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Cupo laboral trans: dura polémica en un municipio entrerriano

El tratamiento del proyecto de ordenanza de cupo laboral trans en Nogoyá quedó envuelto en una polémica, y la iniciativa, presentada hace tres meses ante el Conejo Deliberante y el intendente Rafael Cavagna, quedó entrampada en una polémica peculiar. La propuesta fue presentada el 28 de junio último.

La iniciativa plantea en su artículo 1°: “La Municipalidad de Nogoyá deberá incorporar personas travestis y tras de forma progresiva a su planta de personal, a sus organismos descentralizados y autárquicos, a empresas del Estado municipal o subsidiadas por él, concesionarias privadas de servicios públicos, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y demás organismos empresariales en donde tenga participación mayoritaria en el capital, un cupo de personas travestis y tras no inferior al 3% del total de su respectivo personal”.

Pero tres meses después de haberse presentado la propuesta, ni siquiera tomó estado parlamentario: los 11 miembros del Concejo Deliberante reclaman al intendente Rafael Cavagna (Cambiemos) que estampe su firma para que el proyecto ingrese para su tratamiento. En realidad, con la firma de sólo tres ediles el proyecto tendría formal ingreso al cuerpo deliberativo.

Aunque según dice el concejal Maros Acosta (PJ), “este Concejo Deliberante no le va a sacar el cuerpo a la discusión. Siempre tratamos todos los problemas de nuestra sociedad. Este tema ha tomado notoriedad, se ha visibilizado un problema de nuestra comunidad. Aquí hay alrededor de 20 trans. La mayoría tiene como sustento de vida  la prostitución, que lo hacen en ruta 12. Aducen que necesitan esta normativa”.

Acosta plantea que el intendente Cavagna debería hacer propio el proyecto y presentarlo con su firma al Concejo. Pero admite que es un asunto que deben resolver los ediles que, de momento, han resuelto no emitir opinión por sí o por no.

“Entendemos que el intendente es un actor clave en todo esto -sostiene el concejal Acosta, y agrega:-. Si ese derecho se llega a cumplir, hay cuestiones técnicas que deberán dejarse en claro. Acá se habla de un cupo laboral del 3% de la planta permanente. Serían más o menos 13 cupos para este sector. Hay que ver también si eso va a ser incluido en el presupuesto 2020, si se va a  agrandar la planta, o se van a ocupar los cargos vacantes que existen. Pero  en ese caso sería en detrimento de los contratados”.

Y recordó que un proyecto similar sancionado en Buenos Aires y en la ciudad de Victoria de momento no han sido reglamentados. “Queremos ponerle el cuerpo a esta situación, pero tenemos otros pedidos. Yo soy concejal por segunda vez. Hace unos años atrás, una asociación sin fines de lucro, Padres por Hijos, de chicos de capacidades diferentes, vienen pidiéndonos cupo. Entonces, si acá va a ser  tema de cupo, le vamos a tener que dar intervención al Sindicato Municipal, para preguntarle qué piensan, y para preguntarle a los actores de otros sectores. Hay otros problemas que aquejan a nuestra sociedad. No hay demasiadas fuentes laborales, todos los días hay jefes de familia que se quedan sin trabajo y vienen a pedir trabajo. Tenemos muchísimas madres que han sido abandonadas, con sus hijos, y piden trabajo”, plantea.

Dice que así como el colectivo trava-trans pide cupo laboral, otros actores de la sociedad se sentirían con el mismo derecho a reclamar.  Y por eso propone que en vez de darle un lugar en la estructura municipal, se inclina por instrumentar una línea de asistencia para que las personas trans puedan iniciar un proyecto productivo en la ciudad.

La dirigente Keili González muestra su disconformidad hacia la posición que han adoptado en el Conejo Deliberante. “Asumieron el compromiso de convocarnos después que presentamos el proyecto. Lamentablemente, Marcos Acosta tomó la bandera de los sectores más conservadores”, planteó.

Si bien recordó que el intendente Rafael Cavagna asumió el compromiso de impulsar la discusión del  cupo laboral trans “y no cumplió”, recordó que es una responsabilidad del Concejo tratar el proyecto presentado. “Tiene una responsabilidadel legislativo. No es una cuestión menor”, afirmó.

“Yo soy una activista. Yo no hago un análisis moral de cómo la sociedad me piensa. Lo que intento es generar debate. El 28 de junio fue presentado ante el Ejecutivo y al Legislativo. Asumieron el compromiso de convocaron, eso no pasó, y tuvimos que manifestarnos”, señala Keili González. “Nosotros creemos que es justo el reclamo por el cupo laboral trans para contar con una sociedad más igualitaria”, asevera.

