En una audiencia de juicio abreviado llevada a cabo en el Juzgado de Garantías, las partes acordaron imponer esta pena a Mauro José Da Silva, luego de que admitiese su responsabilidad penal en los hechos que se le imputaban.

Además, deberá pagar una multa equivalente a una unidad fija, es decir, el equivalente en pesos al valor de un formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos, conforme al sistema de actualización automática previsto por la ley 27.302, y el pago del monto mínimo de la multa prevista en el artículo 189º bis, punto 2º, primer párrafo del Código Penal, solicitándose que ambos montos se deduzcan del dinero secuestrado en el marco de la causa.

La pena se hará efectiva en la Unidad Penal Nº 9, “El Potrero” de Gualeguaychú.

En una audiencia de juicio abreviado llevada a cabo en el Juzgado de Garantías, las partes acordaron imponer esta pena a Mauro José Da Silva, luego de que admitiese su responsabilidad penal en los hechos que se le imputaban.

Además, deberá pagar una multa equivalente a una unidad fija, es decir, el equivalente en pesos al valor de un formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos, conforme al sistema de actualización automática previsto por la ley 27.302, y el pago del monto mínimo de la multa prevista en el artículo 189º bis, punto 2º, primer párrafo del Código Penal, solicitándose que ambos montos se deduzcan del dinero secuestrado en el marco de la causa.

La pena se hará efectiva en la Unidad Penal Nº 9, “El Potrero” de Gualeguaychú.

 

La causa

Según consta en la causa, al menos desde el 14 de agosto hasta el 17 de octubre de 2019, Da Silva ha comercializado sustancias estupefacientes (presumiblemente cocaína y marihuana) en dosis fragmentadas para el consumo, recibiendo a cambio de la entrega de estas y como contraprestación sumas de dinero, realizándose tales actividades en la modalidad “delivery” en distintos puntos de la ciudad, y en su domicilio de calle Lavalle, en cercanías del Club Social y Deportivo Ñapindá, a donde concurrían diversos consumidores a adquirir el tóxico, actividad que se registraba tanto en horario diurno como nocturno.

El 17 de octubre, aproximadamente a la hora 22, con motivo de realizarse en su casa un allanamiento ordenado por el Juzgado de Garantías, se secuestró la cantidad de 3,6 gramos y 0,3 gramos de estupefaciente -clorhidrato de cocaína- distribuidos en dos envoltorios de nylon y 330 gramos de estupefaciente -marihuana compactada-, como así también elementos de corte, recorte de nylon varios, una tijera, banditas elásticas, elasticarblíster de pastilla para dosificar y una balanza de precisión.

Además, se le imputaba haber tenido en su poder, sin la debida autorización de legal, un arma de fuego calibre 22, sin marca visible, que también fuera secuestrado durante el mismo allanamiento.

La audiencia estuvo encabezada por Natalia Céspedes. Alejandro Perroud representó a la fiscalía, en tanto oficiaron de defensores los abogados Félix Pérez y Leandro Monje.

El imputado se hallaba cumpliendo prisión preventiva desde el 19 de octubre y permanecerá en Jefatura Departamental de Policía Colón hasta el dictado de la sentencia en los próximos días.

Mauro Da Silva no registra antecedentes penales. (El Entre Ríos)

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