El Ejecutivo provincial estableció un límite del 10 por ciento para las ampliaciones presupuestarias automáticas 

La medida está contemplada en el artículo 16 del proyecto de presupuesto sancionado anoche por el Senado entrerriano. Quedan afuera del límite fijado las operaciones de “política salarial incluyendo lo relativo al sistema previsional y docentes privados; coparticipación a Municipios, erogaciones vinculadas o catástrofes naturales”, se pudo saber.

El artículo 16 de la ley de presupuesto que aprobó este miércoles el Senado entrerriano dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo provincial a ampliar el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos o fuentes financieras que conforman esta ley con los mayores ingresos de recursos no afectados que se realicen sobre los estimados por la presente, hasta un porcentaje máximo del 10 por ciento del cálculo de recursos. Este límite no alcanzará a política salarial incluyendo lo relativo al sistema previsional y docentes privados; coparticipación a Municipios, erogaciones vinculadas o catástrofes naturales”.

“El Poder Ejecutivo deberá comunicar a esta Legislatura toda ampliación que realice conforme a este artículo”, agrega el texto de la ley a la que accedió esta Agencia.

Esto significa que Gustavo Bordet puede disponer de ampliaciones presupuestarias sólo hasta el 10 por ciento por encima de lo previsto en la ley de leyes. Para disponer del resto, el trámite sí o sí deberá pasar por la Legislatura.

La redacción anterior del mismo artículo decía: “Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a ampliar el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos o Fuentes Financieras que conforman esta Ley, con los mayores ingresos de recursos no afectados que se realicen sobre los estimados por la presente. Los mayores recursos que resulten disponibles deberán destinarse prioritariamente a la implementación de una política de recomposición y/o incremento del salario de los agentes públicos, activos y pasivos, a atender incrementos de las erogaciones para los servicios de educación, seguridad y salud, atención de los servicios de la deuda consolidada y de situaciones de emergencia social”.  (APF Digital)

 

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