Habrá tiempo hasta el último día hábil del mes de abril de 2019 inclusive. Se debe presentar la libreta de seguridad social en la que conste que el niño recibe la atención médica y está en el sistema educativo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), prorrogó hasta el último día hábil del mes de abril de 2019 inclusive, el plazo de la presentación de la libreta nacional de seguridad social, salud y educación, correspondiente al período 2017, cuyo vencimiento operó el 31 de diciembre de 2018, al sólo efecto de la continuidad en el cobro del 80% mensual de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
El Decreto Nº 1.602/09 creó en el marco de la Ley Nº 24.714 la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, destinada a cubrir las necesidades de los menores pertenecientes a grupos familiares desempleados o que se desempeñan en la economía informal.
«Como condición para la liquidación de la Asignación y para garantizar el logro del objetivo de la norma de atender las necesidades de menores y adolescentes en situación de vulnerabilidad social, se contemplaron requisitos relacionados con la salud y educación de los mismos, como mecanismo de superación de la reproducción intergeneracional de la pobreza», explica la medida.
Para certificar el cumplimiento de tales exigencias, el Gobierno creó un instrumento específico, denominado libreta nacional de seguridad social, salud y educación, en el que deben asentarse las constancias respectivas referidas a dichos ámbitos.
De esta manera, la normativa oficializada establece que la libreta deberá ser presentada en las dependencias de la Anses.
La falta de acreditación del cumplimiento en tiempo y forma de los controles sanitarios, del plan de vacunación obligatorio, de educación o de la Declaración Jurada del Adulto Responsable, genera la suspensión del pago de la AUH para Protección Social. Esto quiere decir que no se abonaría el 20% reservado (complemento) y a la vez se suspendería el pago del 80% mensual de la misma.