El Ejecutivo provincial remitió a la legislatura un proyecto de Ley tendiente a regular los fraccionamientos referidos al uso y transformación de la tierra de Rural a Urbano, en los llamados “loteos”.
El proyecto consta de 81 artículos y tres anexos y detalla las obligaciones y requerimientos que se tienen que tener a la hora de urbanizar las tierras rurales. Dicha regulación comprende diversos aspectos relacionados con la responsabilidad de las condiciones sobre las que se va a concretar la urbanización o loteo, tales como el trazado de calles, la obligatoriedad de espacios públicos, la implementación de los servicios y el impacto ambiental a tener en cuenta, entre otros importantes puntos.
La legislación abarcaría todo el fraccionamiento referido al uso y transformación de la tierra de Rural a Urbano en lo que a los actos de subdivisión se refiere y que no estén comprendidas por la Ley 8.773
El Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno, trabajó en esta iniciativa teniendo en cuenta las reiteradas inquietudes planteadas por numerosas Juntas de Gobierno a través de la Dirección que las nuclea, por el creciente avance de Urbanizaciones que en muchos casos no cumplen requisitos mínimos de factibilidad y que devienen en reclamos a las Juntas por parte de adquirentes de lotes, de servicios tales como agua, luz, recolección y procesamiento de residuos, seguridad y otros.
Para armar la propuesta de ley, se tuvieron en cuenta trabajos de gestiones anteriores quienes ya habían abordado la temática desde diferentes aspectos y en distintos periodos de tiempo, para lo cual se logró recopilar material indispensable de relevamientos hechos con Juntas de Gobierno de toda la provincia.
También se evaluó el importante rol del Estado Provincial a la hora de regular las etapas y requisitos que imprime el trámite administrativo para la presentación y posterior aprobación de proyectos de subdivisión y urbanización de inmuebles rurales; previendo en esta iniciativa los requisitos mínimos que deben observarse al respecto, para generar un marco normativo que regula dichos fraccionamientos. Así como también la necesidad de prevenir probables efectos no deseados en el territorio producto de la aplicación de las normas vigentes que no contemplan las nuevas dinámicas y efectos territoriales de la subdivisión de inmuebles rurales.
Tal como lo había anunciado el Gobernador Gustavo Bordet en su discurso de la Asamblea Legislativa, se viene a dar un marco para “solucionar numerosos problemas” que hoy se tiene con las empresas que se radican fueras de los ejidos urbanos y que después exigen servicios y no cumplen con la tasas de contraprestación y también de numerosos loteos que se producen en las llamadas “zonas grises” de la provincia.