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Carne: frenarán exportaciones a frigoríficos que no cumplan acuerdos de precios

El Ministerio de Agricultura “observará” aprobaciones para vender al exterior cuando la Secretaría de Comercio Interior informe incumplimientos por parte de las empresas que tienen convenios para el mercado local.

“Acabo de terminar la reunión con el Consorcio ABC. Les informé que quienes no cumplan con los compromisos asumidos con las y los argentinos, no podrán continuar exportando carne”, dijo en marzo pasado el ministro de Agricultura, Julián Domínguez, tras un encuentro con esa cámara de exportadores de carne.

Según la resolución conjunta 4 del Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Desarrollo Productivo, conocida hoy en el Boletín Oficial, la cartera agrícola podrá frenar cualquier exportación de carne hasta tanto la Secretaría de Comercio Interior informe que se cumplió con los compromisos con el Gobierno en materia de acuerdos por abastecimiento y precios.

En abril de 2021, una normativa conjunta de ambos Ministerios creó las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC). Desde un comienzo, las entidades del campo advirtieron que ese mecanismo iba a servir para eventualmente controlar las ventas al exterior.

La resolución de hoy señala que “la Secretaría de Comercio Interior informará a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario los incumplimientos, en el marco de su competencia, a los acuerdos de precios y/o normativa aplicable a la industria de carne vacuna concretados por parte de los sujetos obligados en los términos del Artículo 1º de la citada Resolución Conjunta Nº RESFC-2021-3-APN-MAGYP [es la norma que creó las DJEC]”.

Luego añade: “La Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario observará las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC) según lo informado por la referida Secretaría de Comercio Interior hasta que ésta informe que los sujetos obligados hayan cumplido con el régimen aplicable”.

Según habían dicho en Agricultura en marzo pasado, sobre un compromiso de 6000 toneladas por mes de abastecimiento de los exportadores al mercado interno, “en febrero cumplieron con 2500 toneladas, el 40%”.

“El conflicto bélico en la región del Mar Negro (Ucrania-Federación Rusa) añade mayores riesgos a la seguridad alimentaria ya que afecta de forma significativa el abastecimiento global de productos alimentarios y genera alzas en los precios internacionales”, dice la normativa. Señala que el índice de precios de la carne de la FAO registró un promedio de 112,8 puntos, “esto es un 1,1 % más que el mes anterior y un 15,3% por encima de febrero 2021″. Añade que “en febrero las cotizaciones internacionales de la carne bovina alcanzaron un nuevo récord, impulsadas por una fuerte demanda mundial de importaciones”.

Luego de que en marzo pasado los frigoríficos exportadores intentaran bajarse de Cortes Cuidados, ayer Comercio Interior informó la renovación de ese programa con siete cortes que se encuentran en supermercados.

Según indicó, para la nueva etapa, que se extenderá hasta el 7 de julio, “los valores de los cortes serán (por kilo): asado $679, vacío $815, matambre $810, falda $449, tapa de asado $679, nalga $859 y paleta $699. En este caso, los cortes tienen una pauta promedio de aumento del 2,8% para el primer mes. Además, el asado y la falda mantienen el mismo precio que en la fase anterior”.

La Nación

Uribarri presentó la renuncia como embajador tras ser condenado a 8 años de prisión efectiva por corrupción

En su cuenta de Twitter, Sergio Uribarri puso la renuncia a disposición del presidente Alberto Fernández.

El exgobernador Sergio Urribarri hizo un posteo en las redes sociales, minutos después de haber sido condenado a 8 años cárcel por peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en el marco de un juicio por cinco causas de corrupción desarrollado en los Tribunales de Paraná.

El actual embajador argentino en Israel y Chipre consideró el fallo una «aberración jurídica» construido «en base a creencias y prejuicios». Calificó la actitud del Tribunal como «corporativa» y aseguró: «Jamás vamos a renunciar a la verdad.Nunca me voy a someter a la operatoria de amedrentamiento y disciplinamiento de la política. Hagan lo que hagan y pase lo que pase, nunca voy a dejar de hacer política».

El ex gobernador, su ex ministro de Comunicación y el cuñado de Urribarri, recibieron penas de prisión efectiva. Hay otros cinco condenados en el extenso proceso por delitos contra la administración pública. Detalle de las penas.

El Tribunal integrado por José María Chemez, Elvio Garzón y Carolina Castagno, dio a conocer la sentencia del llamado “Megajuicio” por delitos contra la administración pública que tenía como acusado al exgobernador Sergio Urribarri y otros 12 imputados, entre ellos, ex funcionarios, profesionales, empresarios y particulares.

En el principio de la extensa audiencia, el tribunal dedicó varias horas para explicar y fundamentar la admisión de pruebas que fueron duramente cuestionadas por la defensa y que resultaban claves en el juicio. Sin embargo, en el inicio de la audiencia, el presidente del tribunal, juez José María Chemez, señaló que se llegó a la sentencia de forma “unánime” .

Casi toda la mañana, el presidente del tribunal utilizó para explayarse “sobre los pedidos de exclusiones probatorias y la exclusión del pedido de juicio a prueba a favor del imputado Buffa en subsidio del pedido absolutorio”, sostuvo.
“La segunda cuestión es está acreditada la materialidad de los hechos y su autoría; la tercera, en su caso, si los imputados son penalmente responsables y qué calificación legal les corresponde; y por último, en caso de que sea afirmativa la tercera cuestión, qué sanción debe imponérseles y las costas”, explicó Chemez.

Aclaración del tribunal

Una cuestión que llamó la atención, fue una aclaración que realizó el tribunal sobre las cuestiones juzgadas en el Megajuicio. Al respecto, Chemez señaló que, en este proceso, “debe quedar absolutamente claro, no ha sido objeto de juzgamiento por parte de este tribunal, ni ha sometido a su conocimiento, la evaluación de una gestión de gobierno, ni la conveniencia, oportunidad o mérito de los actos de ese gobierno; ni menos aún, se juzga la ideología, la identificación partidaria, o el pensamiento político del gobierno que ejerció Sergio Urribarri, como tampoco la legitimidad de las aspiraciones políticas del exgobernador”, aclaró el magistrado.

La tarea de este tribunal de juicio se circunscribe estrictamente, a la valoración de la regla de la sana crítica racional en las pruebas admitidas válidamente al proceso en relación a los cinco hechos concretos descriptos en las imputaciones formuladas por la fiscalía y sobre, las cuales, ha alegado extensamente, los representantes del Ministerio público Fiscal y las respectivas defensas técnicas”, sostuvo Chemez cuando transitaba su cuarta hora de lectura.

Primer legajo: “cartelería” o “causa de la vaca”

Carátula: “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Aguilera, Juan Pablo; Cargnel, Corina Elizabeht; Montañana, Hugo; Tamay, Gustavo; Almada, Luciana; Giacopuzzi, Emiliano; Almada, Alejandro; Sena, Maximiliano. S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la Administración Pública”.
En la extensa jornada de este jueves, que se prolongó por más de 13 horas y tuvo varios cuartos intermedios, se dio a conocer el veredicto y el tribunal entendió que en el primer legajo que conforma el Megajuicio, la de la “cartelería” o denominada como “causa de la vaca”, casi todos los imputados fueron responsable de los delitos imputados.

El Presidente del Tribunal, José María Chémez convalidó los argumentos de la fiscalía, y entendió que el tribunal, llegó a la conclusión de certeza, que se organizó un sistema irregular para defraudar al Estado con distintas maniobras.
En la “causa de la vaca o de cartelería”, donde se difundió la precandidatura a Presidente de Sergio Urribarri, quedó acreditado para los jueces, que hubo hechos delictivos por parte de todos los acusados, a excepción de dos personas: Maximiliano Sena y Alejandro Almada.

Se probó que Aguilera era el titular

Durante el análisis del primer legajo, el tribunal sostuvo que quedó probado que el actual empleado del Senado, Juan Pablo Aguilera, es el verdadero dueño de las empresas Tep SRL y Next SRL, y que los empresarios Maximiliano Sena y Emiliano Giacopuzzi son meros “testaferros”, señalaron al sostener la imputación de la Fiscalía en los alegatos de apertura y de clausura.

