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Prorrogan el programa «Ahora 12» y aumentan la financiación hasta 30 meses

El Gobierno apunta a impulsar el consumo, y tendría una apertura de hasta 24 ó 30 cuotas para compras de artículos como cocinas, heladeras, lavarropas, y lavavajillas, pero la tasa de interés se elevaría de 25 a 29% anual.

Con el fin de incentivar el consumo, el Gobierno prolongará los planes de compra «Ahora 12», ampliando la financiación hasta 30 cuotas, pero con un aumento en las tasas de interés, según fuentes de la Secretaría de Comercio Interior.

El programa, que vence este sábado y podría extenderse hasta fin de año, prevé ser anunciado el próximo lunes.

Con esta extensión, el Gobierno apunta a impulsar el consumo, y tendría una apertura de hasta 24 ó 30 cuotas para compras de artículos como cocinas, heladeras, lavarropas, y lavavajillas.

El anuncio incluye también la prórroga de los planes en 3, 12 y 18 cuotas, mientras que para los plazos de repago más largos la tasa de interés se elevaría de 25 a 29% anual.

Los demás planes no tendrán aumento en la financiación, se aclaró desde fuentes oficiales.

La secretaria de Comercio Interior, Paula Español, encabeza las negociaciones con los bancos, junto al presidente del Banco Central, Miguel Pesce, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

Para llegar al acuerdo el Gobierno accedió a otorgar un ajuste de tasas y aumentar la franquicia que reciben las entidades que vuelquen más recursos al plan Ahora 12.

El Banco Central dispuso extender del 6% al 8% el cupo que los bancos pueden dedicarle a este programa con beneficios en encajes, fondos que los bancos deben depositar en el BCRA como resguardo y que quedan inmovilizados.

El plan Ahora 12, que vence este sábado y no sumará nuevos rubros a los ya existentes, logró impulsar las ventas minoristas en el primer semestre un 15% interanual.

Pero aún están 13% abajo del mismo período de 2019.

Entre enero y abril de este año las ventas hechas con este programa alcanzaron los $232.407 millones.

En marzo, el programa tuvo un pico cuando la facturación llegó a los $70.000.

En abril, cuando se renovó el plan, las cosas cambiaron: se eliminó el período de gracia de tres meses que regía desde la cuarentena de 2020 y se acortaron las cuotas para indumentaria y calzado.

Además, los celulares quedaron fuera de los esquemas de financiación.

Esto hizo que en abril, el último mes con información disponible, la facturación cayera 22%, a $54.000 millones.

El Gobierno autorizó el aumento en la cuota de prepagas de hasta un 36 % en forma escalonada

Las cuotas de las prepagas aumentarán un 27%, en tres tramos este año y llegarán a un 36% en enero de 2022, según se publicó en el Boletín Oficial. El gobierno señaló que los prestadores se encuentran en “estado crítico”.

El Gobierno autorizó un aumento en las cuotas de las prepagas de un 9% para agosto, un 9% para septiembre, un 9% a partir de octubre y un 9% para enero de 2022, según se publicó en el Boletín oficial.

“Autorízase a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de mayo de 2021, mediante la Resolución Nº 987/21-MS, de hasta un NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1º de agosto de 2021, NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1º de septiembre de 2021, NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1º de octubre de 2021 y NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1º de enero de 2022″, se detalló en el comunicado oficial.

Según se argumentó en la resolución 2125/2021, “las entidades representativas del sector han expresado en forma reiterada su preocupación por el estado crítico en que se encuentran la mayoría de los prestadores y enfatizado la necesidad de incrementar los aranceles que perciben por las prestaciones que brindan, a fin de paliar dicha situación y garantizar su continuidad”.

Por este motivo, el Gobierno, a través del Ministerio de Salud, precisó: “En dicho contexto y teniendo especialmente en cuenta los requerimientos del sector, con el fin de considerar la procedencia de dar curso a la autorización de un aumento, las áreas técnicas de la Superintendencia de Servicios de Salud han evaluado el incremento de costos sufrido por aquel desde la fecha del último aumento autorizado”.

