El condenado es un joven de 20 años que padece un trastorno esquizoide. Sobre él pesaban dos acusaciones, pero una se cayó y por la otra recibió una pena condicional.
El caso explotó en Urdinarrain a fines de febrero, cuando se conoció la denuncia que habían realizado dos madres sobre hechos que tenían como protagonista a un joven de 20 años, que padece de un trastorno esquizoide. Una de las acusaciones se cayó y por la otra recibió una pena condicional.
Nicolás Medina fue detenido el 23 de febrero por la tarde durante un allanamiento en su domicilio a raíz las denuncias que habían radicado el día antes dos madres que fueron alertadas por sus hijas por el accionar del joven. Fue acusado de «exhibiciones obscenas y tentativa de abuso sexual simple».
Una de las víctimas era una niña de 10 años, a quien supuestamente le había mostrado sus genitales en una de las calles de Urdinarrain, y la otra era una adolescente de 16 años, a quien la persiguió con intenciones de tocarla.
El Ministerio Público Fiscal de Gualeguaychú inició una investigación sobre lo ocurrido y una de las primeras medidas fue la realización de una Cámara Gesell a la menor de las víctimas. Este examen fue determinante para derribar una de las imputaciones. La niña contó a la psicóloga que en realidad Medina nunca le hizo nada, sólo que le daba miedo su presencia en la plaza y que una vez le dijo que su madre era muy linda. Como no existió ningún delito, fue sobreseído por exhibición obscena.
Pero si fue condenado por el hecho que tuvo como víctima a la adolescente. Según la declaración de la joven, Medina la abordó en bicicleta cuando ella caminaba por calle 3 de Febrero. El joven de 20 años se le acercó y le dijo: «que linda cola tenés mami», mientras le tiraba besos y le hacía señas obscenas.
La menor aceleró su marcha, pero Medina la siguió amenazándola de que no dijera nada porque si no iba a tomar represalias sexuales contra ella, e intentó tocarle la cola con sus manos. Esto asustó de sobremanera a la adolescente y apenas llegó a su casa le relató lo sucedido a su madre.
En un primer momento, y según los dichos de su familia, trascendió que Medina sufría un «retraso mental» y que tenía actitudes que llamaban la atención de su círculo íntimo, como ser «reírse solo, llorar sin motivos por las noches, despertarse a los gritos y sufrir convulsiones».
Cuando fue detenido, el médico psiquiatra Esteban Romani realizó una pericia para establecer si comprendía la criminalidad de los actos, si diferenciaba entre el bien y el mal, y como resultado se obtuvo que entiende lo que hace, pero padece un trastorno esquizoide, por el cual tiende a aislarse, y puede tener conductas impulsivas y agresivas.
Como fue sobreseído de la imputación por exhibición obscena, desde la Fiscalía se convocó a los padres de la única menor afectada y se les informó sobre el estado de la investigación. La imputación prevé una pena máxima de dos años de prisión condicional, por lo que se decidió de forma conjunta agotar lo sucedido en un juicio abreviado, y se lo condenó a 8 meses de prisión condicional por abuso sexual simple en grado de tentativa.
Por el plazo de dos años deberá adecuarse a una serie de reglas de conducta y medidas, como ser la de someterse a un tratamiento psicológico en el Hospital Manuel Belgrano, de Urdinarrain, a cargo de la licenciada Jesica Huck.
Como con toda condena condicional, para que se tenga por «no pronunciada», Medina deberá cumplir con todas las reglas de conducta impuestas, y además no cometer delitos por 4 años. Si comete un nuevo delito, cumplirá los 8 meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho. (El Día)