Argentina es un país cíclico. Y como tal, cinco años después de resuelta una controversia, la misma puede salir a la luz nuevamente. Adquiriendo nuevas formas, es verdad; pero el fondo, en sí, será similar o prácticamente el mismo. Por citar un ejemplo, la Corte Suprema de Justicia había cerrado a finales de 2014 la discusión sobre la legalidad del cepo al dólar que impuso Cristina Kirchner durante su segundo mandato, al no dar lugar a un recurso presentado ante la Cámara de Apelaciones, y dos años después, en otro expediente y ya en tiempos de macrismo sin cepo, evitó referirse a la constitucionalidad de la medida.
En 2020, con el cambio de gobierno, las restricciones a la compra y venta de dólares vuelven a estar en el foco de la Justicia. Se espera, una vez que concluya la feria judicial de verano, que empiecen a caer en los tribunales una serie de demandas contra la constitucionalidad de la medida ejecutiva, que ya tuvo la aprobación parlamentaria a finales de 2019 y que se encuentra en vigencia desde este año. Puntualmente, sobre el 30% que se aplica a los consumos en el exterior y a la compra y venta de pasajes.
«No pasó tanto tiempo desde la sanción de la ley, por lo que por los plazos que genera la presentación de la causa, recién van a empezar a producirse amparos cuando termine la feria», aseguran fuentes judiciales que, no obstante, reconocen que desde diferentes lugares se está trabajando en la letra final de esos textos, publicó El Cronista.
Aseguran que, a diferencia de 2012, cuando comenzaron a surgir las denuncias de inconstitucionalidad contra el viejo cepo, ahora las causas que se presenten serán más específicas y apuntarán a casos puntuales. Por ejemplo: un padre divorciado que quiere viajar al exterior a su hijo, menor de edad, o que quiere enviarle dinero. Hoy no está contemplado, advierten especialistas del derecho.
Aseguran que, en ese sentido y en casos así, uno de los motivos centrales por los que se podría aceptar una demanda sería que se está afectando la denominada Ley de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Los plazos en los que la causa se lleve adelante dependerán de cómo avancen en instancias previas, pero esgrimiendo que se necesita una resolución con celeridad para atender necesidades económicas específicas, podrían recurrir a un pedido de per saltum. Se trata del denominado salto de instancia judicial, que el kirchnerismo promovió en 2012 y que se aplica en casos de «gravedad institucional». Podría ser una herramienta viable, que acortaría los tiempos hasta su llegada a la Corte Suprema.
En relación con posibles reclamos por la prohibición de atesorar más de u$s 200 por mes, con el citado 30% de impuesto, los juristas consultados son menos auspiciosos y creen que se trata simplemente de un arancel que se aplica a la compra y venta de moneda extranjera para ahorro, que no es de curso legal en el país donde se origina la denuncia.
Mientras, fuentes opositoras creen que estas medidas pueden ser sometidas a discusión judicial, ya que se trata de un nuevo impuesto que se aplica en muchos casos sobre bienes que ya han pagado otros impuestos. Y, por ese motivo, puede ser cuestionada la aplicación del denominado Impuesto PAIS.
Desde el Gobierno, antes de la implementación del paquete de emergencia económica que incluyó dicho impuesto, se asesoraron con los principales juristas del país en pos de evitar este tipo de complicaciones en la Justicia, que podrían motivar, no sólo que la medida se postergue, sino que pueda derivar en una suspensión de la ley.