Desde el Tribunal Regional de Faltas se hace saber a toda la comunidad que se encuentra plenamente vigente los Arts. 132 y 133 del Código Municipal de Faltas los cual fijan multas a quienes ejerzan maltrato animal ya sea por acciones y/u omisiones (que no lleguen a ser delitos tipificados en la Ley Nacional N° 14.346 “Maltrato y Actos de crueldad Animal”); y quienes tengan animales en domicilios privados, terrenos, etc., que provocaren emanaciones de sustancias olorosas. Asimismo se hace saber que a nivel provincial se encuentra vigente la Ley N° 10.865 referida a la “Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos”, entendiéndose por Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos al principio del bienestar animal que comprende el deber que tienen los dueños de proporcionar cuidado y espacio suficiente y adecuado a todos sus animales y su descendencia.

Los dueños deben proporcionar los recursos necesarios: comida, agua, cuidado médico e interacción social a caninos y felinos, para que estos mantengan un nivel aceptable de salud y bienestar en su ambiente.

En caso de que se tenga conocimiento de algún tipo de infracción o alguna problemática concreta con algún vecino se acerquen al Tribunal Regional de Faltas de Lunes a Viernes en el horario de 07 a 13 Hs. a realizar su formal requerimiento para que poder tomar intervención y buscar darle al vecino una pronta respuesta.

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