KMP convivió cinco meses con Lennin Yohan Cardenas Arteaga, un colombiano de 31 años nacido en Medellín que vive en Gualeguay. La violencia hizo estragos desde el vamos. Decidió dejarlo y volver a su casa, donde sus padres. Pero la situación se puso mal y peor: la hostigaba, la amenazaba.
Un día, entre el 6 y el 22 de noviembre de 2021 -no pudo precisar la fecha- le puso un ultimátum mortal: si KMP no volvía con él, iba a matarla a ella y a su hermano, de 15 años. Otro día, el 22 de noviembre, alrededor de las 2, llegó a la casa de su expareja y pidió hablar con ella. Accedió: fueron al departamento de él. Hablaron. Cuando todo cuanto debían decirse fue dicho, KMP quiso volver a su casa. No pudo. Recién pudo volver a su casa a las 9. La mantuvo secuestrada varias horas, la golpeó, la amenazó, le gatilló un revolver en la cabeza. Cuando pudo escapar, pidió ayuda.
El relato del terror lo hizo después de una noche aciaga, frente a un funcionario judicial, al que le dijo lo siguiente: “Al principio, me encerraba con llave y no me dejaba salir, me quitaba el teléfono y por eso decidí irme. En ese entonces vivíamos en el departamento de él. Las primeras veces, al yo tener una prótesis en la pierna y un endometriosis y quistes, no puedo recibir golpes y él una vez que yo me quise ir, me agarró de los pelos y me azotó; yo empecé a perder sangre. Tengo el estudio de eso porque me tuve que hacer un control. Eso sucedió hace dos meses aproximadamente, yo vivía con él en ese entonces y estamos separados hace 16 días. Yo decidí irme a mi casa y decidí finalizar la relación. Él en ese momento empezó a insistir. Una vez, hace siete días aproximadamente, me llamó por WhatsApp y me dijo que si yo no volvía con él, se la iba a agarrar con mi hermano. Me decía que yo tenía familia acá y él no, que pensara las cosas. Yo lo interpreté de la manera en que me lo decía, yo tengo captura de esos mensajes. Me amenazaba con mi familia si yo no volvía con él. Lo último fue lo de anoche, que yo le dije que no podía hablar en mi casa (…) Fuimos a la casa de él, y hablamos bien aproximadamente una hora y media. En eso se hacen las cinco y media y yo me quería ir y ahí él se enojó conmigo porque yo antes de decirme que me llevara le dije que ya estaba, que se quede tranquilo y que no nos molestáramos y ahí empezó todo. Yo quise salir y el me agarró y me empujó hasta la pieza. Me encerró en la pieza con llave, con él, y me dijo que me acostara. Me acosté quince o veinte minutos esperando que se duerma para poder irme. Y él no se durmió más. Entonces le volví a decir que me quería ir. Él me quiso pegar, estando arriba mío, yo me tapé con los brazos y solamente me pudo pegar una sola piña que me cortó el labio por dentro. Me dijo que antes de irme me iba a ir en un cajón. Ahí abre la puerta de un cajón del ropero y saca el arma. Era un revólver, de color cromado creo. Yo ya lo había visto anteriormente pero no le presté atención y además adentro estaba todo oscuro. Él agarró, no sé si le puso o le sacó las balas al revólver, y no sé si me quería asustar o era de verdad porque escuché que sonaba. Me acercó el arma a la cabeza y me empezó a gatillar y yo escuchaba el ruido. Me dijo que tenía dos balas y yo escuchaba el ruido nomás. Yo lloraba y cuando me quise volver a levantar para irme me volvió a pegar y me agarró de los pelos y cuando él se descuida yo salí corriendo para abajo. Primero golpeé en una casita de al lado y nadie respondió. Por eso le golpeé el departamento a la chica de abajo, y ella fue quien me abrió la puerta y empezó a llamar a la Policía. Llamó varias veces hasta que pudo comunicarse”.
El 22 de febrero el juez de Garantías de Gualeguay, Sebastián Elal, rubricó un acuerdo de juicio abreviado: Cardenas Arteaga “fue encontrado autor penalmente responsable de la comisión del delito de amenazas coactivas -primer hecho- que concurre realmente con privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia y contra una persona hacia quien se debe respeto particular y amenazas calificadas por el uso de arma en concurso ideal -segundo hecho-”. Le aplicaron la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
La fiscal Maria Delia Ramírez Carponi contó con el consentimiento de la víctima para impulsar el acuerdo de juicio abreviado.
El juez Elal le impuso al condenado una serie de medidas restrictivas, a saber: a) “abstenerse de consumir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes, tóxicas, o drogas médicas no recetadas específicamente”; b) “no involucrarse en forma alguna en hechos violentos o que puedan ser considerados delitos o contravenciones”; c) se le aplicó “una medida restrictiva de no acercarse a la víctimani al domicilio de la misma, a una distancia inferior a los doscientos metros, más la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con ésta por si o a través de terceras personas, por el tiempo de la condena”. También se le impuso la obligación de realizar un tratamiento psicológico y “un aporte mensual de $3.000 al Hogar de Ancianos” de Gualeguay.
Este martes 19 de abril un extracto de esa condena fue publicado en el Boletín Oficial de Entre Ríos, sin ningún tipo de resguardo de datos sensibles que se ventilaron en los Tribunales de Gualeguay: se publicó el nombre de la víctima, y su dirección.
Se trata de una práctica corriente, pero que no deja de ser alarmante en delitos de violencia de género y abuso sexual.
Entre Ríos Ahora