Es indudable que Aguilera ya se dedicaba a la publicidad con la empresa Cinco Tipos. En 2009 creó estas dos empresas, Tep SRL y Next SRL, para monopolizar las contrataciones de publicidad en vía pública del Gobierno, manteniéndose como socio oculto. Las dos personas que aparecen como dueños (Emiliano Giacopuzzi y Maximiliano Sena) no son los verdaderos dueños, sino socios aparentes. Popularmente se conoce como prestanombre o testaferro”, resaltó el presidente del tribunal.

Las pruebas respecto de esa relación surgen de los mensajes y elementos contenidos en el disco rígido secuestrado en el allanamiento a Tep y Next ordenado por la Justicia en 2016, elemento que la defensa había pedido que se excluya y que el tribunal decidió confirmar como incorporado a la causa.
La inclusión de su esposa, Luciana Almada, y su cuñado, Alejandro Almada, en las sociedades, tenía el objetivo de tener “un mejor control”, sostuvo el tribunal.

Dos absoluciones

Entendemos que el daño al erario público, asciende a la suma de más de 12,1 millones de pesos”, dijo Chemez sobre el primer legajo y agregó que “como conclusión, el tribunal entiende que tal cual fueron imputados los hechos, han sido suficientemente acreditados por la Fiscalía por la prueba producida en el debate e incorporada válidamente”, dijo el magistrado y agregó: “entendemos acreditados los hechos atribuidos a Urribarri, Báez, Aguilera, Cargnel, Giacopuzzi, Luciana Almada y Tamay, conforme le fueron atribuidos”, confirmó Chemez.

Por otra parte, mencionó que “es distinta la resolución a la que se ha llegado con respecto a los imputados Senna y Alejandro Almada, por cuanto, si bien, se ha demostrado en este proceso, actuaron como testaferros en la formación de Next SRL, dicha empresa no recibió contratos de publicidad del Estado provincial, por lo que la descripción del hecho como fue realizada, no nos alcanza y por lo tanto, vamos a dictar la absolución de los dos imputados”, afirmó Chemez al concluir el adelanto de la causa de “Cartelería” .

Segundo legajo: publicidades

Carátula: “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Buffa, Germán Esteban. S/Negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública”.

El segundo legajo del megajuicio es el conocido como “Global Means”, a partir del cual se investigó la adjudicación de publicidad en 18 medios gráficos del país a una empresa que, cuando recibió el beneficio, no estaba constituida como tal y tampoco aparecía en el registro de proveedores del Estado.
Esta tarde, pasadas las 17, el presidente de Tribunal describió los hechos que quedaron demostrados en el segundo legajo y entre los conceptos más importantes, señalaron:

“Obran las reiteradas oportunidades en las que Báez y Urribarri, seleccionaron a Buffa como proveedor del Ministerio de cultura y comunicación, ya sea a título personal o a nombre de empresas vinculadas a él como Nueva contacto SA, Global Means SA, Sociedad Anónima Entre Ríos; al que le adjudicaron sumas millonarias de dinero tal como surge del informe realizado por el contador Héctor Enrique. En efecto, de la facturación de Global Means SA surge la prestación de numerosos servicios de publicidad a organismos de la provincia, lo que también consta en los balances presentados por la firma en la entidad bancaria donde tenía radicada su cuenta”, indicó Chemez.

Categórico

Asimismo, el juez mencionó como otro elemento del cuerpo cargoso, “la autorización de un auto perteneciente a la firma Global Means SA, para la esposa e hijo de Báez y lo que prueba que el vínculo entre Báez y Buffa perduró en el tiempo”, resaltó.

En definitiva, el amplio conjunto probatorio mensurado es categórico para arribar al juicio de certeza en la materialidad del hecho traído a juicio, como la participación atribuida a los encartados en la causa, cuyas acciones defensivas no alcanzan a conmover la convicción alcanzada, toda vez que ha quedado demostrado que los enjuiciados Urribarri y Báez, interesaron en la contratación de la firma Global Means SA., en vías de obtener un beneficio para el presidente de la misma, Germán Buffa, estrechamente vinculado a Báez”, remarcó.

Tercer legajo: posicionamiento

Carátula: “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Tórtul, Gustavo Javier; Céspedes, Hugo Félix; Aguilera, Juan Pablo; Cargnel, Corina Elizabeth; Marsó, Hugo José María; Caruso, Gerardo Daniel. S/Peculado y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

En el proceso, se ventiló también el legajo conocido como “sueño entrerriano” que acumula tres expedientes: la causa Solicitada contra los Fondos Buitre; la de Cumbre del Mercosur y Parador Playero en Mar del Plata. En este caso la hipótesis acusatoria sostuvo que a través de gastos del Gobierno de Entre Ríos se financió la campaña presidencial del exgobernador Urribarri.

Solicitada

En referencia a las contrataciones de la solicitada, el tribunal sostuvo que “Urribarri tenía la aspiración de acceder al máximo cargo de la república y conocía el contenido de la solicitada”, resaltó.
Ha quedado suficientemente claro cuál era el objeto de la solicitada, conforme lo entiende y lo ha expuesto el tribunal”, leyó Chemez y aseguró que “en la misma, no se publicita ningún acto del Gobierno de Entre Ríos”.

Además, mencionó que la misma “costó más de cuatro millones de pesos, la cual pretendió ser camuflada bajo el ropaje de la defensa del interés nacional. Además, resulta muy dificultoso conseguir por fuera del Estado la suma que costó la solicitada, ya sea por dinero propio de Urribarri, de Báez, del partido político o de un particular. Por lo cual, lo que decidieron realizar, fue echar mano a los fondos que administraban y de los que disponían en aquel entonces como Gobernador y Ministro de Comunicación, respectivamente, para poder posicionar así a Urribarri”, esgrimió el tribunal.

Fondos públicos

Utilizaron fondos públicos para un interés netamente particular, disfrazado de un acto de Gobierno. En tal sentido, surge así acreditada la autoría de los imputados en el ilícito atribuido. Ha resultado y ha quedado demostrado con el grado de certeza que estos procesos de contratación, se llevaron a cabo, únicamente por la decisión de dos personas: Sergio Urribarri y Pedro Báez, quienes, en soledad, decidieron a quiénes iban a direccionar estas contrataciones sin ningún otro tipo de funcionario que intervenga en esta fase previa, es decir, con qué medios periodísticos iban a hacer las publicaciones. Únicamente, firmando las órdenes de publicidad, las cuales fueron abonadas en su integridad conforme surge de la documental presentada”, explicó Chemez.

Cumbre del Mercosur

Sobre la causa que forma parte del tercer legajo y se conoce como el apartado de la “Cumbre del Mercosur” el tribunal señaló que “lo expuesto comprueba de modo acabado, el contacto directo que tenía Urribarri, los funcionarios cercanos a él, y sus familiares, con los empresarios encargados de la difusión de los spots publicitarios”, indicó Chemez.

Asimismo, sostuvo que “se demuestra de modo inequívoco que tiempo antes de iniciarse el proceso de contratación en el marco de la organización de la Cumbre del Mercosur, se había dado inicio a la negociación con la empresa, a la cual finalmente, se le adjudicó la contratación por decreto, probándose un claro direccionamiento en la contratación, como así también, permite vislumbrar cuál era su real finalidad: posicionar la imagen de Urribarri a nivel nacional, en vista a las precandidaturas a presidente de la Nación en las elecciones generales de 2015”, afirmó Chemez.

Contactos previos

En tanto, sostuvo que “se demostró que Urribarri, previo al inicio del proceso de contratación, fue el primero que se comunicó con la empresa (Nelly Entertainment SA) en junio y agosto de 2014. También se probó las comunicaciones que mantuvo Aguilera con las empresas, nada menos, que el encargado de la comprobada campaña de posicionamiento de la imagen de Urribarri a nivel nacional y por lo tanto, ambos especialmente, interesados en que se difunda la imagen del mismo, en todo el país, demostrándose así, el particular interés que tenían en la contratación, un interés de carácter extraadministrativo que fue volcado en un negocio jurídico, en miras de un beneficio propio que colisiona con el rol de funcionario público que ostentaba”, describió el juez.

En definitiva se conduce a probar que el gasto más de 28 millones de pesos fue apartado de las erogaciones designadas para la organización de la Cumbre del Mercosur”, mencionó y agregó que las pruebas “alcanzan para arribar al juicio de certeza respecto de la materialidad de los hechos traídos a juicio como la participación atribuidas a los imputados Urribarri y Báez, cuya versión defensiva no alcanzan a conmover la convicción alcanzada”, dijo.