Entre Ríos Ahora

Cómo será la primera semana del «Sí se puede» que pasará por la Histórica

El cronograma de Juntos por el Cambio continúa con las caravanas en el noroeste de la provincia de Buenos Aires, el centro de Córdoba y Santa Fe, así como un distrito del este y otro del noroeste entrerriano.

Las primeras marchas oficialistas del «Sí, se puede», con las que el presidente Mauricio Macri apuesta a forzar un balotaje, se realizarán en seis distritos en los que triunfó en las primarias de agosto y en tres en los que ganó el postulante del Frente de Todos, Alberto Fernández.

El cronograma de Juntos por el Cambio continúa con las caravanas en el noroeste de la provincia de Buenos Aires, el centro de Córdoba y Santa Fe, así como un distrito del este y otro del noroeste entrerriano.

El barrio porteño elegido como comienzo de la larga marcha oficialista forma parte de la Comuna 13, en la que el jefe de Estado se impuso en las PASO del 11 de agosto con el 58,14 por ciento de los votos (97.275 sufragios) frente a los 21,73 puntos (36.370 votos) del dirigente peronista.

En tanto, el partido bonaerense de Junín, en el que Macri estará el próximo lunes, vio en las primarias el triunfo del postulante del Frente de Todos, quien cosechó 43,73 puntos (24.546 votos), mientras que el mandatario sacó 37,59 por ciento (21.101 sufragios).

El martes será el turno del distrito cordobés de Tránsito, que integra el departamento de San Justo, en donde el líder del PRO triunfó con 49,25 por ciento (64.643 votos) ante los 30,53 puntos (40.078 votos) del ex jefe de Gabinete.

En esta misma jornada visitará Santiago Temple: esa localidad forma parte del departamento de Río Segundo, en el que Macri cosechó la mayoría de los votos (50,45 por ciento debido a los 34.006 sufragios que obtuvo) y dejó lejos a Alberto Fernández, que registró 19.986 votos, es decir 29,65 puntos.

El último lugar de la minigira por el centro cordobés será Río Primero, en donde el Presidente también obtuvo un amplio respaldo en las urnas: consiguió 52,89 puntos gracias a los 15.713 votos que se inclinaron por su postulación, ante el 29,95 por ciento que significaron los 8.897 sufragios del candidato del Frente de Todos.

En tanto, el mandatario recorrerá el miércoles a partir de las 16:30 los distritos santafesinos de Esperanza, Humboldt y Nuevo Torino: los tres están incluidos en el departamento de Las Colonias, en donde triunfó con 48,82 puntos (32.133 votos) y dejó en segundo lugar a Alberto Fernández y su 28,14 por ciento (18.524 votos).

Horas más tarde, a las 18:00, el candidato de Juntos por el Cambio se trasladará a Rafaela, que está dividida en cuatro circuitos electorales en los que ganó por amplia diferencia.

En ese sentido, obtuvo en total 29.097 votos y porcentajes que rondaron entre los 45 y los 56 puntos, al tiempo que el peronista registró 17.742 sufragios a partir de guarismos que fueron desde un piso del 24 por ciento hasta un máximo de 35.

Finalmente, el jueves será el turno de Entre Ríos, en donde la marcha del «Sí, se puede» intentará revertir las derrotas en los distritos de Concepción del Uruguay y La Paz.

El primero de ellos integra el departamento de Uruguay, en donde Alberto Fernández ganó las primarias con 28.200 votos que significaron el 42,45 por ciento de los sufragios, mientras que Macri se quedó con 24.716 adhesiones, es decir 37,21 puntos.

En tanto, el segundo forma parte del departamento homónimo, que vio un amplio triunfo del candidato presidencial del Frente de Todos: el dirigente peronista obtuvo el 57,80 por ciento de los votos (24.405 votos) y el actual Presidente cosechó 29,20 puntos (12.330 votos). (El Once)

Dpto. Uruguay: Rescinden los contratos con una empresa por incumplimientos en el marco del Programa Primero tu Casa

La provincia, a través del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV), rescindió los contratos de obras con la empresa constructora que ejecutaba con recursos provinciales los grupos habitacionales de Basavilbaso, Villa Mantero y Rocamora, en el marco del Programa Primero tu Casa.

Así lo comunicó el presidente del organismo, Marcelo Casaretto, al término de la reunión de directorio. La decisión fue tomada luego de “agotar todas las instancias administrativas sin tener la mínima respuesta” de la empresa Conforte Construcciones de Jabloñski Christian, que tenía a su cargo la ejecución de los trabajos en Basavilbaso 15 viviendas, Villa Mantero 10 viviendas y Rocamora 10 viviendas, por haber incurrido la contratista en grave y reiterado incumplimiento de sus obligaciones contractuales, causales de rescisión previstas en la Ley de Obras Públicas.

