Concepción del Uruguay: Víctima retiró los cargos y pidió la liberación de su agresor

Se realizó una audiencia en el Juzgado de Garantías de Concepción del Uruguay, en la cual se iba a tratar la solicitud de prisión preventiva de un sujeto acusado de violencia contra su pareja, pero a último momento la víctima solicitó que no quedara detenido y dijo que los hechos ocurridos no eran como se había dicho en principio.

La audiencia fue presidida por le jueza de Garantías, doctora Melisa Ríos, a solicitud del fiscal Auxiliar Nº 4, doctor Eduardo Santo, en causa que tenía como imputado a JAP de 30 años, que fuera representado por el defensor particular, doctor Facundo Garmendia.

Este hombre fue oportunamente detenido por estar acusado de agredir física y verbalmente a su pareja y amenazarla, violando además las restricciones impuestas por la Justicia, destacándose que la damnificada ya tenía un botón antipánico.

Al comienzo de la audiencia, el fiscal hizo uso de la palabra, narrando los hechos y aclarando que (si bien la diligencia era para pedir la prisión preventiva) la situación había cambiado dado que la denunciante se presentó voluntariamente en el Juzgado para aclarar los hechos, aduciendo que su pareja nunca le había pegado y solo fue una violencia del tipo verbalbrindando detalles, al tiempo que dijo insistentemente que no quería que él esté preso.

La mujer señaló además que ambos están dividiendo los bienes, porque se están separando de buenas maneras, que él cumple con la cuota alimentaria y se ocupa de sus hijos, indicando que no tiene miedo, y el botón lo pidió al principio pero no lo necesita, asegurando que con la detención él se iba a dar cuenta.

A raíz de esta presentación espontánea, es que la Fiscalía desistió de la prisión preventiva y solicitó a la jueza se conceda la libertad de JAP y la imposición de reglas de conducta, a lo que la Defensa Particular, no se opuso.

Tras escuchar a las partes y brindar las explicaciones del caso al imputado, la doctora Ríos dispuso la inmediata libertad del imputado, en orden a los delitos de “Desobediencia de una orden judicial y lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja preexistente y mediando violencia de género”, en concurso real, así como la aplicación de distintas medidas de coerción sustitutivas de la prisión preventiva, las que deberá cumplir firmemente por el plazo de tres meses y bajo apercibimiento de ordenarse su inmediata detención en caso de fundada solicitud fiscal.

Crédito: 03442



 

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