Al respecto sostuvo que “ha quedado suficientemente demostrado que se apartaron más de 28 millones de pesos de la partida presupuestaria asignada para la organización de la Cumbre del Mercosur, cuya disposición y administración ostentaban en su carácter de Gobernador y Ministro, la que se destinó a la difusión de cuatro spots publicitarios cuyo único propósito fue posicionar la imagen de Urribarri a nivel nacional, en vista a las precandidaturas a presidente. Un claro fin ajeno a la administración pública, direccionando los funcionarios, la contratación a la empresa Nelly Entertainment SA”, sostuvo.

Dos absoluciones

Distinta es la conclusión a la que corresponde arribar en base a la prueba reunida en relación a los imputados Hugo Félix Céspedes y Gustavo Javier Tortul”, indicó Chemez y agregó que “si bien, durante el proceso se produjo el deceso de Hugo Félix Céspedes, que habilitaría su absolución por la extinción de la acción penal, lo cierto es que le asiste razón a la defensa, cuando sostiene que la prueba no acredita su intervención y tampoco la de Tortul en los hechos”, aclaró el juez.

Según el tribunal, en sus funciones, Céspedes adoptó las medidas que correspondían y se encuadran sus acciones en el marco de las disposiciones legales provinciales. “No se observa que los imputados Céspedes y Tortul, hayan tenido participación en el direccionamiento de la contratación con Nelly Entertainment SA”, remarcó el juez y concluyó que por tal motivo, “se dicta la absolución lisa y llana de los mismos (Céspedes y Tortul)”, subrayó el magistrado.

Causa Parador Playero en Mar del Plata

Por otra parte, en cuanto a las gestiones para la instalación Parador de verano en Mar del Plata, el tribunal consideró que surgen elementos que dan cuenta de la parcialidad de los funcionarios en el interés del direccionamiento de la contratación, como las comunicaciones entre Urribarri y el celular de Caruso antes de la misma, y las cuales, se cortan luego de pasado el verano.
“Surgen llamadas realizadas antes de la adjudicación de la licitación por la instalación del parador”, sostuvo el tribunal y agregó que “pese a que Caruso afirmó que se comunicaba habitualmente con Urribarri por cuestiones de fútbol, se pudo comprobar que antes de octubre de 2014 no existían llamadas entre Caruso y Urribarri”.

Está claro el direccionamiento de la contratación en un proceso de licitación que evidentemente fue fraudulento”, remarcó Chemez y sostuvo que “los testigos ratificaron la documental aportada y se prueba que se hizo el trámite administrativo solo para darle una aparente legalidad”.

“Hubo lo que comunmentemente se denomina retornos y esto se hizo en función de…

“Entendemos que el hecho, como lo expuso la Fiscalía, se ha probado en todos sus extremos en el direccionamiento de la contratación hacia Caruso y esto se prueba en los contactos previos”, dijo Chemez y aclaró que “no comparten lo esgrimido por la Fiscalía en contra de Marsó y no constituye un juicio de certeza sobre la actuación del ex ministro”, dijo.
“Marsó no ha tenido conocimiento del origen espurio de esta contratación”, resaltó el juez y confirmó que “hemos resuelto la absolución del imputado”.

El detalle de las condenas:

Sergio Urribarri, exgobernador: 8 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por ser culpable de delito de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles. Delito de negociaciones incompatibles . Delito de peculado -un hecho: causa solicitada-. En total cinco hechos que concurren de manera real.

Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación: 6 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por ser culpable del delito peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles. Delito de negociaciones incompatibles. Peculado -un hecho. En total cuatro hechos que concurren en forma real.

Juan Pablo Aguilera, funcionario del Senado provincial: 6 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por ser partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles -dos hechos-, negociaciones incompatibles (imprenta y parador), que concurren realmente.

Corina Cargnel, contadora de Formato Urbano: 3 años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua por ser partícipe necesaria de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal -dos hechos-, causa imprentas y parador que concurren realmente.

Gustavo Tamay, empleado del Gobierno provincial: 3 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por ser partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles -un hecho, causa imprentas-.

Luciana Almada, acusada como socia testaferro: 2 años y 6 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua como partícipe secundaria de peculado y negociaciones incompatibles –un hecho-, causa imprentas.

Emiliano Giacopuzzi, acusado como testaferro de Aguilera: 2 años y 6 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua tras ser acusado como partícipe secundario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal -un hecho-, causa imprentas.

Germán Buffa, empresario: 1 año y 2 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua. Era acusado de partícipe necesario por peculado y negociaciones incompatibles –un hecho, causa Global Means-.

Gerardo Caruso, empresario: 3 años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua por ser partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal -un hecho, causa parador-.

Conductas: Además, se establecen como regla de conducta para los imputados Cargnel, Tamay, Luciana Almada, Giacopuzzi, Buffa y Caruso, la fijación de domicilio por el término de dos años y que no podrán variar sin autorización y la realización de tareas no remunerativas por 8 horas mensuales en lugar a determinar por el STJ.

Maximiliano Romeo Sena, acusado como testaferro: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado de partícipe secundario de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal –un hecho, causa imprentas-.

Alejandro Almada, acusado como testaferro: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como partícipe secundario de peculado y negociaciones incompatibles –un hecho, causa imprentas-.

Hugo Céspedes (fallecido): Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como partícipe secundario de peculado y negociaciones incompatibles.

Gustavo Tórtul, coordinador de la Unidad Operativa Cumbre del Mercosur: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal –un hecho, causa spots de Mercosur-.

Hugo Marsó, exministro de Turismo: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como autor de negociaciones incompatibles y peculado -un hecho, causa parador-.

Embargos: se mantienen las medidas cautelares y mantener los embargos.

AMPLIAREMOS

Detalles del Megajuicio

El llamado “Megajuicio” por delitos contra la administración pública, comenzó a fines de septiembre de 2021, se extendió por medio centenar de audiencias en los Tribunales de la capital entrerriana y vio pasar por su estrado a casi 150 testigos. Trabajaron en el proceso, los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull. Una vez iniciado, fue suspendida en su cargo la procuradora Adjunta y fiscal Anticorrupción de la provincia, Cecilia Goyeneche, quien fue apartada por supuestas irregularidades, cuando quedó envuelta en un Jury desprendido de otra causa, la de las “contrataciones ficticias» en la Legislatura y promovido por algunos de los letrados que intervienen en el Megajuicio.

Intervinieron a su vez 10 abogados defensores de un total de 13 imputados. Los profesionales cerraron a mediados del mes pasado su ronda de alegatos y pedidos de absoluciones a sus defendidos, con fuertes críticas a la investigación fiscal. También los acusados tuvieron su turno de hablar ante el Tribunal, el 22 de marzo, en la última audiencia previa al dictado de sentencia de este jueves.

Fuente: Elonce

Condenaron a Urribarri, Báez y Aguilera: detalle de la sentencia del Megajuicio

El ex gobernador, su ex ministro de Comunicación y el cuñado de Urribarri, recibieron penas de prisión efectiva. Hay otros cinco condenados en el extenso proceso por delitos contra la administración pública. Detalle de las penas.

El Tribunal integrado por José María Chemez, Elvio Garzón y Carolina Castagno, dio a conocer la sentencia del llamado “Megajuicio” por delitos contra la administración pública que tenía como acusado al exgobernador Sergio Urribarri y otros 12 imputados, entre ellos, ex funcionarios, profesionales, empresarios y particulares.

En el principio de la extensa audiencia, el tribunal dedicó varias horas para explicar y fundamentar la admisión de pruebas que fueron duramente cuestionadas por la defensa y que resultaban claves en el juicio. Sin embargo, en el inicio de la audiencia, el presidente del tribunal, juez José María Chemez, señaló que se llegó a la sentencia de forma “unánime” .

Casi toda la mañana, el presidente del tribunal utilizó para explayarse “sobre los pedidos de exclusiones probatorias y la exclusión del pedido de juicio a prueba a favor del imputado Buffa en subsidio del pedido absolutorio”, sostuvo.
“La segunda cuestión es está acreditada la materialidad de los hechos y su autoría; la tercera, en su caso, si los imputados son penalmente responsables y qué calificación legal les corresponde; y por último, en caso de que sea afirmativa la tercera cuestión, qué sanción debe imponérseles y las costas”, explicó Chemez.

