En la ciudad de Concepción del Uruguay, en el Salón de Audiencias del Juzgado de Garantías, ante el juez de Garantías N°2, Dr. Gustavo Ariel Díaz, se presentó y fue aprobado, el acuerdo de juicio abreviado a dos violentos jóvenes acusados de delitos de “Extorsión, robo de vehículo dejado en la vía pública” y “Abuso de arma”.
Se trató de Esteban Nahuel Córdoba, de 22 años de edad, representado por la Defensa Técnica Particular, del Dr. Pablo Exequiel Sotelo; y Sofía Nahir Figueroa, de 21 años de edad, representada por la Defensora Oficial, Dra. Valeria Mabel Irel, siendo representante del MPF del caso, la Agente Fiscal N° 1, Dra. María G. Occhi.
En el caso de Córdoba, estaba acusado de que el 25 de julio de 2021 siendo las 06.30 horas aproximadamente, él y un joven no identificado aún se apoderaron ilegítimamente del motovehiculo marca Honda CB 190 CC de color rojo con llantas de aleación doradas, sin dominio colocado que se encontraba en el porche delantero del domicilio sito en calle las Glicinas de barrio San Isidro.
Por otra parte como segundo hecho se suma que en fecha 26 de julio de 2021 en horas de la madrugada al damnificado GG, se le solicita la entrega de la suma de pesos diez mil mediante diferentes vías -telefónica y de mensajería- para recuperar la moto que le fuera robada, por lo que coordinan en encontrarse en la intersección de calles 12 del Norte y Millán donde Sofía Nahir Figueroa junto a su hermano menor de edad se suben a bordo del vehículo Peugeot 407 de color gris oscuro de G. G., donde también se encontraba el oficial de Investigaciones y los conducen hasta el motovehículo sustraído, el que se encontraba en el Ex Circuito Mena en calle Carlos Gardel, en un terreno baldío donde Figueroa es detenida por personal policial.
Como tercer hecho, se el ocurrido el 12 de julio de 2021, siendo las 19.30 horas aproximadamente, cuando se hace presente Sofía Nahir Figueroa en el exterior del domicilio de L.M.F., de calle Sarmiento, y frente al mismo manifiesta «salí o voy a entrar yo», observando el dueño de casa que Figueroa extrae de su cintura un arma de fuego, procediendo a empuñarla y efectúa al menos dos disparos hacia el domicilio donde se encontraba F., haciendo blanco uno de los proyectiles disparados en la vivienda.
La fiscal dio detalle de los hechos y elementos obrantes en la causa, confirmando que se había arribado a un acuerdo de partes, con plena conformidad de los acusados, lo que fue ratificado por las respectivas Defensas.
LA HOMOLOGACIÓN
Tras la exposición de las partes, el juez dispuso homologar el acuerdo y confirmó que Esteban Nahuel Córdoba, es autor penalmente responsable del delito de “Robo simple” (art. 164 del Código Penal), y condenarlo a la pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo cuya modalidad y condiciones serán decididas por el Juez de Ejecución competente, declarándolo nuevamente reincidente (art. 50 del C. Penal).
Por su parte, respecto de Sofía Nahir Figueroa, fue declarada autora penalmente responsable del delito de “Extorsión en grado de tentativa” y como partícipe secundaria y “Abuso de armas” como autora directa (art. 45, 104, 168, 42 y 55 del Código Penal) y condenarla a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, imponiéndole reglas de conducta por el plazo de tres años.
Crédito: 03442