miércoles 1 abril 2026

Michel denunció a «El Presto» en la Justicia

El diputado nacional por Entre Ríos Guillermo Michel (PJ) presentó una querella criminal «por calumnias e injurias» contra el Youtuber conocido como El Presto, Eduardo Prestofelippo.

La denuncia recayó en el Juzgado de Garantías N°2 a cargo de Ignacio Telenta. Se basa en dos videos publicados en el canal de YouTube «El Presto» -y sus recortes en redes sociales- los días 21 y 25 de octubre de 2025.

Según pudo confirmar Radio 2820, el legislador nacional denunció penalmente a Eduardo Prestofelippo, el comunicador en plataformas conocido como El Presto, por «calumnias (109 art. CPA) en concurso ideal con injurias (art. 110 CPA) por dos videos correspondientes a transmisiones en su canal de YouTube los días 21 y 25 de octubre de 2025.

De acuerdo a la denuncia de Michel, «la identificación precisa del querellado se obtiene de datos filiatorios obrantes en actuaciones judiciales previas, en particular, la causa ´Prestofelippo Eduardo Miguel s/Instigación a cometer delitos (Legajo N° 15627)´ del Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia», que aún está pendiente de resolución.

Esta causa se refiere al proceso que lo sentó en el banquillo de los acusados luego que el 2 de mayo de 2020, durante una transmisión en vivo en su canal de Youtube, convocara a trabajadores municipales, que en ese momento, estaban en litigio con problemáticas laborales con la Comuna, “a que no se dirijan a reclamar a la Municipalidad, sino que vayan a la casa (del entonces) intendente, Adan Bahl, a prenderle fuego junto con toda su familia adentro”, habría dicho.

En uno de los videos señalados por Michel en la denuncia -el correspondiente al día 25 de octubre- «El Presto» hace referencia a este antecedente judicial en Entre Ríos, aclarando que la situación con Adán Bahl continúa abierta: «Con Bahl tengo una causa judicial que sigue, el dice que yo lo amenacé y no es así», a la vez que sostuvo que «Michel y Bahl son dos delincuentes, lleveme a la Justicia, le advierto que todavía no he perdido ningún juicio». Fue en queja a Corte Suprema de Justicia de la Nación y aún no hay resolución en la justicia entrerriana.

Michel recogió el guante y lo denunció ante la justicia local. La denuncia recayó en el Juzgado de Garantías N°2 a cargo de Ignacio Telenta.

«Los corruptos se enojan cuando les dicen corruptos. Ustedes están acostumbrados a ser los más poronguitas en la provincia de Entre Ríos. Yo me cago en el miedo que ustedes despiertan en la provincia de Entre Ríos, me chupa un huevo si tienen militantes armados, si me van a meter un tiro», continúa «El Presto» en su habitual diatriba en YouTube y plataformas.

En los videos en cuestión, Prestofelippo -quien estuvo presente en la asunción de Mauricio Davico al frente de la Municipalidad de Gualeguaychú y que destaca en sus contenidos la gestión local actual- calificó a quienes encabezaron la formula del PJ para las últimas legislativas como «delincuentes» y mafiosos», a la vez que puntualizó que «Michel es un multimillonario» que no podría justificar su patrimonio, entre otras cuestiones.

La causa de Bahl contra Prestofelippo pasó por algunas peripecias en la Justicia.

En diciembre último, la Justicia había puesto fecha al segundo juicio oral al que se deberá enfrentar el influencer y youtuber Eduardo Prestofelippo, “El Presto”, luego de la denuncia que presentara en su contra el exintendente de Paraná y actual nacional electo Adán Humberot Bahl. Las audiencias se habían fijado para los días 16 y 17 de marzo de 2026. Pero esas audiencias se reprogramaron y de momento no hay nueva fecha.

Las audiencias serán presididas por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Alejandro Grippo.


En septiembre último se conoció la decisión de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que rechazó un recurso de impugnación extraordinaria presentada por el abogado Augusto Diego Lafferriere, defensor técnico de Eduardo Miguel Prestofelippo, que en redes funge como “El Presto”, y de ese modo dejó firme la resolución de la Cámara de Casación Penal que en febrero último había anulado la absolución dictada por el juez de juicio Santiago Brugo en el marco de la denuncia por instigación al delito que había formulado el exintendente de Paraná, Adán Humberto Bahl.

En su voto, la jueza Claudia Mizawak -al que adhirieron Daniel Carubia y Miguel Giorgio- señala: “Concuerdo con las ideas centrales en las que se basó el fallo en crisis, esto es, que el razonamiento esbozado en la sentencia de grado resulta confuso, contradictorio, divorciado de las pruebas obrantes y se efectuó una equivocada interpretación y aplicación del tipo penal”. Mizawal ponderó que la sentencia absolutoria “no constituye una derivación razonada del derecho vigente con arreglo a las circunstancias de la causa y ese déficit justifica la decisión de la Cámara de Casación de anularla y remitir la causa a origen, a los fines de que un Tribunal debidamente integrado, reedite los actos pertinentes”.

De ese modo, la Sala Penal ordenó la realización de un nuevo juicio a Prestofelippo.

“En efecto, a poco que se confronta la sentencia de casación puesta en crisis por la defensa técnica del imputado con la lectura escrupulosa del pronunciamiento dictado por el Vocal del Tribunal de Juicio, se constata que el magistrado interviniente examinó la materialidad del hecho y la autoría, afirmando que se encontraban acreditadas plenamente; pero de modo contradictorio indicó que el Ministerio Público Fiscal no pudo probar que alguien haya concurrido a la casa del denunciante el día 7 de mayo, sin ponderar que el tipo penal del artículo 209 del Código Penal no requiere que el delito incitado se realice efectivamente, por lo que no se busca un resultado en concreto”.

Mizawak no estuvo ausente la eterna disputa entre la Sala Penal y la Cámara de Casación. “Sin perjuicio de ello -dice le fallo de la jueza-, considero necesario recordar que la función jurisdiccional de la Cámara de Casación se circunscribe a revisar integralmente las sentencias –condenatorias o absolutorias- dictadas tras el juicio oral y público y verificar que no contengan errores en la aplicación de la ley sustantiva o inobservancia de normas procesales conminadas con la nulidad, que no se hayan afectado garantías constitucionales que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, pero no debería abarcar un ejercicio académico como el que se observa”. Al respecto, cita un párroco del pronunciamiento de Casación en el que da cuenta del “problema que significa, para la fundamentación de las sentencias, y para la seguridad jurídica, el mal uso de los precedentes en la jurisprudencia nacional y sobre todo la local”.

Sobre ese punto, Mizawak escribió: “Esa tarea de reflexión y docencia acerca de cómo deben citarse, interpretarse y valorarse los antecedentes jurisprudenciales en un fallo a fin de que el razonamiento judicial sea válido, en mi opinión -por su extensión- resulta más bien una clase académica, no pertinente ni relevante para resolver la cuestión sometida a decisión”.

Luego de esa decisión, Prestofelippo insistió con su planteo y presentó un recurso de queja para llegar a la Corte

Fuente: R2820

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