Tuvo lugar este martes por la mañana una audiencia en el Salón del Juzgado de Garantías de Concepción de Uruguay, en la cual se trató la situación procesal del único detenido por el homicidio de Carlos Alberto Valle, quien fuera baleado el 15 de noviembre del 2020, falleciendo el 21 de ese mes tras numerosas operaciones en el hospital Urquiza.
Tal como se informara en otras oportunidades, por el caso está detenido y alojado en la UP4, Pablo Burguello González de 38 años, representado por el doctor José Pedro Peluffo, en causa que lleva adelante la fiscal María Occhi, por lo que fuera caratulado en principio “Homicidio y tenencia de arma de fuego de uso civil».
En la audiencia realizada, estuvieron presentes la jueza en turno, doctora Melisa Ríos y lo representantes del Ministerio Público y la Defensa, no así el imputado por cuestiones sanitarias.
La Fiscalía
La fiscal hizo uso de la palabra quien notificó a la magistrada, de que se presentó este lunes la remisión a juicio, al tiempo que se modificó la intimación al imputado, quedando la misma actualmente como que en el primer hecho haber efectuado cinco disparos de arma de fuego calibre 40 en plena vía pública, en dirección a tres personas entre las que se encontraba Carlos Valle, quien sufrió lesión hepática transfixiante, lesión de páncreas, lesión de duodeno, vena cava inferior y vena esplénica, con compromiso de irrigación mesentérica con isquemia de colon transverso por lo que se le realiza Colostomía derecha por lo que debió ser hospitalizado e intervenido quirúrgicamente en reiteradas oportunidades en el nosocomio local donde falleciera 6 días después de la internación.
Como segundo hecho se le endilga que el 17 de noviembre de ese año, en un allanamiento ordenado en el domicilio de calle Rep. de Chile, Burgello tenía en su poder un revolver calibre 32 con números limados y numerosas municiones (cabe destacar que fue en ese momento la detención), imputándosele la tenencia de arma sin autorización, destacándose que se amplió la apertura respecto de Alexis Sotto, como tercer hecho por el delito de encubrimiento, ya que tras la balacera, este recibió el arma que al parecer tenía el acusado cuando escapaba y la hizo desaparecer.
“Estos delitos encuadran finalmente en “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso ideal con tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con tenencia de arma de fuego sin la debida autorización” a Pablo Burguello. En tanto que el tercero de encubrimiento a Alexis Sotto”, dijo la fiscal.
La doctora Occhi resaltó las conductas del acusado y la peligrosidad de que se pueda fugar en caso de no continuar detenido y el riesgo que esto representa también para los testigos que ya habrían recibido amenazas.
Por otra parte, resaltó que el día del allanamiento, el acusado estaba oculto en la casa y listo para escapar a Colón, algo que trató de ocultar la esposa y esto fue desbaratado por el procedimiento ordenado con irrupción y en plena madrugada, al tiempo que se constató que Burguello ya tenía otra arma de fuego en su poder, por lo que solicitó se mantenga la prisión preventiva hasta el juicio oral, el cual será bajo la modalidad de Juicio por Jurado.
La Defensa se opuso
A su turno el defensor particular se opuso a lo solicitado por la fiscal, considerando que su cliente ya lleva 8 meses de detención y que esta causa ya lleva mucho tiempo sin resolverse, resaltando que se estaría ante un adelanto de pena.
Peluffo ofreció la continuidad de la prisión preventiva, pero en la modalidad domiciliaria, bajo cuidado de su madre, negando que existan riesgos procesales como posibilidad de fuga o entorpecimiento.
Fallo de la jueza
Tras los alegatos, la doctora Ríos realizó un análisis de lo expuesto por las partes, siendo contundente a la hora de dictar su sentencia, señalando que para esta altura de la causa, está acreditada la responsabilidad de Burguello, lo que luego deberá ser confirmado en juicio oral, considerando además que están vigentes los riesgo procesales señalados por la Fiscalía.
La doctora Ríos, no dudó en señalar que cuando Burguello era buscado, en oportunidad del allanamiento su esposa negó que estuviera y este fue hallado en el domicilio, lo que demuestra que una prisión domiciliaria bajo cuidado de su madre no sería garantía alguna para que este no se fugara.
Por otra parte, la jueza resaltó la actitud del acusado en oportunidad del hecho, cuando disparó indiscriminadamente como si fuera el “lejano oeste” y luego hiciera desaparecer el arma, recordando que hasta el agente policial de la garita ubicada en esa equina, tuvo que tirarse al piso para salvar su vida.
También recordó que hay imágenes de cámaras de seguridad en las que se ve al acusado desde el lugar donde disparara y en ese mismo sitio se hallaron vainas servidas.
Por estas circunstancias y dada la situación actual, procurando salvaguardar la realización del juicio y preservar a los testigos, dispuso mantener la prisión preventiva por el plazo de 90 días y que Pablo Burguello continúe alojado en la UP4.
Finalizada la audiencia, el doctor José Peluffo, señaló que presentará una apelación a esta medida, resaltando que no tienen los proyectiles que acrediten que su cliente disparó con esa arma de fuego.
Fuente: 03442