El funcionario indicó que el IAPV cumplió en tiempo y forma con los anticipos financieros y se notificó mediante sucesivas y reiteradas intimaciones al contratista para que en un plazo perentorio se puedan solucionar los inconvenientes que tenían los grupos habitacionales y llevar adelante las obras en ejecución.

Seguidamente, señaló que “esto no fue tenido en cuenta por la empresa, que incluso dejó sin trabajo al personal contratado, producto del abandono de los pocos trabajos que se estaban realizando, y dejando sin las custodias necesarias dichas obras”.

Ha sido la única constructora que no se mostró predispuesta a trabajar de manera conjunta junto al IAPV para lograr un consenso y así, “poder terminar estas viviendas que son tan esperadas por numerosas familias, que desean lograr cumplir el sueño de la casa propia”.

Casaretto aseguró que la política habitacional para el gobernador Bordet es clave en su gestión de gobierno: “Significa justicia social y es una de las mejores formas de distribuir la riqueza y los beneficios que se les brinda a las familias entrerrianas, que mejoran las condiciones de vida de los habitantes, a lo largo y ancho de la geografía provincial”.

El funcionario indicó que el gobierno de Gustavo Bordet, “le da a las empresas de la región todas las posibilidades para que se puedan presentar en las licitaciones que llevamos adelante, de esta manera evitamos la cartelización de la obra pública”.

Detalló que en “21 meses gestionamos 176 obras por 4.487 viviendas. Terminamos y entregamos 65 obras por 2.324 viviendas, tenemos en ejecución 46 obras por 1.148 viviendas y estamos por Iniciar 65 obras por 1.015 viviendas más”.

Precisó que “tenemos contratos vigentes con 37 empresas diferentes, generando actividad económica y fuentes de trabajo en toda la Provincia. Entregamos un promedio mensual de 3 obras y 110 viviendas, con fondos 100% provinciales”.

Por último , el directivo sostuvo que el IAPV se reserva todas las acciones que tuviere derecho contra la empresa constructora , por los perjuicios directos que sufra por causas de la rescisión de los contratos, en razón de los nuevos que se celebren, como así también que la misma no será acreedora de ningún beneficio resultante de la continuación de las obras, como que tampoco tiene derecho al reclamo de los gastos que se hubieren vuelto improductivos, ni ningún tipo de indemnización ni compensación, todo como consecuencia de la rescisión del Contrato por su exclusiva culpa.

A continuación se detallan algunas irregularidades en las que incurrió Conforte Construcciones de Jabloñski Christian

 

Basavilbaso 15 viviendas

Según el informe de la inspección realizada el 16 de septiembre, surge que a la fecha el avance de obras de viviendas es del 14,07% y en obras de infraestructura del 25,74 cuando según la curva de inversión; el porcentaje debería ser 92,13% en viviendas y debería ser 100% en obras de infraestructura.

La construcción está totalmente abandonada, sin materiales ni personal en obra, se han robado los pocos materiales que había en la misma, no hay avances significativos desde hace meses, y que la empresa ignora por completo las òrdenes de servicio confeccionadas por la inspección del grupo habitacional y que solo se comunicaba el último día del mes para la medición con el solo fin de poder medir algún punto y poder cobrar un peso más.

 

Villa Mantero 10 viviendas

Los informes realizados por el inspector de la obra, muestra que la misma tiene un avance físico de 86,50% y en infraestructura 94,95% estando actualmente paralizada y con custodia las 24 horas.

Se dejó constancia que en los últimos 4 meses la obra avanzó sólo un 4,44 en vivienda y 9,44% en infraestructura y “lo único que se incorporaron fueron dos columnas de luminaria sin plafón y sus respectivas bases”, y para terminar de demostrar el gravísimo incumplimiento negligente de la empresa contratista, se debe agregar que se registró ajuste de obra luego de la paralización y se verificaron faltantes de ítem ya instalados y certificados en meses anteriores.

 

Rocamora 10 viviendas

Del informe elaborado por el Área Técnica de la Regional Centro Este, surge que en los primeros seis meses de iniciados los trabajos, la obra presentaba un avance físico acumulado de 2,5 %, cuyo estado de construcción, se encuentra totalmente paralizado y abandonado desde el 31 de julio- y que la situación al 16 de setiembre no ha cambiado, sin que se haya recepcionado ninguna nota explicando las circunstancias ni solicitando ampliación de plazos de los trabajos por parte de la empresa constructora.

A un mes de las elecciones, publicaron el padrón definitivo para saber dónde voto

La Cámara Nacional Electoral publicó este viernes el padrón definitivo de cara a las elecciones presidenciales del 27 de octubre, tal como lo establece el cronograma electoral.

