Desde el organismo sanitario aportan que la medida no constituye un nuevo requisito ya que, hasta ahora este certificado es solicitado por el Sigsa, según el motivo del movimiento que se indique en el DT-e. Sin embargo, establecieron que la solicitud dependerá del tipo de explotación indicada a través del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).
Así, el sistema establecerá que, si el Renspa de destino del movimiento es un tambo, establecimiento de cría, ciclo completo, cabaña o centro de genética, el titular de origen deberá presentar el Certificado. Cabe destacar que quedarán exceptuadas de esta solicitud aquellas unidades productivas de origen con estatus libre de brucelosis vigente.
Para realizar el procedimiento, la toma de muestra serológica debe ser realizada por un veterinario acreditado en brucelosis bovina y luego remitidas a un laboratorio privado de la red oficial para su diagnóstico. Posteriormente, la carga de los resultados en el SIGSA puede realizarse por autogestión a través del veterinario acreditado.
