De esta forma, las cuotas de las prepagas aumentarán un 27%, en tres tramos este año y llegarán a un 36% en enero de 2022, según acordaron las empresas de salud en el marco de la paritaria que resolvió complementar el aumento salarial correspondiente a la cláusula gatillo 2020 y acompañar la inflación acumulada el año pasado.

La AFIP habilita la recategorización para monotributistas hasta el 17 de agosto

La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año, donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy la recategorización del monotributo hasta el 17 de agosto próximo, para garantizar que las y los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal.

Con la reglamentación de la ley de alivio fiscal para las y los monotributistas, la AFIP instrumentó la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%.

De esta forma, la recategorización habilitada desde hoy podrá realizarse con los nuevos valores, informó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont a través de un comunicado.

Las escalas actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar.

Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año, donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses.

Todos los contribuyentes deben realizar el procedimiento. y cuando no corresponda modificar la categoría, las personas deben confirmar su permanencia en la que corresponda.

Para facilitar las tareas de cumplimiento, el vencimiento de la obligación mensual del próximo mes se postergó hasta el 27 de agosto.

Para el pago de los tres componentes de la cuota del monotributo de agosto -impositivo, obra social y jubilación- regirán los valores correspondientes a la recategorización que se inicia hoy.

Asimismo, la AFIP recordó que el 5 de agosto próximo vence el plazo para ingresar la obligación mensual correspondiente a junio.

El pago de dicho vencimiento, que también se postergó, se concreta según las escalas anteriores del monotributo correspondientes a la Ley 27.618 que también pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar.

Además de la actualización excepcional de las escalas, la AFIP instrumentó los demás beneficios para monotributistas previstos en la ley de alivio fiscal.

La reglamentación retrotrajo los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020, estableció una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas y reglamentó la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos por distintos motivos.

La AFIP reglamentó cambios en el monotributo: las 12 claves a tener en cuenta

La normativa habilita un esquema excepcional de actualización de las escalas y establece una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas. Asimismo, facilita la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos.
La AFIP reglamentó los cambios en el régimen de monotributo que retrotrae los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020. La normativa también habilita un esquema excepcional de actualización de las escalas y establece una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas. Asimismo, facilita la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos.

“Ponemos en marcha los beneficios para más de 4 millones de monotributistas previstos en la ley de alivio fiscal. Estas herramientas potencian las distintas medidas implementadas por el Gobierno para apuntalar la recuperación económica a través de la mejora de los ingresos de las trabajadoras y los trabajadores”, expresó Mercedes Marcó del Pont. La Resolución General N° 5034 que instrumenta las modificaciones previstas en la Ley 27.639 se publicó este martes en el Boletín Oficial.

Monotributo: ¿Cuáles son las nuevas medidas de alivio?
Se crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar la constancia del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
Se define como objetivo principal dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas mediante la implementación de las siguientes medidas:

-El sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar del Régimen Simplificado correspondientes a los meses de enero a junio de 2021, los cuales serán retrotraídos a los vigentes para diciembre de 2020 para cada categoría.
-De esta forma, los pequeños contribuyentes dejarán de visualizar las diferencias generadas del período enero-junio al acceder con su clave fiscal al portal web Monotributo o en la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).
-Un esquema excepcional de actualización de escalas.
-Las nuevas escalas para las distintas categorías del monotributo son las que deben tenerse en cuenta para realizar la recategorización que estará habilitada del 28/7 al 17/8.
-Quienes tengan saldo a favor podrán reimputar esos montos para efectuar nuevos pagos.
-Por su parte, los montos mensuales de los tres componentes de la cuota del monotributo -impositivo, obra social y jubilación- se actualizaron a partir de julio de acuerdo a lo dispuesto por la ley.

¿A partir de qué momento se actualizan los valores?
Se fijan, a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales previstos en los párrafos primero y tercero del artículo 8º del anexo de la ley 24.977 de solidaridad y reactivación productiva.

Se dispone que los contribuyentes inscriptos al 30 de junio de 2021 en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido en el anexo de la ley 24.977 que hayan excedido, en esa fecha o previamente, el límite superior de ingresos brutos previstos para la máxima categoría aplicable a su actividad.

