Del 1° al 15 de abril del corriente año se encuentra abierta la convocatoria a los aspirantes a beneficiarios del “Programa Municipal de Becas para Estudios Superiores”, el cual se encuadra en la Ordenanza N°420 del Honorable Concejo Deliberante.
Podrán aspirar al beneficio los estudiantes de Caseros que se encuentren cursando estudios superiores en ciudades vecinas.
La ayuda económica estará destinada a cubrir en forma parcial los gastos de transporte diario, residencia, materiales de estudio y otros.
La validez de la Beca será por ciclo académico, teniendo vigencia desde marzo a noviembre.
Los interesados en solicitar esta Beca Municipal podrán retirar el formulario de inscripción en el Área de Acción Social.
Requisitos
Para hacerse acreedor de una beca municipal el estudiante deberá cumplimentar los siguientes requisitos:
a) Ser argentino nativo o naturalizado.
b) Acreditar domicilio en la localidad de Caseros con un mínimo de antigüedad de 2 (dos) años.
c) Presentar la solicitud de la beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria.
d) Acreditar ser alumno regular o ingresante, de Carreras Terciarias o Universitarias, incluyendo los Cursos de Formación Profesional dependientes del Consejo General de Educación, con la presentación mensual de la constancia de alumno regular.
e) Cuando se solicita por primera vez la beca, presentar certificado de finalización de estudios secundarios, constancia de título en trámite o título que acredite la aprobación del nivel medio.
f) Tener que cursar de manera presencial la carrera elegida.
g) En caso de existir opciones, priorizar el acceso a carreras que se desarrollen en instituciones públicas por sobre las que se dicten en organismos privados, teniendo en cuenta la igualdad o similitud de condiciones de distancia o alternativas de transporte y/o alojamiento.
h) Los ingresos del grupo familiar y/o conviviente no superen 8 (ocho) veces el salario mínimo vital y móvil.
i) El solicitante deberá presentar constancia de inscripción a las cátedras que cursará en el año mismo en el que solicita el beneficio.
j) Al finalizar el ciclo lectivo, el beneficiario, deberá presentar certificado analítico que respalde el cumplimiento del inciso i).