del imputado Oscar Alejandro Segui, de 38 años, que era comisario de la localidad de Las Cuevas, en el Departamento Diamante, al momento del hecho.

El acuerdo fue notificado al querellante particular por la familia de las víctimas, dos jóvenes hermanos de 21 y 16 años, Nelson Schlotauer, que manifestó su conformidad. El efectivo reconoció los cargos por los delitos de Vejaciones agravadas por ser cometidas con violencias y Amenazas.

Fuentes judiciales consultadas señalaron que el hecho que se le atribuyó a Segui «es grave porque se trata de un caso de violencia institucional».

En este sentido, deslizaron que la causa llegó a estar archivada y fue «rescatada» por el querellante, que solicitó el desarchivo del expediente. Asimismo indicaron que la querella debió insistir con distintas presentaciones para que la causa se mantuviese «activa». Según se precisó, quien llevó adelante la causa en el comienzo de la investigación, fue la fiscal Mariana Darrichón.

Según consta en el acuerdo que Pimentel se encuentra analizando, el efectivo reconoció «lisa y llanamente» la «autoría material y responsabilidad penal» de los dos hechos que se le imputaron, aceptando la calificación legal dispuesta y la imposición de la pena consistente en dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para prestar funciones de calle por el doble de tiempo de la condena. La condicionalidad de la pena se fundó en que Segui carece de antecedentes condenatorios y en los «conocidos efectos criminógenos de las penas cortas privativas de la libertad».

A la hora de determinar el monto de la pena se evaluó «como circunstancias agravantes el estado de indefensión y vulnerabilidad de las víctimas frente a la persecución policial, la circunstancia de que una de las víctimas de la violencia institucional haya sido una persona menor de edad, y el grado elevado en la escala jerárquica policial de Segui y la circunstancia de que se haya encontrado a cargo de la Comisaría del pueblo».

De ser homologado el acuerdo, el efectivo deberá cumplir con normas de conducta, entre las que se destaca la prohibición de acercamiento y de realizar cualquier tipo de acto violento y/o perturbador en perjuicio de las dos víctimas, de denunciante y de su grupo familiar por sí o por interpósita persona, por cualquier medio idóneo para ello. Las partes convinieron que el plazo de las normas sea de cuatro años.

 

La acusación

La presencia de Segui en el lugar de los hechos quedó registrada en el Libro de Guardia y Novedades de la Comisaría Doll-Las Cuevas, que fue secuestrado por personal de Prefectura Naval Argentina, que permitió establecer que efectivamente el día 11 de enero de 2016 se encontraba en funciones el Oficial Principal Oscar Alejandro Segui y el Sargento Ayudante José Ramón González, quienes además dejaron constancia de que esa noche salieron de recorrida por las ‘dependencias públicas'».

Además abona aquella circunstancia que González sostuvo que «aquella noche Segui se encontraba de civil y que ambos se dirigieron hacia el dispensario de Las Cuevas porque habían recibido un llamado telefónico de la presidente de la Junta de Gobierno de aquella localidad, Susana Solis, por medio del cual les solicitaba que dispersen a unos chicos que se encontraban en el lugar y que molestaban a los vecinos».

Segui es juzgado por dos hechos. El primero ocurrió el 11 de enero de 2016 alrededor de las 23 en el exterior del Centro de Salud de Las Cuevas, Departamento Diamante. Consistió en que «en circunstancias de encontrarse prestando servicios como Oficial Principal de Policía a cargo de la Comisaría Doll-Las Cuevas, haberle efectuado un golpe de puño en el rostro a LAS, para luego tomarlo del cabello y efectuarle un golpe en la cabeza, sin llegar a provocarle lesiones, diciéndole que él era el Comisario, que no se la venga a complicar, amenazándole con pegarle un tiro en la cabeza, destriparlo y tirarlo al río».

El segundo sucedió en el mismo lugar minutos después del primero. Según la acusación, Segui «inmediatamente después de cometido el primer hecho, aplicó múltiples golpes de puño a WAS provocándole lesiones consistentes en tumefacción de pómulo izquierdo y lesión eritemato-escoriativa en región costal derecha».

 

Los hechos

En el acuerdo se dejó constancia de que en la Investigación Penal Preparatoria (IPP) se logró acreditar que uno de los hermanos estaba con una amiga en el Centro de Salud cuando llegó un móvil policial con dos efectivos.

Según testimonios, Seguí vestía» una camisa a cuadros y un jean» y tras manifestarles que debían retirarse, golpeó al chico de 21 años. Asimismo, testimonios dieron cuenta que el joven y su amiga «se encontraban sentados afuera del Centro de Salud de Las Cuevas usando el wifi, cuando dos funcionarios policiales se hicieron presentes en un móvil policial».

Asimismo se probó que Seguí «le decía que él era el comisario, que no quería problemas en el pueblo, que le iba a pegar un tiro, que lo iba a destripar y tirar al río. Mientras tanto, le pidió a la chica que se fuera de allí y ella se alejó asustada».

Casi al instante llegó al lugar corriendo el hermano menor del joven, que le preguntó a Segui «¿por qué le pegás?», a lo que el efectivo repreguntó «¿y vos quién sos?», cuando el joven se identificó como hermano del joven», inmediatamente, Segui lo puso contra las rejas del Centro de Salud y le empezó a pegar, en la cara y en el torso derecho, para finalmente exigirles que se retiren del lugar». (El Diario)

Radio: 102.5 FM | TV: Canales 52 & 507 | LRM774 Génesis Multimedia ((HD Radio & TV))