De esta manera, se considerarán comprendidos en el régimen simplificado hasta ese día, inclusive, y mantendrán dicha condición siempre que sus ingresos brutos no excedan los nuevos montos para la máxima categoría.

Por su parte, se tendrán además por cumplidos hasta dicha fecha los restantes requisitos de permanencia en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

¿Qué pasa con el valor de las cuotas de enero a junio 2021?
Se dispone que los valores mensuales de las cuotas a ingresar como el impuesto integrado, cotizaciones previsionales y obra social del Régimen Simplificado correspondientes a los meses de enero a junio de 2021, ambos inclusive, serán retrotraídos a los vigentes para el mes de diciembre de 2020 para cada una de las categorías.

¿Qué sucede con las personas que fueron excluidas del Monotributo?
Los contribuyentes a los que la AFIP haya excluido y registrado de oficio del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes durante el primer semestre de 2021, también podrán optar por el tratamiento antes descripto.

Asimismo, aquellos sujetos que hubiesen comunicado su exclusión hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que hubiese sucedido la causal de exclusión, o renunciado entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021, podrán adherirse nuevamente al Régimen en la medida que reúnan las condiciones previstas.

Moratoria para monotributistas: ¿Quiénes pueden adherirse?
Los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o que registren deuda podrán sumarse, por las obligaciones devengadas o infracciones cometidas al 30 de junio de 2021, al presente régimen de regularización de deudas tributarias y de exención y/o condonación de intereses, multas y demás sanciones que se establecen.

El plan de facilidades, que estará habilitado hasta el 30 de septiembre, contempla la condonación de intereses y multas. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%. El servicio para adherirse a la moratoria estará disponible a partir del 6 de agosto.

También podrán incluirse en el presente régimen de regularización los conceptos previstos en el artículo 3º de la ley 27.618 de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes.

Quedan incluidas las obligaciones en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial. En esos casos, se tendrá como efecto el allanamiento incondicional por las obligaciones regularizadas o, en su caso, el desistimiento de acciones, reclamos o recursos en trámite.

Una de las condiciones de la moratoria es que el plan de pago tendrá un máximo de 60 cuotas con una tasa de interés con un tope de 1,5 por ciento. Según anticipó este miércoles Marcó del Pont tras la reunión de gabinete económico, la reglamentación de AFIP establecerá que para las categorías más bajas ese interés será menor, de 1,25 por ciento.

La letra chica del organismo tributario además alcanzará a otros puntos incluidos en la ley. La norma comprende un esquema progresivo de actualización de escalas que actualizará las categorías más bajas en un 77%, cuando el incremento previsto para este año era originalmente del 35 por ciento.

¿Cuáles son los beneficios que prevé la moratoria para monotributistas?
Se procederá si los sujetos cumplen, respecto de las obligaciones, algunas de las siguientes condiciones:

-Cancelación con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley
-Cancelación mediante pago al contado, hasta la fecha en que se efectúe el acogimiento al presente régimen
-Cancelación total mediante el plan de facilidades de pago que disponga la AFIP y según las condiciones que se especifican (hasta 60 cuotas mensuales y un interés mensual no superior al 1,5%).

En cuanto al beneficio de liberación de multas y demás sanciones correspondientes a infracciones cometidas hasta el 30 de junio de 2021, que no se encuentren firmes ni abonadas operará cuando, con anterioridad a la fecha en que se produzca el acogimiento al régimen, se haya cumplido la respectiva obligación formal.

Cuando el deber formal transgredido fuese, por su naturaleza, imposible de ser cumplido con posterioridad a la comisión de la infracción, la sanción quedará condonada de oficio, siempre que la falta haya sido cometida con anterioridad al 30 de junio de 2021.

