Se dispuso la obligatoriedad de presentar el certificado de vacunación al día para tramitar o renovar tanto el DNI como el pasaporte, la licencia de conducir, la residencia y también el certificado prenupcial.
El Senado de la Nación aprobó una ley de vacunas que marca, entre otros aspectos, la obligatoriedad de presentar el certificado de vacunación al día para tramitar o renovar tanto el DNI como el pasaporte, la licencia de conducir, la residencia y también el certificado prenupcial.
La iniciativa impulsada por el diputado Pablo Yedlin reescribe la ley 22.909. El autor, médico pediatra, destacó que «por ley desde ahora todas las vacunas del calendario nacional son gratuitas. Además, la iniciativa establece que el Ministerio de Salud es responsable de la compra de las vacunas».
El diputado justicialista sostuvo además que «las vacunas están empezando a ser víctimas de su propio éxito, ya que al desaparecer enfermedades, mucha gente creyó que no era necesario vacunarse y hoy asistimos a la vuelta de patologías que habían sido controladas por las vacunas».
Sobre el punto que más polémica despierta la nueva norma y que tiene que ver con que se establece que para trámites como renovación del DNI, pasaporte o licencia de conducir, entre otros, «se solicitará a la persona el certificado de vacunas», Yedlin subrayó que «ninguno de estos trámites puede ser obstruido porque falten las vacunas pero sí va a ser exigido el carnet, y el Ministerio de Salud de la jurisdicción a la que la persona pertenezca va a ser notificado de los ciudadanos a quienes le faltan las vacunas».
El calendario de vacunas en adultos sanos indica la vacuna contra la hepatitis B, que consta de tres dosis, y la doble adultos, que protege contra difteria y tétanos cada diez años. Además, los nacidos después de 1965 deben recibir dos dosis de la triple viral contra sarampión y rubeola después del año de edad y todos los mayores de 65 deberán recibir, cada 10 años, la antineumocócica y todos los años la antigripal.
Consultada sobre qué ocurriría en el caso de que una persona tenga dada la vacuna pero no encuentre el certificado, la médica infectóloga Carla Vizzotti, presidente de la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemiología aseguró que «tanto si alguien se dio una vacuna y no tiene el carnet como si no recuerda habérsela dado, no hay contraindicación en volverla a aplicar». «Vacuna que no esté en el carnet se aplica de nuevo», remarcó Vizzotti, quien insistió en que «el espíritu de la ley no es perseguir ni multar sino contemplar que la gran mayoría de la población que adhiere a las vacunas pueda tener acceso».