La Cámara de Casación de la ciudad de Concordia, confirmó la semana pasada, la sentencia  dictada por la Justicia de Concepción del Uruguay, para con un hombre y su hijo, llevados a juicio por el delito de “Homicidio en grado de tentativa”.

Se trata de Ricardo Andrés Goudard (Tato) de 60 años y Luis Alberto Goudard (Negro) de 28, ambos representados por el defensor particular, doctor José Esteban Ostolaza, en causa que llevara adelante a agente fiscal Nº 1 de la jurisdicción, Dra. María G. Occhi.

 

CÓMO OCURRIÓ EL HECHO

Fue 2 de abril del 2020, cuando Jonathan Jesús Juárez de 29 años de edad, iba en moto a su trabajo y en intersección con calle San Martín y 23 del oeste, fue interceptado por un automóvil Ford Focus del cual bajaron padre e hijo y lo atacaron a golpes de puño, pero en un momento dado “Tato” que tenía un arma de fuego en sus manos le apuntó hacia la cabeza, gatillándola.

El primer intento no salió el disparo, por lo que volvió a gatillarla, saliendo el tiro que le dio en mejilla izquierda, que milagrosamente no causó lesiones que pudieran terminar con su vida, tras lo cual padre e hijo se retiraron del lugar.

 

EL FALLO DEL TRIBUNAL

El debate tuvo lugar ante el Tribunal integrado por los vocales de Cámara, Mariano Sebastián Martínez, Fernando José Martínez Uncal, María Evangelina Bruzzo, que condenó a Ricardo Andrés Goudard, a la pena de cinco años y seis meses de prisión, por tentativa de homicidio, en tanto que a Luis Alberto Goudard, declarado partícipe secundario materialmente responsable, a la pena de tres años y siete meses de prisión.

Tras el fallo, la Defensa particular, se presentó en Casación y trató de revertir la sentencia, pero el pasado 12 de agosto, el Tribunal de Casación integrado por la Dra. María del Luján Giorgio y los Dres. Darío Gustavo Perroud y Mariano Caprarulo, no hicieron lugar, por lo que la sentencia quedó firme.

Ambos condenados deberán esperar la fijación definitiva de la pena, para comenzar a cumplir la misma en una Unidad Penal, mientras tanto continuarán con la prisión preventiva domiciliaria.

Crédito: 03442

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