A un mes de las elecciones donde se elegirá presidente y, en Entre Ríos, también diputados y senadores nacionales, los electores ya pueden consultar la mesa y el lugar de votación, ingresando a www.padron.gob.ar.

Allí se deberá completar el número de DNI, género, distrito de residencia y el código de validación que aparece en pantalla. Se informará sobre el número de orden, circuito y sección electoral, el domicilio del establecimiento donde se debe votar y la mesa de votación.

Se iniciaron los trabajos de mejora en caminos rurales del departamento Uruguay

Tras un convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno y Justicia, las juntas de gobierno del departamento Uruguay y la Dirección de Vialidad, iniciaron las obras de reparación de caminos en las siete juntas de ese departamento.

El Ministerio de Gobierno y Justicia brindó aportes por un total de 3.500.000 pesos, en el marco del Programa Provincial Juntas a la Obra, destinado a la contratación de fletes para el traslado de 7.080 metros cúbicos de ripio arcilloso, otorgado por la Dirección Provincial de Vialidad (DPV).

“Esto es el resultado de un trabajo conjunto con la Dirección de Vialidad, que ya hemos realizado en las juntas de Gualeguaychú, para que puedan desarrollar trabajos en los caminos vecinales de producción y conectividad de una junta a otra”, explicó la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero.

“Es importante destacar que todo esto lo hicimos en menos de dos meses, en un procedimiento administrativo muy ágil que tiene como fin mejorar la calidad de vida de los vecinos de las zonas rurales” subrayó.

Por su parte, la directora Administradora de Vialidad Provincial, Alicia Benítez, destacó el inicio de las tareas de conservación en el departamento de Uruguay que tiene unos 2500 mil kilómetros para atender. “La intención es seguir trabajando en forma coordinada con las juntas de Gobierno como ya lo hicimos con Gualeguaychú. Es una metodología que nos está dando muy buenos resultados y que contribuye a mejorar la transitabilidad de los caminos rurales de la provincia”.

Asimismo, las Juntas de Gobierno de San Cipriano, Libaros, Rocamora, Las Moscas, Comuna Tala, Villa San Marcial y Arroyo Gená presentaron, ante la Dirección de Juntas de Gobierno, la documentación necesaria que permitió gestionar los aportes del Programa Juntas a la Obra.

“Las obras ya comenzaron, ya recibimos el quinto camión de material que viene de Concordia. Este material es un ripio diferente al que tenían las calles, de mejor calidad”, detalló el presidente de junta de Rocamora, Rubén Bonin, agregando que “se espera que el total de la obra finalice dentro de un mes, es lo que queremos antes de que nos convirtamos en Comuna”.

La obra consiste en reponer el ripio de calles de la localidad, “se está trabajando sobre casi el 100 por ciento del total de los caminos, que son los que no estaban en condiciones. Es la primera vez que se hace un trabajo de esta dimensión y para nosotros es muy importante haber podido conseguir esto y que el Ministerio de Gobierno nos haya respondido de esta manera con sus aportes, así como Vialidad Provincial”, resaltó Bonin.

Cabe señalar que del convenio, celebrado el pasado 8 de agosto en Paraná, participaron junto a los presidentes de las siete juntas del departamento Uruguay, la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero; la directora de Vialidad, Alicia Benítez; los diputados, Marcelo Bisogni y Silvio Valenzuela; el senador electo, Horacio Amavet, y el coordinador de Juntas, José Bantar.

Ley de Electrodependientes podría incluir tarifa gratuita y la garantía del servicio ininterrumpido

Referentes del Ministerio de Salud, del Poder Legislativo nacional y provincial, de la Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima (Enersa) y del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) mantuvieron una reunión para definir los avances y alcances de una ley provincial de electrodependientes.

Buscan brindar la tarifa eléctrica gratuita y la garantía del servicio eléctrico ininterrumpido a personas que, por problemas de salud, así lo requieran.

Se trata de un trabajo interdisciplinario e interorgánico para lograr la tarifa eléctrica gratuita y la garantía del servicio eléctrico ininterrumpido a aquellas personas que, por problemas de salud, deben permanecer conectados a ciertos equipos médicos que funcionan con electricidad. Para los electrodependientes, una interrupción del suministro de energía eléctrica puede poner en riesgo inmediato su vida.

Participaron el secretario de Energía y presidente de Enersa, Jorge González; la senadora nacional Sigrid Kunath; los diputados provinciales Diego Lara, Gustavo Zavallo y Juan Navarro; el coordinador general del Ministerio de Salud de Entre Ríos, Germán Coronel; el director del EPRE, Luciano Paulín; y autoridades de la empresa distribuidora de energía estatal.

