El Dr. Cándido Hugo Andrés Torres, Juez Electoral, y las Dras. María Graciela Occhi y Romina Pino, Vocales de la Junta Electoral del Departamento admitieron la impugnación vertida por Leonardo Rubén Cergneux de la Lista 323 «Unidos Somos Más» por lo que «No se oficializa» la candidatura de Fernando Rubén Viganoni de la Lista 2 «Más para Entre Ríos»- a la Presidencia Municipal de la localidad de San Justo (Departamento Uruguay – pero oficializa al resto de la lista, que resultó la vencedora en las PASO.
En la Resolución se otorga un plazo «perentorio» e «improrrogable» de 72 horas para que dicha agrupación política denuncie la persona que reemplazaría al no oficializado Viganoni encabezando la respectiva lista. Además desestiman la solicitud de declaración de la Nulidad de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) de fecha 13 de agosto de 2023, en la Categoría Presidente Municipal en la localidad de San Justo.
Viganoni fue el Vicentintendente de Cergneux y luego logró ser electo Intendente, función en la que está y pretendía sostener por los próximo 4 años, y por este motivo encabezó la Lista 2 resultando vencedor de la PASO. El mandato que cumple en la actualidad es contabilizado como el segundo, ya que en el anterior fue Viceintendente.
La Constitución reformada en 2008, en su artículo 234, dice que los Intendentes y Viceintendentes “durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo más y luego sólo por períodos alternados”.
Desde Génesis24 pudimos saber que dicha medida fue apelada a nivel provincial, por lo que se espera que en el transcurso de los próximos días se pueda revertir la impugnación efectivizada. Ampliaremos.
FM Riel – Génesis24