Aclaración del tribunal

Una cuestión que llamó la atención, fue una aclaración que realizó el tribunal sobre las cuestiones juzgadas en el Megajuicio. Al respecto, Chemez señaló que, en este proceso, “debe quedar absolutamente claro, no ha sido objeto de juzgamiento por parte de este tribunal, ni ha sometido a su conocimiento, la evaluación de una gestión de gobierno, ni la conveniencia, oportunidad o mérito de los actos de ese gobierno; ni menos aún, se juzga la ideología, la identificación partidaria, o el pensamiento político del gobierno que ejerció Sergio Urribarri, como tampoco la legitimidad de las aspiraciones políticas del exgobernador”, aclaró el magistrado.

La tarea de este tribunal de juicio se circunscribe estrictamente, a la valoración de la regla de la sana crítica racional en las pruebas admitidas válidamente al proceso en relación a los cinco hechos concretos descriptos en las imputaciones formuladas por la fiscalía y sobre, las cuales, ha alegado extensamente, los representantes del Ministerio público Fiscal y las respectivas defensas técnicas”, sostuvo Chemez cuando transitaba su cuarta hora de lectura.

Primer legajo: “cartelería” o “causa de la vaca”

Carátula: “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Aguilera, Juan Pablo; Cargnel, Corina Elizabeht; Montañana, Hugo; Tamay, Gustavo; Almada, Luciana; Giacopuzzi, Emiliano; Almada, Alejandro; Sena, Maximiliano. S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la Administración Pública”.
En la extensa jornada de este jueves, que se prolongó por más de 13 horas y tuvo varios cuartos intermedios, se dio a conocer el veredicto y el tribunal entendió que en el primer legajo que conforma el Megajuicio, la de la “cartelería” o denominada como “causa de la vaca”, casi todos los imputados fueron responsable de los delitos imputados.

El Presidente del Tribunal, José María Chémez convalidó los argumentos de la fiscalía, y entendió que el tribunal, llegó a la conclusión de certeza, que se organizó un sistema irregular para defraudar al Estado con distintas maniobras.
En la “causa de la vaca o de cartelería”, donde se difundió la precandidatura a Presidente de Sergio Urribarri, quedó acreditado para los jueces, que hubo hechos delictivos por parte de todos los acusados, a excepción de dos personas: Maximiliano Sena y Alejandro Almada.

Se probó que Aguilera era el titular

Durante el análisis del primer legajo, el tribunal sostuvo que quedó probado que el actual empleado del Senado, Juan Pablo Aguilera, es el verdadero dueño de las empresas Tep SRL y Next SRL, y que los empresarios Maximiliano Sena y Emiliano Giacopuzzi son meros “testaferros”, señalaron al sostener la imputación de la Fiscalía en los alegatos de apertura y de clausura.

Es indudable que Aguilera ya se dedicaba a la publicidad con la empresa Cinco Tipos. En 2009 creó estas dos empresas, Tep SRL y Next SRL, para monopolizar las contrataciones de publicidad en vía pública del Gobierno, manteniéndose como socio oculto. Las dos personas que aparecen como dueños (Emiliano Giacopuzzi y Maximiliano Sena) no son los verdaderos dueños, sino socios aparentes. Popularmente se conoce como prestanombre o testaferro”, resaltó el presidente del tribunal.

Las pruebas respecto de esa relación surgen de los mensajes y elementos contenidos en el disco rígido secuestrado en el allanamiento a Tep y Next ordenado por la Justicia en 2016, elemento que la defensa había pedido que se excluya y que el tribunal decidió confirmar como incorporado a la causa.
La inclusión de su esposa, Luciana Almada, y su cuñado, Alejandro Almada, en las sociedades, tenía el objetivo de tener “un mejor control”, sostuvo el tribunal.

Dos absoluciones

Entendemos que el daño al erario público, asciende a la suma de más de 12,1 millones de pesos”, dijo Chemez sobre el primer legajo y agregó que “como conclusión, el tribunal entiende que tal cual fueron imputados los hechos, han sido suficientemente acreditados por la Fiscalía por la prueba producida en el debate e incorporada válidamente”, dijo el magistrado y agregó: “entendemos acreditados los hechos atribuidos a Urribarri, Báez, Aguilera, Cargnel, Giacopuzzi, Luciana Almada y Tamay, conforme le fueron atribuidos”, confirmó Chemez.

Por otra parte, mencionó que “es distinta la resolución a la que se ha llegado con respecto a los imputados Senna y Alejandro Almada, por cuanto, si bien, se ha demostrado en este proceso, actuaron como testaferros en la formación de Next SRL, dicha empresa no recibió contratos de publicidad del Estado provincial, por lo que la descripción del hecho como fue realizada, no nos alcanza y por lo tanto, vamos a dictar la absolución de los dos imputados”, afirmó Chemez al concluir el adelanto de la causa de “Cartelería” .

Segundo legajo: publicidades

Carátula: “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Buffa, Germán Esteban. S/Negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública”.

El segundo legajo del megajuicio es el conocido como “Global Means”, a partir del cual se investigó la adjudicación de publicidad en 18 medios gráficos del país a una empresa que, cuando recibió el beneficio, no estaba constituida como tal y tampoco aparecía en el registro de proveedores del Estado.
Esta tarde, pasadas las 17, el presidente de Tribunal describió los hechos que quedaron demostrados en el segundo legajo y entre los conceptos más importantes, señalaron:

“Obran las reiteradas oportunidades en las que Báez y Urribarri, seleccionaron a Buffa como proveedor del Ministerio de cultura y comunicación, ya sea a título personal o a nombre de empresas vinculadas a él como Nueva contacto SA, Global Means SA, Sociedad Anónima Entre Ríos; al que le adjudicaron sumas millonarias de dinero tal como surge del informe realizado por el contador Héctor Enrique. En efecto, de la facturación de Global Means SA surge la prestación de numerosos servicios de publicidad a organismos de la provincia, lo que también consta en los balances presentados por la firma en la entidad bancaria donde tenía radicada su cuenta”, indicó Chemez.

Categórico

Asimismo, el juez mencionó como otro elemento del cuerpo cargoso, “la autorización de un auto perteneciente a la firma Global Means SA, para la esposa e hijo de Báez y lo que prueba que el vínculo entre Báez y Buffa perduró en el tiempo”, resaltó.

En definitiva, el amplio conjunto probatorio mensurado es categórico para arribar al juicio de certeza en la materialidad del hecho traído a juicio, como la participación atribuida a los encartados en la causa, cuyas acciones defensivas no alcanzan a conmover la convicción alcanzada, toda vez que ha quedado demostrado que los enjuiciados Urribarri y Báez, interesaron en la contratación de la firma Global Means SA., en vías de obtener un beneficio para el presidente de la misma, Germán Buffa, estrechamente vinculado a Báez”, remarcó.

Tercer legajo: posicionamiento

Carátula: “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Tórtul, Gustavo Javier; Céspedes, Hugo Félix; Aguilera, Juan Pablo; Cargnel, Corina Elizabeth; Marsó, Hugo José María; Caruso, Gerardo Daniel. S/Peculado y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

En el proceso, se ventiló también el legajo conocido como “sueño entrerriano” que acumula tres expedientes: la causa Solicitada contra los Fondos Buitre; la de Cumbre del Mercosur y Parador Playero en Mar del Plata. En este caso la hipótesis acusatoria sostuvo que a través de gastos del Gobierno de Entre Ríos se financió la campaña presidencial del exgobernador Urribarri.

Solicitada

En referencia a las contrataciones de la solicitada, el tribunal sostuvo que “Urribarri tenía la aspiración de acceder al máximo cargo de la república y conocía el contenido de la solicitada”, resaltó.
Ha quedado suficientemente claro cuál era el objeto de la solicitada, conforme lo entiende y lo ha expuesto el tribunal”, leyó Chemez y aseguró que “en la misma, no se publicita ningún acto del Gobierno de Entre Ríos”.

Además, mencionó que la misma “costó más de cuatro millones de pesos, la cual pretendió ser camuflada bajo el ropaje de la defensa del interés nacional. Además, resulta muy dificultoso conseguir por fuera del Estado la suma que costó la solicitada, ya sea por dinero propio de Urribarri, de Báez, del partido político o de un particular. Por lo cual, lo que decidieron realizar, fue echar mano a los fondos que administraban y de los que disponían en aquel entonces como Gobernador y Ministro de Comunicación, respectivamente, para poder posicionar así a Urribarri”, esgrimió el tribunal.

