En el marco de la Resolución 362/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANSES amplió los trámites que se pueden realizar a través de su modalidad de Atención Virtual: Retiro Transitorio por Invalidez, Prestación por Edad Avanzada por Invalidez, Pensión por Fallecimiento solicitada por hijo o hija mayor incapacitado para el trabajo, Prestación por Vejez del Régimen especial para minusválidos; Prestación por Vejez para trabajadores con ceguera congénita y reclamos del Programa Hogar.
Hasta el momento, ya podían efectuarse el Subsidio de Contención Familiar, actualización de datos, autorización para el cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad, Prestación por Desempleo, inicio de jubilaciones y pensiones, etc.
Además, mediante la plataforma, la ANSES lleva a cabo asesoramiento sobre jubilaciones y pensiones, designación de apoderados, Asignación Universal y Familiar por Hijo, Pensión No Contributiva para Madre de 7 hijos, entre otros.
La modalidad de Atención Virtual, que funciona todos los días de 0 a 20 horas, permite canalizar 60.000 gestiones diarias. Es importante mantener actualizados los datos de contacto, ya que el organismo responderá la consulta por correo electrónico.
Cómo solicitar la atención
Una vez que la persona haya ingresado a anses.gob.ar/informacion/atencion-virtual con su número de CUIL y Clave de la Seguridad Social, debe seleccionar el tipo de atención, cargar la foto del frente y dorso del DNI y describir brevemente el motivo de su trámite.
En la plataforma podrá visualizar sus trámites de acuerdo a estas categorías:
- En proceso: son aquellos que se encuentran en tratamiento actual.
- Necesitan información: un operador de la ANSES le solicitará respuesta para continuar el trámite.
- Finalizados: verá su historial de trámites realizados y desde donde podrá descargar la constancia de cada uno de ellos.