La Brigada de Abigeato Colón, comandada por su 2º Jefe de Brigada, tras seguir el hilo de una investigación producto de un llamado telefónico anónimo dando referencias que un automóvil bajaba gran cantidad de carnes, bolsas y otro bultos en un local comercial dedicado al rubro venta de carnes vacuna en barrio El Brillante (San José), Departamento Colón, propiedad de un hombre mayor de edad, oriundo de la mencionada ciudad.
Puesto las pruebas necesaria ante la Fiscalía en turno, se requirió orden de allanamiento la cual se otorgó mediante Oficio Nº 11, proveniente del Juzgado de Transición y Garantías de la ciudad de Colón; ahora bien, dicho contralor materializado con personal mimetizado y testigos de actas se observa en cámara de almacenamiento de carnes para la venta al público, de esta manera se aprecia sobre una mesada situada en la sala de deposte dos cajas de cartón con carne bovina, no obstante esto se le requirió remito y/o factura que acredite la procedencia de los mismos careciendo de todo tipo de documental, no amparando los cortes cárnicos que poseía.
Continuando con el diligenciamiento, se aprecia otra sala de desposte con una cámara de almacenamiento de carnes para la venta al público y un freezer utilizado para almacenar carne destinando esta para venta también al público, en lo que se pudo visualizar, en dicho almacenamiento de carnes cárnicos mayormente comercializables los cuales no poseían sellado de establecimiento faenador habilitado, como así también carecía en el momento de todo tipo de documental que acredite la procedencia de la misma, y en el freezer se constató tres cabezas de porcino, tres bolsas de carne picada de carne porcina del cual emanaba fuerte olor nauseabundo, careciendo en ese momento de documental que acredite la procedencia de establecimiento faenador habilitado, arrojando un total de ciento quince kilogramos (115 kg) entre carne bovina y porcina aproximadamente.
Es dable mencionar que dicha mercadería no reunía las condiciones organolépticas adecuadas, condiciones sanitarias, ante tales circunstancias se procede a dar dicha novedad al Sr. Fiscal en Turno, quien ordena que se le labre un acta de infracción a la Ley Provincial de carnes, por lo que seguidamente y ante una evidente transgresión a la Ley Provincial de Carnes Nº 7292/84, Decreto Reglamentario Nº 2285/84, se procede a confeccionar formal Acta, por la presunta infracción al artículo 386 inciso a), c), d) y e) de la Ley antes mencionada, mediante la cual se da lugar al artículo Nº 393 (COMISO) de la carne porcina y bovina anteriormente detallada.
Por disposiciones sanitarias se desnaturalizó lo decomisado mediante la acción del fuego.