Fondos públicos

Utilizaron fondos públicos para un interés netamente particular, disfrazado de un acto de Gobierno. En tal sentido, surge así acreditada la autoría de los imputados en el ilícito atribuido. Ha resultado y ha quedado demostrado con el grado de certeza que estos procesos de contratación, se llevaron a cabo, únicamente por la decisión de dos personas: Sergio Urribarri y Pedro Báez, quienes, en soledad, decidieron a quiénes iban a direccionar estas contrataciones sin ningún otro tipo de funcionario que intervenga en esta fase previa, es decir, con qué medios periodísticos iban a hacer las publicaciones. Únicamente, firmando las órdenes de publicidad, las cuales fueron abonadas en su integridad conforme surge de la documental presentada”, explicó Chemez.

Cumbre del Mercosur

Sobre la causa que forma parte del tercer legajo y se conoce como el apartado de la “Cumbre del Mercosur” el tribunal señaló que “lo expuesto comprueba de modo acabado, el contacto directo que tenía Urribarri, los funcionarios cercanos a él, y sus familiares, con los empresarios encargados de la difusión de los spots publicitarios”, indicó Chemez.

Asimismo, sostuvo que “se demuestra de modo inequívoco que tiempo antes de iniciarse el proceso de contratación en el marco de la organización de la Cumbre del Mercosur, se había dado inicio a la negociación con la empresa, a la cual finalmente, se le adjudicó la contratación por decreto, probándose un claro direccionamiento en la contratación, como así también, permite vislumbrar cuál era su real finalidad: posicionar la imagen de Urribarri a nivel nacional, en vista a las precandidaturas a presidente de la Nación en las elecciones generales de 2015”, afirmó Chemez.

Contactos previos

En tanto, sostuvo que “se demostró que Urribarri, previo al inicio del proceso de contratación, fue el primero que se comunicó con la empresa (Nelly Entertainment SA) en junio y agosto de 2014. También se probó las comunicaciones que mantuvo Aguilera con las empresas, nada menos, que el encargado de la comprobada campaña de posicionamiento de la imagen de Urribarri a nivel nacional y por lo tanto, ambos especialmente, interesados en que se difunda la imagen del mismo, en todo el país, demostrándose así, el particular interés que tenían en la contratación, un interés de carácter extraadministrativo que fue volcado en un negocio jurídico, en miras de un beneficio propio que colisiona con el rol de funcionario público que ostentaba”, describió el juez.

En definitiva se conduce a probar que el gasto más de 28 millones de pesos fue apartado de las erogaciones designadas para la organización de la Cumbre del Mercosur”, mencionó y agregó que las pruebas “alcanzan para arribar al juicio de certeza respecto de la materialidad de los hechos traídos a juicio como la participación atribuidas a los imputados Urribarri y Báez, cuya versión defensiva no alcanzan a conmover la convicción alcanzada”, dijo.

Al respecto sostuvo que “ha quedado suficientemente demostrado que se apartaron más de 28 millones de pesos de la partida presupuestaria asignada para la organización de la Cumbre del Mercosur, cuya disposición y administración ostentaban en su carácter de Gobernador y Ministro, la que se destinó a la difusión de cuatro spots publicitarios cuyo único propósito fue posicionar la imagen de Urribarri a nivel nacional, en vista a las precandidaturas a presidente. Un claro fin ajeno a la administración pública, direccionando los funcionarios, la contratación a la empresa Nelly Entertainment SA”, sostuvo.

Dos absoluciones

Distinta es la conclusión a la que corresponde arribar en base a la prueba reunida en relación a los imputados Hugo Félix Céspedes y Gustavo Javier Tortul”, indicó Chemez y agregó que “si bien, durante el proceso se produjo el deceso de Hugo Félix Céspedes, que habilitaría su absolución por la extinción de la acción penal, lo cierto es que le asiste razón a la defensa, cuando sostiene que la prueba no acredita su intervención y tampoco la de Tortul en los hechos”, aclaró el juez.

Según el tribunal, en sus funciones, Céspedes adoptó las medidas que correspondían y se encuadran sus acciones en el marco de las disposiciones legales provinciales. “No se observa que los imputados Céspedes y Tortul, hayan tenido participación en el direccionamiento de la contratación con Nelly Entertainment SA”, remarcó el juez y concluyó que por tal motivo, “se dicta la absolución lisa y llana de los mismos (Céspedes y Tortul)”, subrayó el magistrado.

Causa Parador Playero en Mar del Plata

Por otra parte, en cuanto a las gestiones para la instalación Parador de verano en Mar del Plata, el tribunal consideró que surgen elementos que dan cuenta de la parcialidad de los funcionarios en el interés del direccionamiento de la contratación, como las comunicaciones entre Urribarri y el celular de Caruso antes de la misma, y las cuales, se cortan luego de pasado el verano.
“Surgen llamadas realizadas antes de la adjudicación de la licitación por la instalación del parador”, sostuvo el tribunal y agregó que “pese a que Caruso afirmó que se comunicaba habitualmente con Urribarri por cuestiones de fútbol, se pudo comprobar que antes de octubre de 2014 no existían llamadas entre Caruso y Urribarri”.

Está claro el direccionamiento de la contratación en un proceso de licitación que evidentemente fue fraudulento”, remarcó Chemez y sostuvo que “los testigos ratificaron la documental aportada y se prueba que se hizo el trámite administrativo solo para darle una aparente legalidad”.

“Hubo lo que comunmentemente se denomina retornos y esto se hizo en función de…

“Entendemos que el hecho, como lo expuso la Fiscalía, se ha probado en todos sus extremos en el direccionamiento de la contratación hacia Caruso y esto se prueba en los contactos previos”, dijo Chemez y aclaró que “no comparten lo esgrimido por la Fiscalía en contra de Marsó y no constituye un juicio de certeza sobre la actuación del ex ministro”, dijo.
“Marsó no ha tenido conocimiento del origen espurio de esta contratación”, resaltó el juez y confirmó que “hemos resuelto la absolución del imputado”.

El detalle de las condenas:

Sergio Urribarri, exgobernador: 8 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por ser culpable de delito de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles. Delito de negociaciones incompatibles . Delito de peculado -un hecho: causa solicitada-. En total cinco hechos que concurren de manera real.

Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación: 6 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por ser culpable del delito peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles. Delito de negociaciones incompatibles. Peculado -un hecho. En total cuatro hechos que concurren en forma real.

Juan Pablo Aguilera, funcionario del Senado provincial: 6 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua por ser partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles -dos hechos-, negociaciones incompatibles (imprenta y parador), que concurren realmente.

Corina Cargnel, contadora de Formato Urbano: 3 años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua por ser partícipe necesaria de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal -dos hechos-, causa imprentas y parador que concurren realmente.

Gustavo Tamay, empleado del Gobierno provincial: 3 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por ser partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles -un hecho, causa imprentas-.

Luciana Almada, acusada como socia testaferro: 2 años y 6 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua como partícipe secundaria de peculado y negociaciones incompatibles –un hecho-, causa imprentas.

Emiliano Giacopuzzi, acusado como testaferro de Aguilera: 2 años y 6 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua tras ser acusado como partícipe secundario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal -un hecho-, causa imprentas.

Germán Buffa, empresario: 1 año y 2 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua. Era acusado de partícipe necesario por peculado y negociaciones incompatibles –un hecho, causa Global Means-.

Gerardo Caruso, empresario: 3 años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua por ser partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal -un hecho, causa parador-.

Conductas: Además, se establecen como regla de conducta para los imputados Cargnel, Tamay, Luciana Almada, Giacopuzzi, Buffa y Caruso, la fijación de domicilio por el término de dos años y que no podrán variar sin autorización y la realización de tareas no remunerativas por 8 horas mensuales en lugar a determinar por el STJ.

Maximiliano Romeo Sena, acusado como testaferro: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado de partícipe secundario de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal –un hecho, causa imprentas-.

Alejandro Almada, acusado como testaferro: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como partícipe secundario de peculado y negociaciones incompatibles –un hecho, causa imprentas-.

Hugo Céspedes (fallecido): Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como partícipe secundario de peculado y negociaciones incompatibles.

