El escenario que se imagina Bordet para preparar su sucesión. Una cláusula constitucional en debate.
La reunión de Gustavo Bordet y Laura Stratta con la Liga de Intendentes del PJ fue el primer encuentro en modo electoral. Participaron, también, buena parte de quienes integran el gabinete. El mensaje era para todxs. En resumen, lo que el Gobernador quiso dejar en claro es que esto recién empieza. No se ganó ni se perdió nada.
Bordet habló de que florezcan mil internas. Garantizar la posibilidad de lxs candidatxs a intendentes de pegar con la fórmula, un reclamo que surge en el interior y que se ha desoído. Incluso en la categoría a senador.
El caso Martín Oliva es el que se imagina el Gobernador. El intendente de Concepción del Uruguay se alzó en 2019 en una interna de siete precandidatos. Bordet levantó esa experiencia y la encuadró en la promesa de levantar el piso para las minorías como gancho para estimular candidaturas.
Oliva es un intendente que no tiene reelección por haber cumplido su primer mandato como viceintendente en la gestión anterior, según la Constitución de 2008. En torno a esta cláusula reeleccionista surgió en el encuentro del viernes pasado en Victoria otra lectura.
La cláusula constitucional para intendente y vice, en su artículo 234, dice: “Durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo más y luego sólo por períodos alternados”.
El término “recíprocamente” es el que un grupo de intendentes y viceintendentes empezó a leer con detenimiento. Lucas Larrarte lo planteó en la reunión.
Jefes comunales, también de Juntos por el Cambio, entienden que del significado literal de la palabra recíprocamente podría interpretarse como un límite aplicable para quien fue intendente y venía de ser vice o viceversa. Oliva.
¿Qué dijo el convencional constituyente en 2008? Quien argumentó fue el ex vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Miguel Carlín, pero sólo lo hizo en el caso del gobernador y vice. Dijo Carlín: “En el seno de la Convención se ha visto la necesidad de seguir buscando consensos y estamos dispuestos a aceptarlo. Hecha esta reelección, por única vez –es decir una sola reelección consecutiva, únicamente– el candidato que haya sido llevado al cargo electivo, no puede volver a ser reelecto. En otras palabras, seguimos el sistema norteamericano. El sistema que rigió durante muchos años en Estados Unidos fue el contrario, es decir, el presidente de los Estados Unidos pudo ser reelecto cuantas veces quiso hasta las cuatro reelecciones del presidente Franklin. Desde Roosevelt, se estableció la cláusula constitucional que dice que únicamente puede ser reelecto por una vez consecutiva. Nosotros la vamos a admitir en ese sentido, únicamente por una vez consecutiva, impidiendo que, después de pasado un período, pueda volver al cargo. La fórmula que impulsamos es que el gobernador y el vicegobernador podrán ser reelegidos. El Gobernador y el Vicegobernador pueden ser reelectos por una sola vez consecutiva y que no se puede reiterar en el futuro este tipo de reelecciones”.
La Constitución del 2008 en su artículo 161, expresa: “el gobernador y el vicegobernador podrán ser reelectos o sucederse recíprocamente solamente por un período en forma consecutiva o alternada”. Es decir dos veces y a la casa. Por eso el amague de Sergio Urribarri, en su momento, duró muy poco.
Lo del sistema americano habría que aclararlo. Joe Biden fue dos veces vicepresidente de Barak Obama y luego fue elegido presidente. Podríamos decir, entonces, que en Entre Ríos aplicamos el sistema americano con un toque de entrerrianía.
Lo cierto es que en ese debate no se habló nunca de los intendentes y vices, de modo tal que quienes andan haciendo relecturas dicen desconocer la voluntad del convencional en relación al sistema elegido en 2008. Sobre todo si se tiene en cuenta que la redacción de la cláusula constitucional de reelección del gobernador y vice es distinta, ya que estos “podrán ser reelectos o sucederse recíprocamente solamente por un período en forma consecutiva o alternada”. En esta cláusula, a diferencia de la de los intendentes, se agrega la palabra “solamente”.
La alternancia, es decir dejar el municipio para volver luego, es un caso que calza al propio Larrarte. Fue el viceintendente de Marcelo Berthet, luego senador por San Salvador, y volvió a la ciudad como intendente. La pregunta sería la siguiente: ¿En 2023 termina su segundo mandato y no puede repetir o el actual recién cuenta como el primero y le queda otro?
Rosario Romero, ministra de Gobierno y Justicia que fue convencional constituyente, tomó la inquietud, de la que se estudia la posibilidad de hacer una presentación judicial para que se resuelva a través de una declaración de certeza.
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