La defensa de Nahir Galarza sorprende día a día y a los especialistas jurídicos los deja perplejos. Luego de plantear la violencia de género, de los disparos accidentales, y de posicionarse dentro de un homicidio culposo, se sumó una nueva figura.
Si bien todo son especulaciones jurídicas y hasta esfuerzos mediáticos por defender lo que hasta ahora parece una cadena perpetua segura, la defensa de Nahir Galarza practica una nueva teoría del caso que podría llevar al futuro juicio.
Antes de ingresar a la audiencia por el pedido de excarcelación de la imputada, Víctor Rebossio habló que se estaba ante un caso de homicidio preterintencional. Cuando se recurre al Código Penal se explica que esta figura se aplica “cuando el agresor actúa con la intención de provocar lesiones a otra persona, con un medio idóneo para ello, pero finalmente le provoca la muerte”.
El ejemplo más claro de un homicidio preterintencional es cuando dos personas pelean a golpes, uno le pega al otro, cae y muere. El agresor tuvo intención de provocar un daño con medio idóneo, es decir el puño, pero no quería ocasionar la muerte. Para que esto se aplique se deben tener en cuenta dos cuestiones: no debía haber intención de matar y la otra es el medio, que razonablemente no debía ocasionar la muerte.
En el crimen de Fernando Pastorizzo, el medio es un arma de fuego y este elemento no podría ajustarse a esta medida. “Es un disparate total”, declaró un reconocido jurista consultado por ElDía. “Si yo planteo que fue accidental no puedo plantear el atenuante de la violencia de género. En el debate oral deberán decidirse por una variante u otra. Si es accidental, que haya habido o no haya habido violencia de género no altera en nada la situación. Si es un disparo accidental, el entorno de la situación no tiene nada que ver. Por otro lado, qué tiene que ver una violencia de género con un homicidio culposo: nada. Sin incompatibles”.
El Día