El derecho fue concedido para que el interno pueda “afianzar y mejorar lazos familiares y sociales”. Cumple una pena de cuatro años y dos meses de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Un hombre que cumple una condena de cuatro años y dos meses de prisión en la Unidad Penal N° 4 de Concepción del Uruguay, podrá salir de la misma “con motivo de “afianzar y mejorar lazos familiares y sociales” y “bajo palabra de honor”, para dirigirse y permanecer en el domicilio de su hijo, quien ejercerá el cuidado correspondiente.

Así lo ordenó la jueza del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, Mariela Rojas. Con la resolución, el interno quedó incorporado al Régimen Preparatorio para la Liberación, regulado en la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.

La jueza estableció que “las mismas sean de forma mensual por el término de 12 horas en cada oportunidad”.

También recordó que el interno “fue condenado por el Tribunal Oral Federal de esta ciudad, a la pena de cuatro años y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento, por ser considerado coautor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.

El cómputo de pena el vencimiento de la misma se produciría los primeros meses de 2022 por lo que desde febrero de 2021 ya está en condiciones de acceder al derecho. En este sentido, la jueza coincidió con la posición del Ministerio Público Fiscal “en cuanto a que la Incorporación al Régimen para la Libertad debe producirse un año antes del vencimiento de la condena, siempre que el condenado hubiera observado con regularidad los reglamentos carcelarios y, previo informe de la dirección del establecimiento y de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social, podrá acceder a la libertad conforme a dicho régimen”.

 

Informe desfavorable

La jueza también evaluó un informe Técnico Criminológico de abril de este año que otorgó “clasificación criminológica desfavorable a la Incorporación al Régimen Preparatorio para la Libertad”.

Allí se indicó que, “‘en relación a la causa por la cual cursa esta condena no se hace responsable de la misma, manifestando que fue ‘armada’, refiere que el ‘vendía’ pero no en ese momento, no hay reflexión profunda sobre su infracción a la ley, manifestando ‘era muy ambicioso. . . plata fácil. . . ’ como justificativo o atenuante, no pudiendo evaluar la consecuencia de los actos, ni para ni él ni terceros”.

El informe consignó que el interno reconoció que “su delito estaba relacionado a mantener su consumo personal, problemática que hace más de 10 meses, expresa, haber ‘controlado’. Centrando el abandono del consumo de sustancias psicoactivas en una ‘decisión personal’ sin registrar el tratamiento tanto individual como grupal como espacios necesarios para reforzar su posicionamiento”.

El Diario


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