Los hijos terminan siendo rehenes de los conflictos entre adultos. Si fracasa la mediación se llega a la vía judicial para que se cumpla un derecho básico.

La ruptura de parejas con hijos puede derivar en diferentes situaciones traumáticas, y la mayoría de las veces los conflictos se resuelven por la vía judicial. En esta puja entre adultos son los chicos los más expuestos a sufrir las consecuencias, siendo las separaciones de los padres el disparador para que se inicien juicios por alimentos. Según datos proporcionados por el Área de Planificación, Gestión y Estadística, dependiente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, solo en 2018 se iniciaron 1.515 causas por cuotas alimentarias en los 23 juzgados de Familia. En el mismo relevamiento se especificaron las causas iniciadas en órganos multifueros, como lo son los juzgado Civil y Comercial, Laboral y Familiar de Federación, Islas del Ibicuy y San Salvador, donde se registraron 41 procesos por reclamos de alimentos. De estos datos se desprende que la jurisdicción Paraná, donde tienen competencia cuatro juzgados, suma la mayor cantidad de procesos: 529.

Para comprender en qué consisten este tipo de procesos y las instancias que se deben atravesar antes de iniciar un juicio por alimentos, UNO dialogó con la titular del Juzgado de Familia Nº 3 de Paraná, María Eleonora Murga. La magistrada afirmó que el nuevo Código Civil y Comercial prevé «que para todas las cuestiones patrimoniales de Familia se debe recurrir a una instancia de mediación. Si no se llega a un acuerdo, se promueve un reclamo para que un juez fije una cuota alimentaria sobre la cual las partes no se han puesto de acuerdo».

Así es como comienza el juicio por alimentos con ciertas pautas que se van acordando entre las partes. Como primera medida se establece una provisión de alimentos provisorios, posteriormente el juez convoca a una audiencia a la que comparecen el que reclama los alimentos y la persona a quien se reclama los mismos: «En la primera audiencia el juez trata de ponerlos de acuerdo en lo que va a ser el valor de la cuota», contó Murga. Para ello la Justicia se vale de diferentes indicadores, como por ejemplo la relación de dependencia laboral de la persona. Si se acredita este vínculo, se le reclama un porcentaje del sueldo.

«Cuando no es así, se suele reclamar una suma fija que está atada al salario mínimo, vital y móvil. De manera que cuando se actualiza el salario mínimo también se actualiza la cuota. O bien si la persona realiza otra actividad como la vinculada con el comercio o la construcción se buscan otros índices de actualización», explicó la jueza de Familia.

Si en dicha instancia se fracasa, el juicio se abre a prueba para determinar cuáles son los ingresos del alimentante, su situación económica, si tiene otras cargas familiares o si presenta alguna situación que le impida tener mayores ingresos. Todos estos elementos permitirán determinar el valor de la cuota, aunque en todo momento se prioriza la necesidad del alimentado, que puede tener una discapacidad o estar afectado de un problema crónico de salud.

«Son un porcentaje importante los reclamos alimentarios que tenemos en el Juzgado del total de los juicios que se tramitan. En materia Civil lo que más tenemos son divorcios, alimentos y homologaciones de convenios», manifestó. Luego precisó que cuando el acuerdo se realiza en forma extrajudicial se debe obtener una homologación, «porque eso es lo que le da fuerza obligatoria al convenio».

 

Alimentantes subsidiarios

El nuevo Código Civil y Comercial contempla la figura de los alimentantes subsidiarios para aquellos casos de personas que no pueden responder a la obligación alimentaria, ya sea por no tener un empleo formal o carecer de bienes a su nombre. Ante la falta de cumplimiento, los que deben responder con esa carga son los abuelos paternos o maternos. «Se los puede demandar en el mismo juicio de alimentos en que se demanda a los padres», subrayó la funcionaria.

«Se está dando en muchísimos casos, hay abuelos que son traídos por el incumplimiento del padre o de la madre. Generalmente estos abuelos tienen una jubilación o un ingreso, del cual vía retención se puede obtener esa cuota alimentaria», consideró Murga en declaraciones a este medio.

 

Madres desesperadas

Un grupo de madres denunciaron que algunos juzgados de Familia en Entre Ríos no adoptan las medidas necesarias para que una conocida empresa de transporte cumpla con el depósito en las cuentas bancarias de sus hijos, de las cuotas alimentarias que les fueron descontadas de sus sueldos a los choferes, que a su vez son padres de los denunciantes. «Tengo dos hijas que cursan sus estudios secundarios y terciarios. El año pasado estuvieron seis meses sin pagarnos, y recién pudimos cobrar todo junto en diciembre. Mientras que en lo que va de este año nos están debiendo las cuotas de enero, febrero y marzo», dijo Araceli Correa, una mujer de Victoria que planteó esta situación en el Juzgado de Familia de la localidad.

En todo este tiempo no hubo ninguna respuesta de la empresa, ni siquiera ante los oficios enviados desde la Justicia, pero la situación sigue sin normalizarse. «Sabemos que la empresa ha presentado en el Juzgado el concurso de acreedores, pero eso no les da el derecho de sacarle el alimento todos los meses a nuestros hijos», advirtió con preocupación en diálogo con UNO.

 

Hay sólo 70 deudores alimentarios morosos registrados en la Provincia

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos de Entre Ríos, creado por la Ley Nº 9.424 y reglamentado por el Decreto Nº 4.967, que actualmente opera bajo la órbita de la Dirección General de Asistencia a la Víctima del Delito, tiene la misión «de registrar a todas aquellas personas obligadas a prestar asistencia alimentaria que adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas en el período de un año, fijadas judicialmente, en carácter de alimentos provisorios o definitivos». En la actualidad el Registro cuenta con 70 personas –el total corresponde a varones– que figuran como deudores alimentarios. Para ello las partes involucradas en los juicios por alimentos deben solicitar la inscripción como deudores alimentarios. «A nosotros nos llega el oficio judicial que solicita la inscripción, que también puede ser pedido por un defensor», explicó Marcia López, titular de la Dirección de Asistencia a la Víctima del Delito.

«Tenemos altas y bajas que se han ido dando a lo largo del tiempo. Actualmente contamos con 70 personas inscriptas», agregó la funcionaria. En ese marcó recordó que el tiempo de vigencia de la medida es de cinco años, aunque es posible renovar la inscripción. La jefa de Departamento del Registro, Mariela Acosta, marcó como uno de los déficit la baja cantidad de municipios que han adherido a esta política: Paraná, Concordia, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, Federal, Herrera, Federación, Crespo y Hernandarias. «Los municipios adhieren por cuestiones políticas, pero después la medida no se instrumenta. Si una persona va a sacar el registro de conducir y figura en el Registro, que no se lo otorguen», expresó López. La mayoría de los deudores son oriundos de Paraná, Concordia, y Gualeguaychú. (UNO)

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