En este sentido, se podrán regularizar mediante el presente régimen las obligaciones devengadas a la fecha, incluidas en planes de facilidades de pago respecto de los cuales haya operado la correspondiente caducidad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

Moratoria para monotributistas: ¿Cuáles son los requisitos para entrar?
Únicamente podrán acceder al Programa de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, los contribuyentes que cumplan concurrentemente las siguientes condiciones:

-Registrar, durante el año fiscal 2020, ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la categoría K;
-Que el total de bienes del país y del exterior gravados, no alcanzados y exentos en el impuesto sobre los bienes personales al 31 de diciembre de 2020 no supere el monto de $6.500.000. A tal efecto, no será considerada la casa habitación.

Permanencia en el régimen simplificado
La Ley 27.639 aprobada por el Congreso dispone la creación de un programa específico de alivio fiscal que facilita la permanencia en el monotributo para quienes fueron excluidos por diversos motivos. Los contribuyentes que cumplan con las condiciones previstas en la normativa podrán ejercer la opción de permanencia entre el 1° y 30 de septiembre a través del portal Monotributo.

La iniciativa establece que podrán permanecer en el monotributo quienes hayan estado inscriptos al 30 de junio en el régimen simplificado y que en algún período anterior hubieran excedido los valores máximos de facturación. También incluye a contribuyentes que entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021 fueron excluidos y registrados en el régimen general. Asimismo, para quienes superaron los límites de su categoría y pasaron a autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021, podrán optar por volver al monotributo. Para permanecer en el régimen simplificado deberán ingresar un monto adicional, que variará según la categoría en la que se encuentran registrados, y cumplir un conjunto de condiciones.

Si se encuentran en las categorías E, F y G deberán pagar 1 cuota mensual de su categoría y si están en H, I, J y K tienen que abonar 2 cuotas. Los A, B, C y D que se encuentren en esa situación irregular conservarán su condición de monotributistas sin pagar cuota especial.

Los contribuyentes no deben haber superado el límite de ingresos brutos permitidos en 1,5 cantidad de veces la categoría máxima prevista por la nueva ley y no deben poseer bienes por más de $6,5 millones en 2020. A tal efecto no será considerada la casa habitación

¿Cómo funciona la cuota especial por única vez?
Se deberá abonar en concepto de cuota especial, por única vez las categorías: E, F y G: el equivalente a una vez el valor mensual de la categoría respectiva. Para el caso de las categorías H, I, J y K: el equivalente a dos veces el valor mensual de la categoría respectiva.

Esto quedará afectado al Fondo Solidario de Redistribución, creado por el artículo 22 de ley 23.661, hasta tanto se cubra la diferencia de recaudación de aportes de obra social.

En el caso de ser insuficiente el monto producido, se instruye al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud, otorgue un apoyo financiero de excepción destinado a los agentes del seguro de salud, utilizando para ello los recursos disponibles en el Fondo de Emergencia y Asistencia creado por el artículo 6″ del decreto 908/16.

¿Qué pasa con las personas que no pueden permanecer en el Monotributo?
En caso de no acceder a los beneficios previstos en el programa de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, los contribuyentes mencionados se considerarán excluidos de ese régimen desde las cero horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que corresponda a la actividad, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo a continuación.

Los beneficios establecidos en la presente norma no obstan la aplicación de aquellos previstos en la ley 27.618 de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes, cuando ellos fueran compatibles, quedando derogada toda disposición de esa ley que se oponga a lo aquí establecido.

¿Cuándo se podrá realizar la recategorización?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización semestral, y postergó el vencimiento correspondiente al mes de agosto.

La normativa habilita la actualización excepcional de las escalas. La ley contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%. El aumento es más significativo en las categorías más bajas. De esta forma, al momento de realizar la recategorización que estará habilitada desde el miércoles 28 de julio al 17 de agosto, muchos contribuyentes podrán facturar más y/o pagar una cuota menor.

Las nuevas escalas del monotributo regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022. Las tablas actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar/.

¿Puede recategorizarme la AFIP?
El organismo puede reconvertir automáticamente la categoría del monotributista en caso de detectar que los movimientos de su cuenta bancaria o las operaciones realizadas con tarjeta de crédito son superiores a los ingresos declarados para su categoría. Estos deberán ser un 20 por ciento más, si se trata de prestadores de servicios, o un 30 por ciento superiores para venta de bienes muebles.

