El gobierno de Entre Ríos expulsó de la Policía al oficial Javier López, condenado por falsificar una firma en un acta de multa.
El gobierno de Entre Ríos decretó la destitución por cesantía del policía -Oficial Principal- Javier Alejandro López, tras finalizar el sumario administrativo iniciado luego de que fuera condenado penalmente en 2024 por el delito de falsificación ideológica de documento público. La decisión fue comunicada mediante el decreto N° 1884 fechado el 1° de agosto.
López, quien cumplía funciones en la Comisaría 13ª de Paraná, admitió en un juicio abreviado haber falsificado la firma de un motociclista en un acta de infracción de tránsito durante un operativo de control en calle Juan Báez y Lebenshon, en Paraná. El Juez de Garantías Mauricio Mayer lo condenó entonces a un año y ocho meses de prisión condicional y lo inhabilitó para ejercer funciones policiales por el doble del tiempo de la pena.
Según se registró, con la sentencia firme y tras el análisis de los organismos internos del Ministerio de Seguridad y Justicia, el ministro de Seguridad, Néstor Roncaglia, firmó el decreto que oficializa su expulsión de la fuerza policial, destacando la gravedad del hecho, el desprestigio institucional generado y la violación de principios éticos fundamentales del servicio.
Juicio abreviado
El caso tomó relevancia tras conocerse que el ciudadano afectado, J.C., descubrió la infracción falsa al intentar renovar su carnet de conducir, lo que derivó en la denuncia penal y posterior condena del uniformado.
En el juicio abreviado, concretado el 23 de febrero del año pasado, la Fiscalía le atribuyó al funcionario que “sin poder precisar la fecha pero con anterioridad al 18 de marzo de 2022, el oficial principal Javier López, funcionario actuante de la Policía de Entre Ríos, Jefatura Departamental Paraná, Dirección Operaciones, Comisaría Decimotercera, insertó en el acta de constatación N° 0214286, un falso supuesto de infracción de normas de tránsito vehicular e insertó una firma como del supuesto infractor, a nombre de JEC; documento que elevó al Juzgado de Faltas Municipal para sus efectos en ése que es el ámbito efectivo”.
Entre las medidas investigativas que se realizaron, obra que se requirió “al municipio local que remita el Legajo correspondiente a la infracción labrada por medio del acta relacionada, para luego formar cuerpo de escritura del incurso y del denunciante, que resultaron peritados por el primer alférez Gonzalo Andrés González de Gendarmería Nacional, arrojando como resultado que tanto la firma de funcionario actuante como la firma [apócrifa] del conductor del vehículo, se corresponden al puño escritural de Javier Alejandro López”.
Fundamentos de la cesantía al policía
El Honorable Consejo de Disciplina Policial, mediante dictamen 011/25 propició una sanción de destitución por cesantía, lo que fue compartido por el Jefe de Policía de la Provincia y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia. Todos coincidieron que el «sumariado violentó con su comportamiento las premisas básicas que impone el Cuerpo Rector – Ley N° 5654/75 – que conmina a los funcionarios policiales, con la tarea primaria de todo integrante, de prevenir los delitos, lo cual incluye obviamente el deber de no cometerlos, y en el mismo sentido infringió el estricto apego a los valores éticos y morales que exige la normativa policial; y que en efecto, quedó demostrado que aprovechando su rol de funcionario policial, labró un acta de multa falsificando la firma del supuesto infractor según surgió de la pericial caligráfica».
La conducta del ahora ex policía fue tipifica como falta disciplinaria de carácter grave al violar las normas contenidas en el artículo 161º inciso 1) concordante con el artículo 4º incisos a) y c), artículo 161º inciso 13), artículo 11º incisos a) y d), artículo 12º inciso a), artículo 162º y 313º con el agravante del artículo 187º inciso 2) todos del Reglamento General de Policía Ley N° 5654/75.
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