Gustavo Tórtul, coordinador de la Unidad Operativa Cumbre del Mercosur: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como partícipe necesario de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal –un hecho, causa spots de Mercosur-.

Hugo Marsó, exministro de Turismo: Absolución de culpa y cargo tras ser acusado como autor de negociaciones incompatibles y peculado -un hecho, causa parador-.

Embargos: se mantienen las medidas cautelares y mantener los embargos.

AMPLIAREMOS

Detalles del Megajuicio

El llamado “Megajuicio” por delitos contra la administración pública, comenzó a fines de septiembre de 2021, se extendió por medio centenar de audiencias en los Tribunales de la capital entrerriana y vio pasar por su estrado a casi 150 testigos. Trabajaron en el proceso, los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull. Una vez iniciado, fue suspendida en su cargo la procuradora Adjunta y fiscal Anticorrupción de la provincia, Cecilia Goyeneche, quien fue apartada por supuestas irregularidades, cuando quedó envuelta en un Jury desprendido de otra causa, la de las “contrataciones ficticias» en la Legislatura y promovido por algunos de los letrados que intervienen en el Megajuicio.

Intervinieron a su vez 10 abogados defensores de un total de 13 imputados. Los profesionales cerraron a mediados del mes pasado su ronda de alegatos y pedidos de absoluciones a sus defendidos, con fuertes críticas a la investigación fiscal. También los acusados tuvieron su turno de hablar ante el Tribunal, el 22 de marzo, en la última audiencia previa al dictado de sentencia de este jueves.

Fuente: Elonce

AGMER adhirió a la postura de CTERA que rechazó extender la jornada escolar

La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina fijó posición sobre la propuesta del Gobierno de extender el horario escolar. El gremio de AGMER manifestó su adhesión a la postura de rechazar la iniciativa.

La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (Ctera) emitió un comunicado en el que fija posición respecto a la propuesta del Gobierno nacional para que se dicte una hora más de clase por día en las escuelas primarias de todo el país.

La Federación consideró que se trata de una “decisión unilateral del Ministerio de Educación Nacional” y expresó “el rechazo de toda modificación del sistema educativo que vulnere los derechos laborales, implique una sobrecarga en el trabajo docente y no esté orientada hacia la cualificación del sistema educativo”.

Además, exigió una “urgente convocatoria a la Paritaria Nacional Docente para discutir toda reforma que el Gobierno esté pensando y que de una u otra manera afecte los puestos y procesos de trabajo docentes, la organización institucional de las escuelas, las condiciones laborales y los derechos adquiridos”.

También considera “urgente y necesario que la inversión educativa esté prioritariamente destinada a resolver las desigualdades entre las distintas jurisdicciones, garantizando infraestructura, equipamiento, la creación de cargos, formación docente”. De este modo se podrá “avanzar de manera efectiva con lo establecido por la Ley de Educación Nacional respecto a la jornada completa y extendida, y de esa manera, garantizar una educación de calidad e inclusiva”, remarcó por último.

En tal sentido, desde Agmer informaron que suscribe y comparte la postura expresada por Ctera en ese documento, el cual lleva la firma de la secretaria general, Sonia Alesso; el secretario adjunto, Roberto Baradel, y el secretario de Educación, Miguel Duhalde. (APF)

Renovaron programas con precios cuidados: los valores de carnes y verduras

El gobierno nacional renovó +Precios Cuidados y Cortes Cuidados, al tiempo que lanzó una nueva canasta de productos para comercios de proximidad y otra de frutas y hortalizas a valores de referencia en supermercados.

La Secretaría de Comercio Interior dispuso hoy la renovación dos de los principales programas vigentes, +Precios Cuidados y Cortes Cuidados, al tiempo que lanzó una nueva canasta de productos para comercios de proximidad y otra de frutas y hortalizas a valores de referencia en supermercados.

Destacó que “el Gobierno profundiza de esta forma la política de canastas con precios de referencia para cuidar el bolsillo de las trabajadoras y los trabajadores”.

A partir de hoy comienza a regir la nueva etapa de +Precios Cuidados, el acuerdo anual con más de 150 empresas líderes y pequeñas y medianas (pymes) de consumo masivo, que contempla una canasta amplia y variada con 1.359 productos de calidad, representativos del consumo promedio de las y los argentinos en diversos rubros y categorías.

A eso se suman otros 404 productos que se incorporan a partir de la entrada en vigencia del fideicomiso privado para harina 000 y fideos secos que participen de +Precios Cuidados, cuya creación se publicó en el Boletín Oficial el pasado 5 de marzo, lo que arroja un total de 1.763 productos para esta nueva fase del programa.

En este período, que se extiende hasta el próximo 7 de julio, se acordaron nuevas pautas de revisión que serán del 6,37% promedio para todo el trimestre, y que se implementarán con una corrección mensual promedio del 2,3% hasta el 7 de mayo, 2,23% hasta el 7 de junio y 1,71% en el último mes.

Este programa estructural integra una extensa gama de productos en los rubros almacén, limpieza, librería, perfumería, cuidado e higiene personal, artículos para bebés, mascotas, frescos como lácteos, fiambres, pastas frescas, tapas de empanadas y de tartas, congelados y bebidas.

Están disponibles todos los días de la semana en grandes cadenas de supermercados minoristas y mayoristas como Jumbo, Vea, Disco, Changomás, Coto, Carrefour, Día, Josimar, La Anónima, Libertad, Vital, Cooperativa Obrera, Súper Santiago, Supermercado Himisa, Beltran, Blü, Borbotti, El Solar, El Zorzón, Único, El Abastecedor y Alfa.

Puntos principales de los programas de precios renovados

La Secretaría de Comercio Interior renovó los programas de precios vigentes hasta el 7 de julio próximo, y presentó dos nuevas propuestas, una de frutas y verduras, y otra para comercios de proximidad.

+Precios Cuidados

1.763 productos a precios acordados en todo el país: 1.359 de +Precios Cuidados y 404 del fideicomiso harina 000 y fideos secos

Aumentos del 6,37% promedio para todo el trimestre, repartidos en 2,3% desde ahora, 2,23% a partir del 7 de mayo, y 1,71% desde el 7 de junio.

Rubros: almacén, limpieza, librería, perfumería, cuidado e higiene personal, artículos para bebés, mascotas, frescos, como lácteos, fiambres, pastas frescas, tapas de empanadas y de tartas, congelados y bebidas.

Disponibles todos los días en grandes cadenas de supermercados minoristas y mayoristas.

Cortes Cuidados

Siete cortes de carne a precios acordados para el consumo interno:

Tira de asado $ 679

Vacío $ 815

Matambre $ 810

Falda $ 449

Tapa de asado $ 679

Nalga $ 859

Paleta $ 699

Disponibles de lunes a viernes en más de 1.000 bocas de expendio en todo el país, como cadenas de supermercados minoristas, mayoristas y carnicerías adheridas a las cámaras frigoríficas de la Unión de la Industria Cárnica Argentina (Unica) y ABC.

Canasta complementaria para comercios de proximidad:

60 artículos de consumo masivo en todo el país a partir del lunes 11 de abril.

Incluye artículos de higiene personal, limpieza del hogar, alimentos y bebidas.

Disponible en autoservicios de origen chino, almacenes, supermercados y polirrubros de todo el país.

Canasta de vegetales frescos:

Frutas, verduras y hortalizas para la comercialización en grandes cadenas de supermercados minoristas y mayoristas disponible a partir del lunes 11 de abril.

Esta categoría tendrá renovaciones mensuales con actualizaciones tanto de precios como de productos

Papa (negra) $ 49

Cebolla $ 69

Tomate (redondo) $ 199

Lechuga (criolla o capuchina) $ 160

Manzana (royal gala) $ 180.

Disponibles todos los días, en una primera instancia en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), en los supermercados Día, Walmart, Changomas, Jumbo, Vea, Disco, Coto, Carrefour y Makro.

Dispusieron un aumento del 50 % en la Tarjeta Alimentar: Nuevos montos

El presidente Alberto Fernández y el ministro de Desarrollo Social de la Nación, Juan Zabaleta, anunciaron el aumento del 50% de la Prestación Alimentar, que perciben 2,4 millones titulares y alcanza a 4,1 millones de personas.