De todos modos, la AFIP otorga una ventana de 30 días desde la notificación y de 15 días desde la intimación para explicar los movimientos y justificar la permanencia en la categoría anterior.

Ámbito Financiero

Oficializaron el bono de hasta 5.000 pesos para jubilados: quiénes lo cobrarán

El Gobierno formalizó la medida del pago de un bono de hasta 5.000 pesos durante agosto para los jubilados. El decreto establece que el monto «será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $51.129,40».
El Gobierno formalizó la medida del pago de un bono de hasta 5.000 pesos durante agosto para los jubilados, después del anuncio que el presidente Alberto Fernández había hecho el 13 de julio último.

A través del decreto 481/2021 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso «otorgar un subsidio extraordinario por un monto máximo de $5.000 que se abonará en el mes de agosto de 2021».

El bono será destinado a «los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a que refiere la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias», además de los beneficiarios de la «Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias».

También está dirigido a los beneficiarios de «pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete (7) hijos o hijas o más, y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

El decreto dispone, en su artículo 2°, que para aquellos que «por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $46.129,40, el subsidio extraordinario será de $5000; y para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al precitado monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $51.129,40».

«Para percibir el presente subsidio extraordinario los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación», agregó la letra oficial.

El decreto lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El 13 de julio último, el Presidente había asegurado que a su Gobierno le «preocupa mucho la situación de los jubilados» y no quería que fueran «la variable de ajuste» ante el incremento de precios.

Fernández había hecho ese anuncio al encabezar un acto en el Club Social y Deportivo Ituzaingó de la localidad de Temperley, en el partido bonaerense de Lomas de Zamora. Elonce

Elecciones 2021: Dolores Etchevehere se bajó y anunció un acuerdo con Cresto

La hermana del exministro de Macri había anunciado que disputaría por afuera la elección con la agenda del Proyecto Artigas. Hubo duras críticas a Bordet pero terminó primando un acuerdo con Cresto.

“Queremos informar que desde el Frente Patria Grande Entre Ríos llegamos un acuerdo con el Dr. Enrique Cresto en el marco de las elecciones legislativas de Entre Ríos”, dijo Dolores Etchevehere este sábado. Por redes sociales anunció que, finalmente, no disputará la elección por el Frente Patria Grande y por fuera de la interna del peronismo.

Según dijo la hermana del exministro Luis Miguel Etchevehere, Cresto se comprometió “a ponerse a la cabeza en la lucha por la recuperación de las tierras de la Escuela Agrotécnica Nº 151 El Quebracho y avanzar en el proceso de transición a la agroecología tomando las buenas prácticas que ya funcionan en otras ciudades como Gualeguaychú”.

La mujer había sido presentada como candidata en los medios porteños por el líder de Patria Grande, Juan Grabois.

Del acuerdo con Cresto, Etchevehere hizo saber, además, que el concordiense, que encabeza la lista del peronismo, se comprometió a “impulsar la creación de nuevas comunidades rurales organizadas y desarrollar procesos de economía popular”.

En este marco, hizo saber que desisten de la disputa y acompañan como Patria Grande la candidatura del dirigente del titular del Enohsa.

Página Política

Elecciones 2021: Cresto encabeza la lista del PJ y Frigerio la de la UCR-PRO

El peronismo irá como una unidad detrás de la candidatura del titular de Enohsa. En cambio, la Unión Cívica Radical y el PRO definieron las listas de cara a las PASO 2021 con el ex Ministro del Interior como punta de lanza, pero además se oficializó otra propuesta encabezada por Pedro Galimberti.

Según el cronograma establecido por la Cámara Nacional Electoral, este 24 de julio se dio «inicio de la campaña electoral para las PASO» y se fijó «el fin del plazo previsto para la presentación de listas de precandidatos ante las juntas electorales partidarias».

En otras palabras, ya están los tiempos dados para competir en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias que tendrán lugar el próximo 12 de septiembre.

En este sentido, el peronismo llegó a un consenso y la lista del oficialismo se resolvió este viernes, bastante antes de lo que se suponía y de lo que se espera en una instancia de estas características.

