El concejal de la Municipalidad de Concordia, Alberto Zadoyko, manifestó que presentó un proyecto de ordenanza para efectuar controles, tanto privados como de servicios o reparticiones públicas, para detectar la ingesta de sustancias tóxicas.

“Queremos determinar si los conductores están bajo los efectos de alguna sustancia que inhiba o altere las facultades para manejar, el objetivo es tratar de reducir de esa forma la cantidad de siniestros viales relacionados con el consumo de sustancias prohibidas que se registran principalmente los fines de semana”, precisó.

Para ello el proyecto establece los test de narcolemia, el mecanismo consiste en un hisopado de saliva con material descartable sobre la persona al volante, dicha muestra se insertará en un medidor que determina si la persona está bajo los efectos de alguna sustancia en ese momento.

El medidor ser mediante un aparato debe ser que debe ser homologado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTIA), que esté configurado en niveles que determina si el control es positivo o negativo sobre seis sustancias, como cannabis, cocaína, opiáceos, anfetaminas, metanfetaminas y benzodiacepinas, la duración de la prueba no supera los 10 minutos y será aleatorio, no al azar, bajo la supervisión de profesional de la salud, un representante de la policía y otro de Tránsito, explicó el concejal.

El consumo de narcóticos afecta la capacidad de conducción segura de vehículos, tanto por parte de particulares y choferes de vehículos afectados al servicio público. Producen fundamentalmente alteraciones sobre la visión, la función psicomotora, el comportamiento, la conducta y la capacidad de manejo. “Esto no es algo que lo impulsamos exclusivamente nosotros, sino que esa referencia de los controles que se realizan en ciudades como Rosario, Santa Fe, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras”, dijo.

Agregó que además de las sanciones previstas en la ordenanza Nº 19.955 sancionada en 1978 (Capitulo 2, artículo 8º: conducir en estado manifiesto de alteración psíquica o de ebriedad o bajo la acción de tóxicos o estupefacientes, con multa de 20 a 200 juristas e inhabilitación para conducir de 30 a 90 días. Al operarse la reincidencia sin perjuicio de la pena pecuaria, la inhabilitación será de 180 días), el responsable del operativo, en caso de detectar a un conductor positivo, debe informar al responsable de la secretaria municipal correspondiente y a las autoridades competentes como jueces penales y jueces de faltas, fiscales, etc.

La norma faculta al Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes con el fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.

El proyecto ingresó en la última sesión y pasó al Concejo en Comisión para ser analizado.

Diario El Sol

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