 

La palabra de los funcionarios

Al respecto, la senadora Kunath sostuvo: “Trajimos la experiencia de lo que fue el debate en el Congreso de la Nación de esta ley y comentar lo que motivó un proyecto de mi autoría que iba en el mismo sentido”. Dijo que se le dio “prioridad a este proyecto para que la ley fuera sancionada lo más rápidamente posible” porque “la premisa es reconocer derechos y también destacar la responsabilidad de cómo se viene trabajando para poder llegar a aprobar la adhesión en Entre Ríos en una ley que tenga en su contenido todas aquellas cuestiones que tienen que ver con las particularidades de cada provincia”.

En tanto, el diputado Lara destacó “la iniciativa del presidente de la empresa de Energía, quien convocó a los sectores del Estado provincial, y también a la senadora Kunath, que ya viene trabajando en esta temática. Nos proponemos una ley entrerriana que garantice, promueva y consolide nuevos derechos bajo un marco normativo adecuado”, remarcó.

Luego, Coronal manifestó: “Estamos todos los interesados dentro del gobierno provincial para que por fin podamos tener nuestra ley local. Para ello, hacemos gala de la autonomía que tiene la provincia y poder regular la situación de las personas que dependen de esta aparatología y que necesitan del suministro eléctrico continuo en su condición médica”.

Por su parte, el legislador provincial Zavallo dijo: “Estamos nutriéndonos de las mejores experiencias y argumentaciones que hemos podido ver a través de la aplicación nacional de esta ley que nos ha traído la senadora Kunath. Creo que, comprometiendo la labor legislativa, Entre Ríos podrá tener una buena ley y trabajaremos para que antes de fin de año podamos tenerla ya sancionada”, sostuvo.

“Vamos a presentar un nuevo proyecto de ley. Si bien ya hay propuestas presentadas en ambas cámaras, ésta se basa en la experiencia entrerriana. Luego participaremos en las comisiones, debatiéndola. Quiero llevar además la tranquilidad de que este tema se está atendiendo a través de la empresa de Energía, a pesar de no contar aún con la ley correspondiente”, informó el diputado Navarro.

Por último, el director del EPRE, Luciano Paulín, comentó que “es un trabajo que lleva muchos años y que fue iniciado por la senadora Kunath a nivel nacional. Hoy lo podemos plasmar a nivel provincial con un marco normativo, aunque en la praxis igual se está atendiendo desde Secretaría de Energía, Enersa y EPRE. Lograr un consenso con los diferentes actores es muy plausible, y trabajaremos para que este proyecto salga adelante cuanto antes”, concluyó.

AGMER destacó el fallo contra las fumigaciones

La Comisión Directiva Central de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), manifestó su satisfacción ante el nuevo fallo judicial que declara inconstitucional del decreto del Ejecutivo provincial por la aplicación de agrotóxicos en cercanías de las escuelas rurales.

“Se trata del quinto fallo consecutivo en el que la Justicia da la razón a las organizaciones sociales que venimos planteando nuestras preocupaciones y advertencias frente a un modelo productivo irrespetuoso de la salud y los derechos ambientales de toda la población”, dijeron.

El juez Virgilio Galanti declaró la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad del Decreto provincial 2239 con que el Poder Ejecutivo redujo sustancialmente las distancias de zonas de exclusión y restricción al momento de arrojar agrotóxicos -sea vía aérea o terrestres -en cercanías de escuelas rurales.

“Como impulsores del amparo colectivo que promovimos en resguardo de las comunidades educativas, entendemos que este nuevo fallo es un triunfo en la disputa que venimos dando. Es momento ahora de avanzar en una discusión pública respecto del modelo productivo que nuestra provincia y nuestro país están dispuestos a sostener, en vez de dilatar la implementación de políticas en este sentido con apelaciones y nuevas instancias judiciales”, acotó la conducción de AGMER.

“Una vez más, hemos ganado una batalla, aportando a un debate público impostergable que se está dando en todo el país. En ese debate, la lucha que llevamos adelante en Entre Ríos contra un modelo que envenena se ha convertido en modelo y referencia, sentando jurisprudencia que hoy se cita en los tribunales de todo el país, especialmente donde se sufren los efectos dañinos de este modelo de producción”, completaron. La calle

Fumigaciones en Entre Ríos: La Justicia falló contra el decreto de Bordet, considerándolo inconstitucional e ilegal

El Vocal de la Cámara Civil y Comercial, Sala III de Paraná, Virgilio Galanti, resolvió hoy admitir parcialmente la demanda deducida por el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y, en consecuencia, decretó la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de los Artículos 2º, 3º y 4º del Decreto 2239/19 GOB, y de las restantes normas que en el mismo y en su Anexo importen reglamentación y/o aplicación de los artículos cuya inconstitucionalidad aquí se dispone.