La nómina la encabezará el ex intendente de Concordia Enrique Cresto. Se trata de un funcionario nacional que venía recorriendo el territorio con la cartera del Enosha, pero con la vista en 2023. Primero se entusiasmó con ser candidato este año, cuando se lo sugirió Eduardo “Wado” De Pedro, pero luego entró en razones que no era la mejor maniobra en su plan por la sucesión de Gustavo Bordet. A su entorno le dijo: “Si me lo piden no puedo decir que no”. Pues bien, se lo pidieron.

En segundo lugar irá Carolina Gaillard. Su nombre ya estaba anotado hace semanas y no tiene resistencias en el kircherismo. De buena relación con Bordet y conocida de Alberto Fernández hace años, la legisladora buscará su reelección para un lugar que le sienta cómodo: el Congreso.

El tercer lugar es para Tomás Ledesma. Un camporista de 26 años que se desempeña en un área en la que se vincula con municipalidades desde el Ministerio del Interior. Para que Ledesma se convierta en diputado, el Frente de Todos se tiene que imponer en las elecciones.

 

La interna de la oposición

A diferencia del oficialismo, la alianza conformada por un sector Unión Cívica Radical y el PRO deberá enfrentarse en una interna contra otra rama del radicalismo.

Una de las listas estará conformada por: el ex ministro del Interior durante el macrismo Rogelio Frigerio; la concejala de Gualeguay, Marcela Ántola, y el diputado nacional, Atilio Benedetti.

La segunda propuesta estaría encabezada por el intendente de Chajarí, Pedro Galimberti; la ex titular de una de las oficinas de ANSES Concordia, Patricia Rodríguez, y el intendente de Crespo, Darío Schneider.

La provincia recepcionó las bombas que permitirán culminar los trabajos de la Defensa Norte de Concepción del Uruguay

Con la llegada de las seis Electrobombas Pluviales para la estación de bombeo de la Defensa Norte de Concepción del Uruguay, se completarán los trabajos de la obra, cuyo objetivo es la defensa contra inundaciones del sector norte de la ciudad.

“Esta es una obra que fue priorizada y monitoreada permanentemente por el gobernador Bordet” destacó el ministro de Planeamiento, Marcelo Richard, “y tal como lo ha manifestado en las diversas visitas al sector de las obras, representa un especial interés, porque nos permite llevar soluciones concretas a los problemas que sufren los vecinos y vecinas de esa zona de la ciudad de Concepción del Uruguay”.

En el marco de la llegada de las bombas, que permitirán completar los trabajos de la estación de Bombeo, la cual es parte fundamental del proyecto, el titular de la cartera de Planeamiento manifestó que “es una obra significativa, no solamente para la ciudad, sino también para la provincia y, si bien el proyecto general está compuesto por distintas obras y componentes, las bombas definidas para completar el funcionamiento de la defensa, son importadas y estábamos a la espera de su llegada”.

En tal sentido, Richard explicó que “la adquisición de las bombas presentaba su trámite culminado, ya que son importadas de Bélgica, y hoy ya las contamos en la obra para su montaje con lo cual la obra quedaría finalizada totalmente”.

Cabe recordar que la Defensa Norte de Concepción del Uruguay, representa la ejecución de una infraestructura clave contra inundaciones, con una inversión superior a los 487 millones de pesos, financiados en un 70 por ciento por el gobierno Nacional, y 30 por ciento por la provincia de Entre Ríos.

 

Próximos pasos de los trabajos

Las seis Electrobombas Pluviales permitirán que la estación de bombeo construida evacúe un caudal 8 m³/s de modo que, ante precipitaciones de 50 años de recurrencia y compuertas cerradas, los niveles interiores (reservorio) no superen la cota 5,80 m IGN.

Las mismas serán instaladas a partir de las próximas semanas, ya que primeramente se colocaran las seis tuberías de acero, que están en obra, donde se alojarán las electrobombas sumergibles. Cinco de las bombas tendrán la capacidad suficiente para evacuar el caudal máximo de diseño y la restante será de reserva.

