El caso cobró forma de condena en julio de 2024.
El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Mauricio Mayer, aprobó los alcances del acuerdo logrado entre las partes en un juicio abreviado, y condenó a un hombre de 42 años, Claudio Sebastián Gabotto, a la pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo la que deberá ejecutarse en la Unidad Penal N.º 1 de Paraná, por haberle propinado numerosos golpes con una botella y luego con una piedra de gran tamaño a un perro (Mateo) que se encontraba durmiendo en calle Echagüe, de Paraná, produciéndole lesiones y cortes.
El hecho, que infringió la Ley N° 14.346 de maltrato y crueldad animal, se produjo el 30 de enero de 2023.
El juez Mayer sostuvo en la resolución que tal como se alegó en la audiencia de juicio abreviado el sujeto pasivo es un animal no humano, más precisamente un perro de nombre Mateo tal como se refirió el representante de la querella.
Mateo, el perro al que la Justicia entrerriana reconoció como sujeto de derecho, fue brutalmente atacado por el imputado en febrero de 2023 en la vía pública, hecho por el cual la querella pedía una condena de siete meses de prisión efectiva, que finalmente se aplicará al acusado
Se trató de un hecho inédito, dado que es el primer juicio de estas características en la provincia y así lo destacó el abogado querellante Fernando Di Benedetto, voluntario y asesor legal de la ONG Mi reino por un caballo.
La resolución Nº 113, del 31 de octubre último que lleva las firmas del Procurador General Jorge Amílcar García y de la Procuradora Adjunta Mónica Elizabeth Carmona, da cuenta de la “creciente cantidad de casos en los que se observan conductas que encuadran en las infracciones contempladas en la Ley Nº 14.345 Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales, así como la destacada labor de la Unidad Fiscal de Atención Primaria de esta ciudad y otras localidades de la provincia de Entre Ríos en relación con la protección de los derechos de los animales”.
“A partir de las experiencias recolectadas es fundamental establecer pautas de actuación que permitan un tratamiento adecuado en la sustanciación procesal de las investigaciones por maltrato animal –agrega el documento-. Esta necesidad surge del incremento en la carga de causas que tramitan los fiscales de la Provincia y responde al desafío de conjugar la tutela de los intereses generales de la sociedad con la eficiencia y los recursos disponibles del Ministerio Público Fiscal”.
Y suma que el Derecho Animal, “como una rama emergente del Derecho, reconoce a los animales como seres sintientes y titulares de derechos. En esa línea, tanto el Ministerio Público Fiscal como la jurisprudencia de la Provincia han afirmado que los animales son víctimas no humanas de derechos. Este enfoque ha sido expresado en fallos recientes, como el caso `Gobatto Claudio Sebastián s/Infracción a la Ley Nº 14.346`, el cual destaca el carácter de delito pluriofensivo del maltrato animal, protegiendo no solo la vida e integridad del animal, sino también los sentimientos humanitarios y la diversidad biológica”.
El protocolo de la Procuración “reconoce la legitimación procesal de asociaciones intermedias en causas de índole no patrimonial, permitiéndoles actuar como querellantes en representación de los animales, conforme a la normativa vigente y jurisprudencia citada. Dichas asociaciones y otros actores involucrados, como los proteccionistas, podrán aportar pruebas y proponer medidas que contribuyan al esclarecimiento de los hechos”.
Entre Ríos Ahora