Se trata de la causa Nº 9850 “Foro Ecologista de Paraná y otro C/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos S/ acción de amparo”, relativo a las distancias que deben respetarse para fumigar en inmediaciones de escuelas rurales.

La acción de amparo se vincula con las sentencias recaídas en el Expediente Nº 10.711 (a la que denomina causa madre) del 1° de octubre de 2018, ratificada por el STJ de Entre Ríos el 29 de octubre el año pasado de acuerdo al Expediente Nº 9624, ratificada por el STJ el 14 de mayo pasado.

Allí se solicitó la nulidad absoluta en el menor plazo posible del Decreto Provincial N° 2239/19 del 1° de agosto de 2019, que tiene como antecedente el Expediente Nº 2.294.731, “por entender que el mismo se aparta ampliamente de la cosa juzgada plasmada en la sentencia de la causa madre antes citada, contrariando notablemente la manda judicial, habilitando fumigaciones con agrotóxicos a distancias notoriamente menores a las distancias previamente establecidas por sentencia judicial del STJ en base a la prevención y protección del daño a la salud de niños y niñas que acuden a escuelas rurales, sin poseer el sustento técnico ni científico”, se sostiene en el escrito.

Al fundar la petición, recordaron partes de la sentencia que demostrarían su postura. Por ejemplo, cuando se señala que “la prohibición deviene indudablemente necesaria y en las distancias pretendidas por las amparistas. Ello así porque en el caso se debe adoptar un criterio de precaución, al menos hasta tanto se acredite que la protección de los afectados puede lograrse con distancias menores”.

Además, demostraron que los fundamentos del Decreto cuestionado no tiene ningún sustento en ningún estudio de las características del exigido en el fallo de la Cámara Civil y Comercial N° 2, como ya ha acontecido con el anulado Decreto Nº 4407/18, resultando éste último inconstitucional por violar la cosa juzgada, por no ajustarse, al igual que el actual, al estándar normativo que allí se exigía, transgrediéndose de dicha forma los Artículos 1°, 5°, 65°, 186° y 203° de la Constitución de Entre Ríos; pero también los Artículos 1°, 18° y 75 de la Constitución Nacional, y el inciso “c” del Artículo 2° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

También reiteraron “las presentaciones judiciales que han interpuesto con anterioridad, requiriendo en ellas todas las medidas “urgentes” para la protección de los individuos (niños, niñas, adolescentes, maestras/os y personal no docente) que concurren a las escuelas rurales de Entre Ríos de los impactos negativos que la actividad agrobiotecnológica genera en el suelo, el agua superficial y subterránea, el aire y en consecuencia, en la salud, solicitando también en dichas presentaciones se determine la fijación de una franja de mil metros alrededor de escuelas rurales, libre de uso de agrotóxicos, así como una zona de resguardo consistente en una barrera vegetal cuyo objetivo sería impedir y/o disminuir el egreso descontrolado de agroquímicos hacia los centros educativos”.

Además de prohibir “la fumigación aérea en un radio no menor a los tres mil metros, tal como lo ordena el decreto Reglamentario de la Ley de Plaguicidas, para el radio de plantas urbanas”.

“Se ordene el establecimiento de un sistema de vigilancia epidemiológica sobre los niños, niñas, adolescentes y personal docente y no docente que asistan a todas las escuelas rurales, para los cual se solicita se establezcan los pertinentes estudios y análisis de sangre, orina y genéticos de los menores que sus padres consideren oportuno”, se indicó

También se pide que a través de la Dirección de Hidráulica de Entre Ríos “se ordene el inmediato análisis sobre agua de lluvia y agua utilizada para el consumo de los alumnos que comprenda un estudio físico químico y asimismo se analice la presencia de los siguientes tipos de agrotóxicos: órganos clorados, órganos fosforados, carbonatos y piretroides”. Esto fue pedido porque casi la totalidad de las escuelas rurales no poseen servicio de red de agua potable, por lo que el agua que se consume en dichos establecimientos es extraída directamente de las napas subterráneas cuya toma de agua se encuentra expuesta a la contaminación con agrotóxicos, lo que importa una situación más de riesgo de daño irreparable a la salud de los niños.

También se recordó que en la misma sentencia se condenó al Estado Provincial y al Consejo General de Educación para que en el plazo de dos años contados desde aquella sentencia “procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de 150 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia, con las especificaciones detalladas en los considerandos y se ordene suspender de inmediato las aplicaciones de productos agrotóxicos en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones”.