El presidente Alberto Fernández y el ministro de Desarrollo Social de la Nación, Juan Zabaleta, anunciaron el aumento del 50% de la Prestación Alimentar, que perciben 2,4 millones titulares y alcanza a 4,1 millones de personas.

El incremento, que se cobrará en los primeros días de mayo, corresponde al pago de abril y se acreditará en las tarjetas del programa.

Los nuevos montos quedarán en 9 mil pesos para las familias con un hijo o hija de hasta catorce años de edad o con discapacidad; 13.500 pesos en el caso de familias que tienen dos hijos o hijas en la misma franja etaria o con discapacidad; 9 mil pesos para quienes perciben la asignación por embarazo; y 18 mil pesos en el caso de familias con tres hijos o más menores de catorce años de edad.

La Tarjeta Alimentar es una iniciativa del gobierno nacional, en el contexto del Plan Argentina contra el Hambre, que, desde enero de 2020, busca garantizar a las familias argentinas el acceso a la canasta básica alimentaria.

El anuncio se dio en el marco de la recorrida del Presidente junto al ministro por el Centro de Desarrollo Productivo «Incuba Brown», ubicado en el municipio bonaerense de Almirante Brown. Allí supervisaron la entrega de instrumental a emprendedores y emprendedoras, dentro del programa nacional “Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”.

Sin un dragado a 34 pies, «es imposible ser competitivos»: reunión tripartita en CARU

Autoridades y representantes de 25 ciudades argentinas, uruguayas y brasileñas, en el ámbito del Comité de Cuenca del Río Uruguay, impulsaron gestiones para unificar el dragado a 34 pies, con el objetivo de potenciar el desarrollo, la producción y la industria de la región.

El encuentro tuvo lugar en la sede de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), ubicada entre Colón y Paysandú, con la participación de representantes de los tres países involucrados, gobiernos provinciales y autoridades nacionales, tanto de forma presencial como virtual.

Encabezado por Omar Lafluf, intendente del departamento Río Negro (Uruguay) y actual presidente del Comité, también dijeron presente el subsecretario de Puertos y Vías Navegables de la Nación, Leonardo Cabrera; el presidente del Instituto Portuario Provincial, Carlos Schepens; el intendente de Concepción del Uruguay, Martín Oliva; y los presidentes de las delegaciones argentina y uruguaya de CARU, José Lauritto y Daniel Ayala, respectivamente.

En ese marco, Lafluf resaltó que “con el gobernador de Entre Ríos nos une una gran amistad y el convencimiento de que debemos desarrollarnos como región, poniendo el bienestar de nuestra gente como prioridad absoluta: desde este comité hoy afirmo que es vital para toda nuestra región contar con un dragado a 34 pies” para los puertos de Concepción del Uruguay, Fray Bentos y Paysandú.

Además, detalló que “para poder crecer y desarrollarnos tenemos muy pocas variables que se puedan tocar para bajar costos. La única alternativa que nos queda para desarrollarnos es ser competitivos en la logística, y sin un dragado a 34 pies es imposible ser competitivos porque los buques que exportan nuestros productos no pueden completar sus bodegas y duplican o triplican los costos para llegar a nuestros puertos y exportar nuestra producción”.

También formaron parte de la mesa: la Corporación para el Desarrollo de Gualeguaychú (Codegu), representados por su presidenta, Estela Miño; más el prefecto naval de la República Oriental del Uruguay, José Luis Elizondo.

 

Desarrollo portuario en Entre Ríos

Por su parte, el presidente del Instituto Portuario de la provincia, Carlos Schepens, sostuvo que “es necesaria la complementariedad de las vías logísticas que necesita toda la región para el crecimiento y el desarrollo de nuestras comunidades”.

La hidrovía del río Uruguay “es complementaria con la del Paraná-Paraguay”, consideró: “Las cargas de la Mesopotamia, Paraguay, Bolivia, Uruguay y el sur de Brasil necesitan y reclaman alternativas de salida al mundo, sobre todo cuando se presentan verdaderos problemas como los que representa, desde hace meses, la bajante del río Paraná”.

Para el titular de los puertos provinciales “Entre Ríos ha demostrado que es posible desarrollar una política portuaria seria y con resultados a la vista”, al precisar lo siguiente: “Ha puesto en marcha el transporte multimodal invirtiendo en sus puertos, reactivando el ferrocarril, sumando infraestructura. Hemos vuelto a sacar más de 60 ultramarinos de nuestros puertos con 2 millones de toneladas exportadas”.

En ese sentido, pidió avanzar para “lograr las condiciones para que toda esta región cuente con el río Uruguay en condiciones de sumar ventajas, para que nuestros productores e industriales cuenten con puertos que les permitan crecer y generar trabajo genuino para nuestras comunidades”.

El intendente de Concepción del Uruguay, Martín Oliva, también sostuvo que “es impensable que una ciudad con puerto no pueda desarrollarse: nuestros productores lo demandan y nuestros pueblos, nuestras comunidades, lo necesitan”. “Si bien parece que hablamos solo de puertos y navegabilidad, en realidad de lo que hablamos es de trabajo para nuestra gente”, señaló.

Y el subsecretario de Puertos y Vías Navegables de la Nación, Leonardo Cabrera, reiteró “el respaldo del ministro de Transporte de la Nación, Alexis Guerrera, con el desarrollo de los puertos de la región. Junto al gobernador Gustavo Bordet se realizó hace pocos meses un aporte de 2 millones de dólares para la compra de una grúa para el puerto de Concepción del Uruguay. El objetivo es seguir sumando infraestructura para que los puertos de toda la Argentina ganen en competitividad y se puedan desarrollar las economías regionales”.

 

Una necesidad

Marcelo Gay Balmáz, presidente del Ente Puerto Concepción del Uruguay, expuso sobre las ventajas para las exportaciones de la región que representa un calado de 34 pies en el puerto de “la histórica” y en las terminales uruguayas de Fray Bentos y Paysandú.

“Los puertos sobre el río Uruguay estamos en riesgo de desaparecer si no nos adaptamos a las necesidades que impone el comercio internacional actual, con buques cada vez más grandes y con una ecuación de costos que hace muy difícil integrar nuestros puertos a las cadenas logísticas de las grandes empresas navieras”.

De acuerdo a esta autoridad portuaria, el desarrollo estratégico para poder seguir operando “depende, absolutamente, de un calado que permita a los buques ingresar, cargar completos y zarpar rumbo a su destino final”.

“Hoy están cargando al 50 ó 60 por ciento de su capacidad y eso los obliga a tocar otros puertos para completar -concluyó-, sumando costos de 80 ó 100 mil dólares por viaje, costos que pagan los productores o industriales y que quita competitividad a la región”.

Escuelas primarias tendrán una hora más de clases por día en todo el país

Las escuelas primarias de jornada simple del país extenderán la jornada diaria de 4 horas a 5 horas. Nación invertirá 18.000 millones de pesos para pagarle a los docentes. Con esta medida se suma 25% más de tiempo escolar.

Las escuelas primarias de jornada simple del país tendrán, este mismo año, una hora más de clase por día. La jornada diaria se extenderá de 4 horas a 5 horas. La propuesta es del Ministerio de Educación nacional y será acordada con las provincias este viernes en la reunión del Consejo Federal de Educación, informó el ministro Jaime Perczyk.

Según explicó el titular de la cartera educativa, cada una de las provincias deberá decidir cómo se implementará esta extensión de la jornada escolar. El Gobierno nacional les transferirá 18.000 millones de pesos para el pago de salarios y serán los mismos gobernadores quienes deberán pagarle con esa inversión a los docentes.

Con esta medida, la Argentina pasará de tener 720 horas de clases por año a 950. Y se suma el equivalente a 38 días más de clase. Tras la aprobación por parte de los ministros provinciales, en cada distrito se deberá armar un grupo de trabajo que deberá definir la forma en que se extenderá la jornada en los colegios.

En el Ministerio de Educación manejan cuatro alternativas posibles: agregar una hora antes en el tuno mañana y una hora después en el turno tarde; agregar media hora antes y media hora después en cada turno; dar clases los sábados y mantener las 4 horas diarias de lunes a viernes; o que cada provincia construya otro diseño de horario que garantice un mínimo de 25 horas de clase semanal.

Desde el Ministerio de Educación afirman que la medida se implementará este mismo año y que ya hay varias provincias que manifestaron que van a avanzar lo más rápido posible. Con respecto al diálogo con gremios docentes, afirmaron que eso se tiene que dar en cada uno de los distritos, de acuerdo a la solución que se encuentre a la extensión de la jornada escolar.

