El lunes a mediodía el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay condenó a once años de prisión de cumplimiento efectivo al vecino del departamento Colón Gustavo Wernicke, acusado de ejercer violencia de Género en perjuicio de su pareja. En agosto de 2018 el sujeto atacó a su mujer en Colonia La Suiza donde ella se había refugiado junto a sus hijos escapando de la situación que vivían.

Wernicke la arrojó al piso e intentó asfixiarla, pero uno de los hijos intervino y la mujer pudo escapar hacia la distante vivienda de un vecino mientras era perseguida por el acusado quien tenía un cuchillo en la mano.

No se hizo lugar al otro hecho denunciado de violencia de género transversal. En ese sentido se aducía que el hombre – luego de atacar a su mujer – habría intentado ingresar a un auto que había incendiado a su hijo menor. El niño había quedado en la casa y salió para calmar a su padre que había incendiado el auto. El hombre lo tomó por la capucha del buzo e intentó meterlo en el auto para morir los dos.

 

Violencia transversal

La violencia transversal está contemplada en el inciso 12 del art. 80, del código penal argentino, tras la reforma legislativa. El mismo redactado agrava la pena cuando se matare: “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inc.1”; incluyendo así la figura del homicidio transversal o vinculado.

En este caso no se pudo probar que Wernicke haya incurrido en el citado delito. (La calle)

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