La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) emitió casi en las últimas horas de 2018 una resolución de alto impacto político: ordenó revocar la prisión domiciliaria a la que había accedido el lunes 24 el cuñado del exgobernador Sergio Urribarri y secretario del bloque de senadores del PJ, Juan Pablo Aguilera. La resolución se adoptó en el marco de la megacausa que investiga los contratos truchos en la Legislatura, y que según el Ministerio Público Fiscal le produjo un perjuicio al Estado del orden de los $2.000 millones.
También deberán volver a la cárcel Hugo Mena, Esteban Scialocomo, Alfredo Bilbao y Roberto Ariel Faure. En cambio, seguirá con prisión preventiva en la modalidad domiciliaria Flavia Beckman. Aunque la vuelta de todos ellos no será inmediata: según lo resuelto por la Sala Penal del STJ -que revocó lo resuelto por el juez Mauricio Mayer el lunes 24 de diciembre- todos los imputados seguirán de momento con la prisión domiciliaria con tobillera electrónica “hasta que el Servicio Penitenciario comunique al juez de grado la efectiva disponibilidad del lugar específico de alojamiento en la Unidad Penal N°1”
Idas y vueltas
El 23 de diciembre, la Sala Penal, en voto dividido, decidió acoger favorablemente sendos recursos de habeas corpus presentados por las defensas de Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador Sergio Urribarri, secretario de bloque de senadores del PJ, y de Gustavo Pérez, exdirector del Servicio Administrativo Contable de la Cámara de Senadores, a quienes la Justicia le dictó prisión preventiva por 90 días en el marco de la megacausa de los contratos truchos en la Legislatura.
La decisión de enviarlos a la Unidad Penal N° 1, resuelto por la jueza de Garantías Marina Electra Barbagelata el sábado 15 de diciembre, fue impuesta con una condición sine qua non: que los dos imputados fueran alojados en un pabellón separado de los reos que cumplen condena efectiva en el Servicio Penitenciario. Los defensores Miguel Cullen y Guillermo Vartorelli advirtieron enseguida que las condiciones de separación de procesados y condenados no se cumplía en la cárcel, y por eso presentaron un recurso de hábeas corpus ante el juez de Garantías Mauricio Mayer, que lo rechazó in limine.
Los defensores fueron en apelación ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones, pero el vocal Gustavo Pimentel confirmó lo resuelto por Mayer. En ese marco, los abogados acudieron ante la Sala Penal, que con los votos de los vocales Claudia Mizawak y Daniel Carubia acogió favorablemente el planteo, y ordenó devolver las actuaciones al juez Mayer, para que tramite el habeas corpus. En su voto, Mizawak destacó la existencia de “un flagrante agravamiento de las condiciones en que se dispuso que Aguilera cumpliera su detención preventiva, lo que suscita un agravio constitucional y convencional que debe ser remediado”.
El lunes 24, el juez Mayer no sólo acogió favorablemente el habeas corpus, sino que dispuso la prisión domiciliaria de Aguilera y de Pérez, y extendió la medida hacia los otros detenidos en unidades penales del resto de los implicados, Flavia Beckman, Hugo Mena, Esteban Scialocomo, Alfredo Bilbao y Roberto Ariel Faure. Esa decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal,y el caso volvió a la Sala Penal del STJ. En un duro planteo, la Fiscalía observó que la disposición de Mayer “no es ajustada a derecho en tanto implica una extralimitación funcional que invade la competencia exclusiva de los jueces naturales, de instancia y apelación, de la causa en la que se dispusieron las prisiones preventivas”.
Entre Ríos Ahora