Caso Micael Favre: Envían los informes al Cuerpo Médico Forense de la Suprema Corte de Justicia

En el mes de mayo pasado, el club Recreativo San Jorge, dio a conocer un informe del Dpto. Médico Forense del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, firmado por los doctores Walter Daniel Aguirre y Luis Moyano, haciendo referencia a los motivos de la muerte del jugador de fútbol Micael Nicolás Favre de 24 años, que se produjera un año antes durante un partido que disputaba su equipo San Jorge de Villa Elisa y Defensores de Colón, por la Liga colonense.

En este encuentro se produjo un incidente y se acusó a dos jugadores por haber golpeado a Favre, siendo estos Alejandro Daniel Quintana y Federico Damián Larrosa, que son representados legalmente por los abogados penalistas, doctores Félix Pérez y Sebastián Arrechera de Concepción del Uruguay.

El informe médico señalaba que “La muerte se produjo por incrustación del tronco cerebral en el agujero vertebral (herniación del tronco cerebral) provocando la compresión de los centros nerviosos vitales para la vida ubicados en el bulbo raquídeo. Este deslizamiento de estructuras fue provocado por incremento de los valores de presión intra-craneal por acción traumática”.

 

Ya lo habían adelantado

Conocido este informe médico, los defensores de ambos jóvenes imputados, no tardaron en reaccionar y presentaron la impugnación, exigiendo que se realice un tercer informe por parte de médicos forenses de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Pasaron 4 meses de ese momento y tras averiguar el estado se encuentra la causa, que lleva adelante el fiscal de Colón, doctor Sebastián Blanc.

El doctor Arrechea señaló que “En atención a las evidente y marcadas diferencias existente entre el dictamen forense anteriormente impugnado (realizado por los Dres. Moyano y Aguirre) y lo informado por el Dr. Molteni (médico que realizó la autopsia del joven Favre, y el informe médico autópsico con las consideraciones médico legales), nosotros solicitamos como diligencia probatoria que se remitan todos los informes médicos, los estudios complementarios y los dictámenes médicos existentes en la presente investigación penal preparatoria (autopsia, informe anatomopatológico, informes toxicológicos, dictámenes médicos, etc.) al Cuerpo o Departamento Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a los efectos de que, en forma definitiva y clara, dictamine e informe específicamente, si la causa de muerte del joven Jorge Micael Frave es la que informa y dictamina el Dr. Luis Molteni, o si, por el contrario, lo informado y dictaminado por los Dres. Moyano y Aguirre es correcto”.-

Arrechera confirmó que el Agente Fiscal, doctor Sebastián Blanc hizo lugar al pedido y dispuso la remisión de todos los informes médicos, los estudios complementarios y los dictámenes médicos existentes en la presente investigación penal preparatoria (autopsia, informe anatomopatológico, informes toxicológicos, dictámenes médicos, etc.) para su evaluación por el Cuerpo y/o Departamento Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a los fines indicados.

Esto fue confirmado este miércoles por el representante del Ministerio Público, que en dialogo señaló “Estamos trabajando en el caso, pero esta diligencia no es sencilla y lleva su tiempo, pero puedo adelantarle que en los próximos días, estaremos remitiendo toda la documentación para que sea evaluada como solicitó la Defensa y quedaremos a la espera de los resultados”.

 

Caso Albornoz-Tolosa

Otro caso de interés de la comunidad en el cual están interviniendo estos letrados, es el de fallo casatorio absolutorio para la doctora Selva Tolosa, respecto de la muerte del niño Thiago Alvornoz.

Cabe recordar que la Sala Penal de Concepción del Uruguay, la había condenado por el homicidio culposo, pero el estudio Pérez – Arrechea, presentó el recurso de casación.

De esta manera se hizo lugar y los Vocales de la Cámara de Casación de Paraná, doctores Marcela A. Davite; Marcela Badano y Hugo D. Perotti, revocaron la sentencia de fecha 26 de abril del año 2016, dictada por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay y absolvió a la profesional del delito de “Homicidio Culposo”.

La parte resolutiva y los fundamentos de la sentencia emitida por la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos, fueron notificados en fecha 30 de junio, tras lo cual las partes interesadas (en este caso el Ministerio Público Fiscal y el Acusador Particular) disponían de 10 días hábiles para presentar el Recurso de Impugnación Extraordinaria, plazo que tiene vencimiento el próximo lunes 31 de Julio.

Averiguaciones practicada por 03442, permitieron establecer que desde el ministerio Público, no se apelaría el fallo casatorio, en tanto que por su parte, el doctor Gustavo Soppelsa, querellante particular, estaría analizando si hace uso de ese derecho para la presentación del escrito de impugnación extraordinaria. (Fuente: 03442)

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