También se recordó que el 28 de marzo pasado, la Cámara Segunda Civil y Comercial, Sala III de Paraná, decretó la nulidad de los Artículos 1° y 2° del Decreto 4407/18 del gobierno provincial, que establecían distancias de 100 y 500 metros. para las aplicaciones terrestres y aéreas, respectivamente. Esas distancias resultaban menores a las fijadas en la sentencia ratificada por el STJ el 29 de octubre de 2018 y confirmada por la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del STJ, el 14 de mayo pasado.

También enfatizaron “que el Estado provincial demandado, no contó con ningún estudio objetivo y con rigor científico sobre deriva de agrotóxicos en las aplicaciones terrestres y áreas a fin de determinar medidas de máxima protección en relación a las vulnerables escuelas rurales, para confeccionar el cuestionado decreto”.

 

La Fiscalía de Estado

El doctor Julio César Rodríguez Signes, en su carácter de Fiscal de Estado de la Provincia, hizo un denodado esfuerzo a favor de las entidades agropecuarias para que pudieran seguir rociando de agrotóxicos los campos entrerrianos.

Argumentó que no se estaba “en presencia de denuncia por daño ecológico, ni ambiental, no hay afectación a un bien colectivo, ya que la salud no es un bien colectivo sino individual y divisible, por lo que ni el Foro ni Agmer son representantes idóneos y legitimados activos para accionar por la salud de esos individuos”.

“En su informe plantean que el único fundamento para solicitar la nulidad es que el Estado provincial no realizó ningún tipo de estudio que permita llegar al dictado del decreto que pretenden impugnar”, resaltó Rodríguez Signes y aclaró que “el Estado Provincial no estaba obligado a cumplir y dictar un decreto basado en las distancias que fijó la sentencia, sino que aquella habilitó con cierto recaudos la aplicación de distancias diferentes y es lo que se plasmó en el decreto, luego de la intervención de las áreas gubernamentales competentes, conforme fuera ordenado en la sentencia, desplegando el Estado su maquinaria para concretar las medidas”.

 

Celeridad ante el amparo

Es oportuno resaltar que este proceso se inició el 16 de agosto de 2019 y hoy se dictó sentencia. “No sin antes haber garantizado productivamente el derecho de defensa de las partes y haber sustanciado importante prueba dentro de los acotados márgenes que nuestra legislación de amparo local recientemente modificada permite. Se han admitido las pruebas vinculadas al objeto, especialmente con sentido científico, y garantizando igualdad a las partes”, resaltó el escrito.

Es oportuno recordar que el Ministerio Público Fiscal a cargo de Jorge Amílcar García estuvo a favor de la fumigación con agrotóxicos en inmediaciones de las escuelas rurales.

Distinta ha sido la postura del Ministerio Público de la Defensa, a cargo de Maximiliano Benítez, quien opinó que había que tener en cuenta “algunos informes científicos agregados que revelan que la exposición a determinados agroquímicos impacta en la salud de los niños, por lo que entiende que el organismo estatal que corresponda debe adoptar todas las medidas y acciones necesarias a fin de prevenir el daño ambiental y que afecte la salud de los niños, niñas y adolescentes”.

El Vocal de la Cámara Civil y Comercial, Sala III de Paraná, Virgilio Galanti, también analizó los cambios que proponía el Decreto 2239/19, tan promovido por el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes y tan aplaudido por los fumigadores y en donde se proponía nuevas distancias de fumigación, a pesar de sentencias previas que indicaban todo lo contrario.

“En modo de síntesis –sostiene Galanti-, lo controversial del Decreto es que el Ejecutivo ha reducido sustancialmente las distancias de fumigación consignadas en el fallo del Dr. Benedetto”.

Y compara: respecto a las fumigaciones terrestres las mismas se disminuyen de los mil metros fijados en el pronunciamiento judicial a cien metros; y en las aéreas de los tres mil metros a escasos 500 metros.

“Con un detalle adicional cual es el lugar de inicio del cómputo del metraje aludido fijado desde el centro de las escuelas y no de su perímetro”, bien hace observar Galanti.

“Si bien este pleito persigue la nulidad total del Decreto en base a la cosa juzgada, no es menos cierto que además están en juego relevantes derechos humanos (vida, salud, integridad física, ambiente sano intergeneracional, etcétera). Pero que además al afectar a un colectivo específico reclaman de los operadores judiciales especial tutela.

“Así las cosas, más allá de que conforme a un tradicional criterio los planteos de inconstitucionalidad de las normas deben ser observados con restrictividad por ser tal sanción la ratio última del ordenamiento jurídico, no es menos cierto que no todos los derechos involucrados tienen el mismo peso a la hora de su tutela. Asunto que debe poner en particular alerta al Poder Judicial a la hora de sopesar el asunto en este caso”, reflexionó Galanti.