Agmer reiniciará las clases sin medidas de fuerza y con presencialidad plena

El gremio docente adelantó que desde el lunes se cumplirá con la vuelta a pleno con la presencialidad.

El lunes se reiniciarán las clases en el territorio entrerriano, y según lo dispuesto por el gobierno provincial, en la vuelta a clases, habrá presencialidad plena. Esta medida fue acompañada por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), quién informó que la actividad será normal, más allá de la pandemia de Coronavirus.

Marcelo Pagani hizo saber que Agmer no se opondrá y «hasta acompañará la vuelta plena a la presencialidad tras las vacaciones de invierno que anunció el Gobierno provincial».

“Antes de las vacaciones venció la medida de resguardo y no la volvemos a implementar”, confirmó Pagani en declaraciones a Radio La Voz.

Pagani valoró también el avance de la vacunación como un factor decisivo para acompañar la resolución del Consejo General de Educación provincial. “Sin dudas, la vacunación avanzó mucho en Entre Ríos y la inmensa mayoría de los docentes accedió a vacunarse”, dijo.

“Lo que el gobierno anunció nos parece bien porque si bien vuelve la jornada completa se sostienen las burbujas” agregó.

Pagani también reconoció “un gesto del gobierno, que fue restablecer las reuniones paritarias por las condiciones laborales, fuimos ocnvocados para el martes a una reunion y ahí aspiramos a avanzar en temas pendientes”.

 

Las burbujas no se rompen

“El covid es muy dinámico y no podemos pensar todavía en la eliminación del sistema de burbujas, ojalá se pudiera en último trimestre tener una presencialidad lo más cercana a lo normal, las dos dosis de vacunación debe tener porcentajes altos para pensar eso, pero tenemos que ser prudentes y cuidadosos”, dijo el titular de Agmer.

Finalmente, ante la decisión de flexibilizar las medidas gremiales, Pagani reflexionó: “El proceso de vacunación empieza a generar alivio y a cambiar el clima y el humor de todos. Estamos todos más aliviados a como estábamos hace dos meses, ha sido increíble cómo ha logrado el gobierno nacional el stock de vacunas”.

Nuevas medidas en Entre Ríos: el detalle de las actividades que se amplían

El gobierno provincial dio a conocer nuevas medidas en lo que respecta a reuniones sociales, actividades gastronómicas y culturales, cultos y deportes. Permiten los encuentros en domicilios particulares. El detalle.

El gobierno nacional oficializó los nuevos parámetros del denominado semáforo epidemiológico que rige para todo el país con el fin de controlar el avance del coronavirus y flexibilizó varias actividades. En ese marco, el gobierno provincial dispuso nuevas medidas.

La restricción de circulación para las personas se mantiene entre las cero (0) horas y las seis (6) horas de cada día, pero con una tolerancia de 30 minutos. Quedan exceptuadas de esta medida de restricción a la circulación nocturna, aquellas personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo 11 del DNU 125/21 PEN y artículo 20 del DNU 287/21 PEN.

 

Renuiones sociales, bares y deportes

Se permiten reuniones sociales en domicilios particulares, hasta un máximo de diez (10) personas, como así también en espacios públicos al aire libre, hasta un máximo de cincuenta (50) personas.

La actividad gastronómica (restaurantes, bares, etc.) podrá funcionar entre las seis (6) horas y las veinticuatro (24) horas de cada día, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

En materia de deportes, se permite entrenamiento, práctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines, con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos; a excepción de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de número de competidores superior.

La actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23hs de cada día, sin la presencia de público espectador.

 

Actvidades culturales

En lo que respecta a cultura, se permite la realización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.

El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines, se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

Las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 6 y 23 hs de cada día.
En referencia a los cultos, las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial quedan habilitadas con un aforo del 50 por ciento, en relación a la capacidad máxima habilitada. La actividad podrá desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22 hs de cada día.

Los presidentes municipales y comunales, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de cada jurisdicción, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.

La actividad y los inmuebles que se utilicen para las actividades gastronómicas, culturales, deportivas, comerciales y religiosas deberán contar con la habilitación municipal o comunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboración de los gobiernos provincial y nacional. Elonce