Por medio del Decreto 189/20DEM con fecha 30 de septiembre el Departamento Ejecutivo Municipal, como resultado de la reunión con el Comité de Emergencia local, decidió implementar las siguientes medidas de flexibilización:

–          Edad mínima para el desarrollo de actividades autorizadas 6 años

–          Las personas mayores de 60 años y aquellas incluidas en el grupo de riesgo podrán realizar actividades físicas o recreativas presentando certificado médico de aptitud para realizar las mismas.

–          Horario límite para el desarrollo de las actividades habilitadas 23:00 horas.

–          Horario límite para el desarrollo de actividades gastronómicas y afines 02:00 horas (madrugada).

Se recuerda, la obligatoriedad del uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, a todas las personas que circulen en la vía pública, además de la utilización prevista en cada protocolo, salvo al momento de la realización de las actividades físicas habilitadas.

Y la responsabilidad social para el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias y de los protocolos en cada actividad.

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