“Así, mucho se ha hablado en los últimos años del interés superior del niño, principio rector imbricado ya no sólo en el Derecho de Familia, sino en el ordenamiento jurídico todo” y recordó lo establecido en el Artículo 3º de la Convención de los Derechos del Niño, que señala: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.

Del mismo modo hace prevalecer la importancia de la protección del ambiente y al distintivo principio precautorio, “consistente en que cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del ambiente”.

Para Galanti, “el asunto se intensifica y cobra mayor envergadura si conjugamos o sumamos los derechos ambientales junto al interés superior del niño”.

Y concluye que “debe prosperar parcialmente, y en consecuencia se debe decretar la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de los Artículos 2º, 3º y 4º del Decreto 2239/19 GOB, y de las restantes normas que en el mismo y en su Anexo importen reglamentación y/o aplicación de los artículos cuya inconstitucionalidad aquí se dispone”.

Análisis Digital

Concepción del Uruguay: El presidente Macri visitaría la ciudad el próximo 3 de octubre

En su gira de campaña por el país, el Presidente estará el jueves 3 de octubre en Entre Ríos. Pero no vendrá a la capital provincial. Estará en Concepción del Uruguay y probablemente La Paz.

La decisión se tomó en la noche de este miércoles. Mauricio Macri estará en Entre Ríos el jueves 3 de octubre, en el marco de lo que han denominado la Marcha del #SíSePuede, en la que el mandatario tiene previsto visitar 30 ciudades en 30 días con el propósito de juntar los votos suficientes en las elecciones del 27 de octubre como para forzar un balotaje.

El jueves que viene el Presidente visitará Concepción del Uruguay. También estaba la intención de viajar a La Paz, pero esa posibilidad se ratificará o no en las próximas horas.

Tampoco se tenían confirmados horarios y actividades. Lo seguro es que Macri evitará hacer campaña en Paraná, a pesar de que la capital provincial figuraba en un primer listado de las ciudades que reúne las condiciones de “prioritarias” para el objetivo de recuperar votos, tanto por su peso electoral como por su composición política.

Ocurre que Paraná es por estos días noticia nacional por tener sentado en el banquillo al intendente de Cambiemos Sergio Varisco, acusado de financiar una banda narco. Sería por lo menos incómodo para Macri desarrollar aquí actividades de campaña.

Página Política

Fumigaciones en Entre Ríos: El Gobierno apelará el fallo que declaró la inconstitucionalidad parcial del decreto

Lo anticipó a APFDigital el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes quien defendió la norma y ratificó su vigencia ya que el fallo conocido este jueves por parte del juez Virgilio Galanti es de “primera instancia” y “no está firme” · La cuestión ahora deberá resolverse en el Superior Tribunal de Justicia por sorteo entre tb los vocales · “Es un decreto modelo”, expresó el Fiscal

El Gobierno de Entre Ríos apelará  el fallo del juez Galanti que este jueves declaró la inconstitucionalidad parcial del decreto 2239 que reglamentó la aplicación de agroquímicos en Entre Ríos en cercanías de escuelas rurales.

“Si se daba este resultado teníamos previsto interponer un recurso de apelación ante el STJ que se hará mañana viernes antes de las 17 que es el plazo que tenemos para hacerlo”, informó Rodríguez Signes. “Es lo que hacemos siempre antes estas situaciones”, afirmó sobre la estrategia.

Al hacer una primera lectura del fallo, Rodríguez Signes explicó que el mismo “se apoya mucho en las dos sentencias precedentes, la de los magistrados Oscar Benedetto y Andrés Marfil, y considera insuficientes los informes que presentamos. Era una de las posibilidades”, manifestó.

De todos modos, defendió el texto al afirmar que “está realizado razonablemente, contiene los antecedentes que la administración pública haciendo sus mayores esfuerzos pudo obtener. Es más creo que el decreto en sí es un decreto modelo para el resto de las provincias, pero (el fallo) hace hincapié en que hay cosa juzgada y en que la condenas anteriores están firmes, cosas que no compartimos porque el primer caso es abstracto y el segundo está en la Corte Suprema de manea que no hay firmeza respecto a esos fallos”, se explayó el Fiscal ante la consulta de esta Agencia.

Y a modo de cierre, Rodríguez Signes tras asegurar que “a pesar del fallo, la mejor forma de proteger la salud y el ambiente es aplicando este decreto 2239, que es líder en las provincias argentinas y supera los otros sistemas vigentes en el país”, admitió que el fallo adverso “por supuesto forma parte de las reglas de juego y del Estado de derecho”, aunque él no reconoce en el texto reglamentario “ninguna inconstitucionalidad manifiesta”.

Cabe resaltar que una vez que el recurso de apelación llega al STJ mediante un sorteo entre sus nueve miembros se elige a los cinco vocales que decidirán sobre la cuestión. (APF)