«No es lo mismo agregar una hora en Misiones que en Tierra del Fuego. O en distintas escuelas de cada provincia. Serán las autoridades distritales las que deban encontrar la mejor manera de implementarlo», afirman.

No sólo las escuelas de jornada simple (4 horas diarias) podrán sumar una hora diaria. La iniciativa contempla que, en la medida que se cuenten con los recursos salariales o edilicios, las provincias podrán ampliar una hora de clase a escuelas que ya tengan más. Por ejemplo, escuelas con 6 horas podrían pasar a tener 7. El requisito es que ninguna escuela del país tenga menos de 5 horas de clases por día.

Desde la cartera educativa también afirman que, con esta medida -que suma 25% más de tiempo escolar- se busca reforzar los aprendizajes de Lengua y Matemáticas principalmente. Las evaluaciones muestran que los estudiantes argentinos están estancados en estas áreas. La última prueba de Unesco, por ejemplo, exhibió que los alumnos argentinos están peor que años anteriores y ya rinden menos que el promedio de la región.

De todos modos, será cada provincia la que definirá qué contenidos se darán en la hora extra que se suma por día. “El aumento de horas de clases se suma a la compra de libros y de computadoras para los alumnos. Nos parece un cambio cualitativo”, dijo Perczyk.

«El uso del barbijo se deja librado al autocontrol», dijo el fiscal de Estado

“En principio, ya no sería una obligación exigible a toda la población el uso del barbijo, sino que sería una recomendación, que como su nombre lo indica, es un consejo de seguir adoptando esta regla de conducta», afirmó el fiscal de Estado

En referencia a las nuevas medidas sanitarias para prevenir el coronavirus, el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes, dijo que la provincia “dejó librado al autocontrol el uso de barbijo”.

En cuanto al uso del tapaboca en las escuelas, se adelantó que el Consejo General de Educación (CGE), este martes emitirá una resolución al respecto.

Precisó que sobre el uso del barbijo y sobre las reglas de conducta sanitaria «está vigente en este momento el Decreto 867 de diciembre de 2021 que prorroga la emergencia sanitaria hasta diciembre de 2022. En ese marco, el poder Ejecutivo Nacional continúa disponiendo las medidas de policía sanitaria de emergencia covid 19».

Uso del barbijo

En este marco, el Ministerio de Salud de la Nación, dispuso «básicamente tres decisiones: que continúa recomendando el uso del barbijo, plantea que se elimina la obligatoriedad del distanciamiento social y elimina la obligatoriedad de la aplicación Cuidar para los casos sospechosos».

El fiscal dijo que respecto al punto en discusión que «es el uso o no uso del barbijo, la resolución del Ministerio de Salud utiliza la palabra recomendar, que quiere decir que en principio, ya no sería una obligación exigible a toda la población el uso del barbijo, sino que sería una recomendación, que como su nombre lo indica, es un consejo de seguir adoptando esta regla de conducta».

Comercios

Explicó que “el Ministerio de Salud de la provincia de Entre Ríos, adhiere a la resolución Nº705 que es la resolución Nacional y también utiliza el verbo recomendar”, indicó el fiscal de Estado.

Al respecto, subrayó: «El verbo recomendar no es lo mismo que deberá, pero deja liberada a la situación particular de cada sector, por ejemplo, cada comercio, cada escuela, cada local gastronómico al uso obligatorio si las condiciones del lugar así lo exigen. Es decir, si en el lugar, supongamos, hay una gran aglomeración de gente es correcto que el dueño del local, o, organizador del evento requiera la utilización de barbijos».

Escuelas

Dicho eso, reiteró, “la palabra recomendar tiene un alcance diferente de lo que es la palabra deberá, consecuentemente se deja más librado al auto control, a la responsabilidad individual el uso del barbijo”.

Respecto a las escuelas, «el presidente del Consejo General de Educación dispondrá una medida en concreto para el caso de las escuelas«, sostuvo. Elonce

Tras reunión con funcionarios nacionales, anunciaron la apertura definitiva de los pasos con Uruguay

El titular del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), Enrique Cresto, oficializó en la tarde de este viernes el anuncio de que se abrirán definitivamente los pasos fronterizos. Fue luego de participar de una reunión convocada por el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, con gobernadores y funcionarios de las provincias fronterizas.

Cabe recordar que en los últimos días se difundieron distintos reclamos al respecto. En este sentido, el diputado nacional Pedro Galimberti envió dos notas pidiendo a las autoridades nacionales y provinciales que garanticen el derecho a la “libre circulación” en los tres pasos que unen a Entre Ríos con Uruguay.

“Una buena noticia para Entre Ríos, principalmente por lo que representa para el comercio, el turismo, la producción y los vínculos culturales y familiares. El Gobierno Nacional tomó la decisión de habilitar plenamente el ingreso a Entre Ríos por los pasos fronterizos que nos vinculan con Uruguay”, apuntó el funcionario nacional en Twitter.

Y agregó que “las gestiones que veníamos llevando adelante con el gobernador Gustavo Bordet ante Nación, el buen manejo de la pandemia, las campañas de vacunación en el territorio, la firme determinación del Gobernador de dar solución a esta problemática y la mirada federal de nuestro Gobierno Nacional, contribuyeron a consolidar esta decisión oportuna y necesaria”.

El encuentro, del que Cresto y la ministra de Gobierno Rosario Romero participaron en forma virtual representando a Entre Ríos, fue encabezado por el ministro “Wado” de Pedro, acompañado por el secretario de Interior, José Lepere; la titular de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), Florencia Carignano; el titular de la Unidad Gabinete de Asesores de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Martín Yánez; y el director nacional de Asuntos Técnicos de Fronteras, Adrián López.

Cresto –acompañando las gestiones impulsadas por Bordet en favor de la apertura de fronteras, en su función de articulador institucional en la relación Nación-Provincia– estuvo trabajando estos temas en las últimas semanas con De Pedro y otras autoridades nacionales, planteando en Nación la importancia de esta medida para Entre Ríos, principalmente en cercanías de Semana Santa, que en el vecino Uruguay es uno de los puntos de mayor actividad turística.

Cresto anunció la apertura total de las fronteras a Uruguay
Qué implica la medida

La decisión transmitida por De Pedro en la teleconferencia con los gobernadores de provincias fronterizas, que implica la simplificación de todos los trámites de ingreso, contempla la eliminación de las categorías de “corredores seguros” y, por lo tanto, también de los requisitos de análisis de PCR y de vacunación para ingreso.

La nueva reglamentación, cuya puesta en marcha se hará efectiva a partir de su publicación en el Boletín Oficial, prevé que los puntos de entrada al país habilitados hasta el momento operen bajo las nuevas condiciones establecidas. A la vez, junto a las autoridades provinciales, se realizará una apertura programada y escalonada de los puntos de ingresos no habilitados hasta el momento.

Nuevas condiciones de ingreso a Uruguay

Por su parte, el Ministerio de Salud Pública de Uruguay publicó un decreto que actualiza las condiciones de ingreso al vecino país.

“Resulta necesario y conveniente actualizar el marco normativo, adecuándolo a la evolución de las medidas adoptadas y la evolución de la pandemia que motiva la situación de emergencia nacional sanitaria”, indican en la normativa.

Los requisitos son:

– Utilizar mascarilla facial en las oportunidades de contacto a menos de dos metros de distancia con otras personas, tanto durante el viaje como al arribo al país;

– Disponer de cobertura de salud en Uruguay;

– Dar cumplimiento a las medidas de prevención de contagio que la autoridad sanitaria determine;

– Realizar la declaración jurada referida en el artículo 1 del Decreto N° 195/020 de 15 de julio de 2020;

-Quienes no hayan cursado la enfermedad COVID-19 dentro de los últimos 10 (diez) a 90 (noventa) días previos al embarque o arribo al país y tampoco acrediten haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacunación suministrada contra el virus SARS CoV-2 aprobadas por su país de origen, deberán adicionalmente acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 (por técnica de biología molecular PCR-RT, antígenos o técnicas de diagnóstico que fueran aprobadas por el Ministerio de Salud Pública), realizado no más de 72 horas antes del inicio del viaje. Quedan exceptuados los menores de seis años de edad.

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